La súplica de la pastora María Luisa Piraquive en supuesto caso de evasión fiscal
Luego de que un tribunal no le diera la razón, la cofundadora del partido político Mira y líder de la Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional presentó un recurso judicial ante el Consejo de Estado con el fin de tumbar una decisión de la DIAN que le ordenó pagar más impuestos.
David Escobar Moreno
La pastora cristiana y dirigente política María Luisa Piraquive salió del radar público hace varios años. La última vez que apareció en medios de comunicación fue en febrero de 2018, cuando el Consejo de Estado le devolvió a la agrupación política Mira, de la cual es cofundadora, tres curules en el Congreso que le habían quitado durante el conteo de votos en las elecciones de 2014. La decisión se tomó a pocos meses de acabar la última legislatura de ese cuatrienio. El alto tribunal determinó que Alexandra Moreno Piraquive, Manuel Virgúez Piraquive (hija y sobrino de María Luisa) y Carlos Alberto Baena (cofundador del partido) tenían que ocupar esos escaños en el Senado durante ese corto periodo legislativo.
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La pastora cristiana y dirigente política María Luisa Piraquive salió del radar público hace varios años. La última vez que apareció en medios de comunicación fue en febrero de 2018, cuando el Consejo de Estado le devolvió a la agrupación política Mira, de la cual es cofundadora, tres curules en el Congreso que le habían quitado durante el conteo de votos en las elecciones de 2014. La decisión se tomó a pocos meses de acabar la última legislatura de ese cuatrienio. El alto tribunal determinó que Alexandra Moreno Piraquive, Manuel Virgúez Piraquive (hija y sobrino de María Luisa) y Carlos Alberto Baena (cofundador del partido) tenían que ocupar esos escaños en el Senado durante ese corto periodo legislativo.
El Espectador conoció un recurso que Piraquive presentó en octubre pasado ante el mismo Consejo de Estado, en el que pidió, a través de un recurso de súplica, que tumbe dos decisiones de la DIAN en su contra: una que ordenó cobrarle más impuestos en 2012 y una multa por no pagar lo establecido por la ley. Piraquive, quien fundó en 1972 la popular Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional, dice que desde 2006 vive en la ciudad de Weston, en el estado de Florida en Estados Unidos y, por ende, desde entonces paga impuestos allí. Sin embargo, para la DIAN, ese cambio de asiento fiscal no la exime de pagar impuestos según lo estipulado en la ley, pues en Colombia “percibe la mayoría de sus ingresos”.
Esa Iglesia, desde donde ha emitido controvertidas opiniones y ha movilizado a sus fanáticos durante las elecciones presidenciales y al Congreso, cuenta con más de 1.000 salas de oración distribuidas en 50 países de los cinco continentes. Ese imperio, construido con base en la fe de millones de feligreses, nació en Bogotá en los años 70 de la mano del fallecido esposo de Piraquive. Desde ese entonces, miles de sus seguidores entregan donaciones semanalmente a su iglesia en todas sus sedes. En 2014, cuando Piraquive quedó en el ojo del huracán por sus declaraciones discriminatorias contra la población discapacitada, se conoció que, solo en la capital del país, su iglesia recibía mensualmente US$100.000 dólares al mes.
Esos dineros, obtenidos de su labor pastoral, le permitió al clan Piraquive obtener varios lujosos inmuebles en la Florida en los sectores más exclusivos de Weston, Tampa y Orlando. Desde que la DIAN le pidió a Piraquive pagar más impuestos en 2012, ambas partes llevan años enfrascados en una discusión jurídica que llegó a los estrados judiciales en 2018, cuando Pirquive radicó una demanda contra la entidad recaudadora de impuestos en Colombia con el fin de anular la orden de la DIAN de 2012. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó la pretensión de la pastora en abril de 2021 y, en septiembre de 2022, el Consejo de Estado mantuvo esa decisión e indicó que las cuentas de la DIAN eran correctas.
