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                                                                                                                                  La Procuraduría quiere sacar a Salvatore Mancuso de la JEP: esta es la tutela

                                                                                                                                  El órgano dirigido por Margarita Cabello presentó una tutela para proteger los derechos de los colombianos al debido proceso y a la verdad. Explica que la JEP no tiene por qué estar decidiendo sobre una persona objeto de la Ley de Justicia y Paz, y que está en juego la persecución de los bienes de Mancuso.

                                                                                                                                  Salvatore Mancuso regresó de su extradición en Estados Unidos en febrero pasado, tras pasar 16 años pagando delitos de narcotráfico.
                                                                                                                                  Foto: EFE/ Policía de Colombia - Policía de Colombia

                                                                                                                                  El pasado 18 de marzo, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó el sometimiento pleno del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, de quien escuchará sus verdades de la guerra con el objetivo de esclarecer el conflicto armado y, a cambio, ofrecerle un tratamiento judicial especial. En un hecho nunca visto, la JEP lo incorporó como “bisagra” o punto de conexión entre las Autodefensas y las fuerzas de seguridad del Estado, a pesar de que, como lo ha reiterado esa misma Jurisdicción, desde 2017, no tiene espacio para paramilitares. Ahora, la Procuraduría presentó una tutela contra la JEP y espera que Mancuso sea excluido de este sistema de justicia transicional.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  La tutela está firmada por la Coordinación Nacional de Temática de Justicia y Paz de la Procuraduría y va dirigida al Tribunal para la Paz de la JEP, la cual decidió incluir a Mancuso en la jurisdicción y hasta decidir sobre su libertad condicional. Sin embargo, la Procuraduría considera que esa decisión podría estar trasgrediendo los derechos de los colombianos al debido proceso, a la verdad y a la administración de justicia. Para empezar, el hecho de considerar a Mancuso como una persona “vinculada orgánica y funcionalmente a la Fuerza Pública” podría ser tomado como una invitación a demandar al Estado por crímenes atribuidos a su comandancia paramilitar en los Bloques Norte, Catatumbo, Córdoba y Montes de María.

                                                                                                                                  Además, para la Procuraduría, incluir a Mancuso en la JEP estaría vulnerando el principio del juez natural, pues el procesamiento y juzgamiento de miembros de esas estructuras ilegales es del sistema de Justicia y Paz, creado en 2005 para la desmovilización paramilitar. De hecho, desde hace 16 años, Mancuso ha entregado información a las Salas de Justicia y Paz de los Tribunales colombianos que definen todos y cada uno de los hechos violentos atribuidos a los paramilitares. Por tanto, su llegada a la JEP, para el Ministerio Público, pondría en duda la viabilidad de la indemnización de las víctimas y su acceso a la verdad en los procesos que, durante años, han llevado los Tribunales.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  De otro lado, la Procuraduría pone sobre la mesa que la llegada e Mancuso a la JEP será para problemas, en cuanto a los conflictos de jurisdicción que puedan salir de aquí en adelante. “En la actualidad cursan contra Mancuso Gómez varios procesos parciales transicionales que se encuentran en diferentes etapas sin fallo en firme. Algunos con solicitud de imputación, otros con formulación de imputación, en audiencia concentrada o lectura de sentencia, que aproximadamente comprenden 65.067 hechos y por los que se emitirán eventualmente 45 sentencias parciales transicionales adicionales en su contra”, explicó la Procuraduría en la tutela.

                                                                                                                                  El órgano dirigido por Margarita Cabello encontró que, conforme a las reglas de la JEP, Mancuso no tendría la obligación de indemnizar a las víctimas, dado que está entrando como compareciente forzoso e incorporado a la Fuerza Pública. Según las estadísticas que la Procuraduría encontró, de las Salas de Justicia y Paz de los Tribunales, de hecho, a Mancuso todavía le queda por reconocer al 94% de las víctimas que dejó su comandancia en los diferentes bloques paramilitares. Los hechos victimizantes que le harían falta por hacerse cargo serían más de 65.000.