En septiembre de 2023, y como última alternativa, Piraquive echó mano de un recurso de súplica ante el alto tribunal con el fin de que se revise el fallo de segunda instancia del propio Consejo de Estado. Esa estrategia judicial, que fue admitida un mes después, fue elaborada por el influyente abogado Héctor Carvajal, quien además de ser conjuez en la alta corte, ha sido el artífice de un hecho que parecía imposible: reunir al expresidente Álvaro Uribe y a Gustavo Petro en dos reuniones entre 2022 y 2023. Un asunto que pudo concretar, ya que le ha prestado sus servicios jurídicos a ambas familias. Además, su nombre empezó a sonar en los pasillos judiciales el año pasado como uno de los posibles ternados por el presidente a fiscal general.
El recurso judicial, de 27 páginas, relata en detalle la extensa cronología del expediente. El documento, conocido por El Espectador señala que, en 2012, Piraquive pagó impuestos en Estados Unidos por un valor de $1.404 millones, mientras que en Colombia fue por $806 millones. Sin embargo, la DIAN, luego de hacerle varios requerimientos a la pastora, estableció que el patrimonio de Piraquive en Colombia y Estados Unidos era superior a los $12.000 millones en 2012 y que la mayor fuente de sus ingresos provenían de su país natal. Además de multarla, la DIAN le ordenó pagar $3.805 millones, es decir, $3.000 millones más de lo que pagó por el año fiscal de 2012.
Carvajal insiste que su cliente Piraquive hace muchos años vive en Estados Unidos y que, por ende, el asiento principal de sus negocios era ese país y, además, que no se le puede cargar a su declaración de renta sus propiedades en el extranjero. Asimismo, Piraquive ha dicho a lo largo del proceso que su “actividad espiritual ejercida no se encuentra enmarcada en ninguna de las actividades consideradas por la ley mercantil como de comercio para que sea calificada como un negocio y que debe ser excluida de la base de cálculo de los ingresos que la DIAN le cuenta en su declaración de renta de 2012″.
Sin embargo, el Consejo de Estado ya señaló que: “María Luisa Piraquive ejerce actividades económicas en Colombia como socia de las sociedades comerciales Librería y Papelería Futuro LTDA, Libertadora de Seguridad Servicios Integrales LTDA y Libertad de Seguridad LIMITADA, demostrando con ello que, percibió utilidades y participó en decisiones sociales, adicionalmente, por realizar actividades de comercialización de libros fue declarante del impuesto de industria y comercio en los 6 bimestres del año 2012, por lo que de estas actividades desarrollada por la demandante se infiere que no solo realiza actividades religiosas, sino también comerciales”.
En noviembre de 2023, la DIAN respondió al recurso de insistencia de Carvajal. En primer lugar, sostuvo que no hay nuevos argumentos a los analizados por el Consejo de Estado en el fallo de segunda instancia. Otro de los argumentos de la entidad pública es que esta maniobra “pretende cuestionar indebidamente los fundamentos jurídicos del fallo del alto tribunal de 2022, pretende cuestionar la actividad interpretativa de los magistrados (...) una sentencia, que como se probó, está sustentada debidamente, conforme a los lineamientos fijados y al debido proceso”. Desde finales de diciembre de 2023, tanto el recurso de Carvajal como el documento de la DIAN llegaron al despacho de la magistrada María Adriana Marín, quien será la encargada de analizar a fondo y proyectar una decisión sobre el alegato de la pastora cristiana, quien según la DIAN, en 2012, no pagó lo que le correspondía en impuestos.
Nota de la editora. Los procesos de tutela que por discriminación fueron instaurados en 2014 en contra de la señora Piraquive ante la presunta violación del derecho fundamental a la igualdad, fueron fallados a su favor, haciendo tránsito a cosa juzgada. La afirmación de que alguien con un problema físico no fuera promovida como pastor, hecha por la señora Piraquive en el año en mención en la Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional, constituyó el tema central de debate constitucional en las demandas de tutela
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