                                                                                                                                  Asimismo, a diferencia de la Ley de Justicia y Paz, plantea la Procuraduría, las reglas de la JEP no permitirán la vigilancia precisa de los bienes “adquiridos por los desmovilizados o por el grupo armado organizado al margen de la ley, durante y con ocasión de su pertenencia al mismo, de forma directa o por interpuesta persona”. Asimismo, la JEP no le permitiría a la Fiscalía perseguir los bienes vinculados a su organización delictiva, que no hayan sido entregados, ofrecidos o denunciados por el postulado. En este caso, los bienes que todavía conservaría el exjefe paramilitar Mancuso.

                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                  Salvatore Mancuso regresó de su extradición en Estados Unidos en febrero pasado, tras pasar 16 años pagando delitos de narcotráfico.
                                                                                                                                  Foto: EFE/ Policía de Colombia - Policía de Colombia

                                                                                                                                  El pasado 18 de marzo, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó el sometimiento pleno del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, de quien escuchará sus verdades de la guerra con el objetivo de esclarecer el conflicto armado y, a cambio, ofrecerle un tratamiento judicial especial. En un hecho nunca visto, la JEP lo incorporó como “bisagra” o punto de conexión entre las Autodefensas y las fuerzas de seguridad del Estado, a pesar de que, como lo ha reiterado esa misma Jurisdicción, desde 2017, no tiene espacio para paramilitares. Ahora, la Procuraduría presentó una tutela contra la JEP y espera que Mancuso sea excluido de este sistema de justicia transicional.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  La tutela está firmada por la Coordinación Nacional de Temática de Justicia y Paz de la Procuraduría y va dirigida al Tribunal para la Paz de la JEP, la cual decidió incluir a Mancuso en la jurisdicción y hasta decidir sobre su libertad condicional. Sin embargo, la Procuraduría considera que esa decisión podría estar trasgrediendo los derechos de los colombianos al debido proceso, a la verdad y a la administración de justicia. Para empezar, el hecho de considerar a Mancuso como una persona “vinculada orgánica y funcionalmente a la Fuerza Pública” podría ser tomado como una invitación a demandar al Estado por crímenes atribuidos a su comandancia paramilitar en los Bloques Norte, Catatumbo, Córdoba y Montes de María.

                                                                                                                                  Además, para la Procuraduría, incluir a Mancuso en la JEP estaría vulnerando el principio del juez natural, pues el procesamiento y juzgamiento de miembros de esas estructuras ilegales es del sistema de Justicia y Paz, creado en 2005 para la desmovilización paramilitar. De hecho, desde hace 16 años, Mancuso ha entregado información a las Salas de Justicia y Paz de los Tribunales colombianos que definen todos y cada uno de los hechos violentos atribuidos a los paramilitares. Por tanto, su llegada a la JEP, para el Ministerio Público, pondría en duda la viabilidad de la indemnización de las víctimas y su acceso a la verdad en los procesos que, durante años, han llevado los Tribunales.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El órgano dirigido por Margarita Cabello encontró que, conforme a las reglas de la JEP, Mancuso no tendría la obligación de indemnizar a las víctimas, dado que está entrando como compareciente forzoso e incorporado a la Fuerza Pública. Según las estadísticas que la Procuraduría encontró, de las Salas de Justicia y Paz de los Tribunales, de hecho, a Mancuso todavía le queda por reconocer al 94% de las víctimas que dejó su comandancia en los diferentes bloques paramilitares. Los hechos victimizantes que le harían falta por hacerse cargo serían más de 65.000.

                                                                                                                                  Asimismo, a diferencia de la Ley de Justicia y Paz, plantea la Procuraduría, las reglas de la JEP no permitirán la vigilancia precisa de los bienes “adquiridos por los desmovilizados o por el grupo armado organizado al margen de la ley, durante y con ocasión de su pertenencia al mismo, de forma directa o por interpuesta persona”. Asimismo, la JEP no le permitiría a la Fiscalía perseguir los bienes vinculados a su organización delictiva, que no hayan sido entregados, ofrecidos o denunciados por el postulado. En este caso, los bienes que todavía conservaría el exjefe paramilitar Mancuso.

                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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