La tutela sobre glifosato que podría cambiar los planes del Gobierno
Demandas ante la Corte Constitucional contra el trámite que se le dio al Plan de Manejo Ambiental presentado por la Policía aseguran que no se garantizó la participación de las comunidades afectadas. Ya hay conceptos que piden subsanar el plan, que acaba de recibir luz verde de la ANLA.
En la misma semana que el Ministerio de Justicia expidió el decreto para reglamentar la aspersión aérea de cultivos de uso ilícito con glifosato, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) le dio el visto bueno al plan ambiental que presentó la Policía para comenzar a asperjar. Dos trámites claves en la que ha sido una promesa reiterada por el presidente Iván Duque. Mientras tanto, en la Corte Constitucional avanza una tutela que podría ser una talanquera para los planes de erradicación.
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En la misma semana que el Ministerio de Justicia expidió el decreto para reglamentar la aspersión aérea de cultivos de uso ilícito con glifosato, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) le dio el visto bueno al plan ambiental que presentó la Policía para comenzar a asperjar. Dos trámites claves en la que ha sido una promesa reiterada por el presidente Iván Duque. Mientras tanto, en la Corte Constitucional avanza una tutela que podría ser una talanquera para los planes de erradicación.
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La tutela está en el despacho de la magistrada Gloria Ortiz y es un proceso distinto al del pronunciamiento de 2017 en el que la Corte impuso los requisitos que el Gobierno no ha cumplido, a la fecha, para reanudar la aspersión. Esta nueva tutela, sin embargo, está relacionada con uno de esos requisitos: el del plan de manejo ambiental que recibió aprobación de la ANLA apenas el 14 de abril. Y es que, a juicio de varias organizaciones, la entidad ambiental no garantizó la participación de las comunidades campesinas.
El litigio se remonta a abril de 2020, cuando la ANLA, luego de recibir el plan de manejo ambiental de la Policía, citó a una audiencia pública para presentarlo. Lo que al comienzo parecía mero trámite, terminó suscitando una discusión de fondo sobre el derecho a la participación: por la pandemia, la audiencia se haría de manera virtual, pero los campesinos y comunidades que se verán directamente afectadas con la aspersión viven en zonas con mala cobertura de internet o sin acceso a él.
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Como resultado, contra la convocatoria a la audiencia se presentaron cuatro tutelas que terminaron siendo acumuladas. Tanto en primera, como en segunda instancia, se dio razón a las comunidades y se le ordenó a las autoridades garantizar la participación de los directamente afectados. La Policía, por ejemplo, dijo que transmitiría la audiencia por sus emisoras de radio y la ANLA colgó todos los documentos del plan de regreso al glifosato en su sitio web. Así, finalmente se dio la audiencia en diciembre de 2020.
Una de las organizaciones que ya envió una intervención a la Corte para pedir que se proteja el derecho a la participación de las comunidades es Dejusticia. En un documento de 31 páginas, dedicaron un espacio a describir qué ocurrió en la audiencia de diciembre finalmente: “A través del chat se evidenciaron testimonios de personas que, a pesar de inscribirse, no obtuvieron el enlace para registrar su intervención (…) se registraron las intervenciones de personas ubicadas en su mayoría en centros urbanos con posibilidad de conexión a internet, no solo para la inscripción en el formulario, sino para estar conectadas en la transmisión las largas horas del sábado”.
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Y añadieron: “La información disponible en la página web de la ANLA es altamente técnica y no fueron dispuestos mecanismos adecuados para explicar, en detalle, claridad, y lenguaje accesible, el alcance de la modificación”. Incluso, una de las representantes de la Procuraduría, según reseñó Dejusticia llamó la atención por la baja participación de las autoridades de los sitios que se verían directamente afectados. “Solo asistieron cuatro personeros, tres gobernadores, y un alcalde. Esto es de particular relevancia, teniendo en cuenta que la actividad pretende ser desarrollada en 104 municipios de 14 departamentos”, agrega el documento.
En su concepto, no se estarían garantizando los derechos de las comunidades afectadas porque: “i) la conectividad digital en los territorios es deficiente, ii) las tasas de alfabetismo de las poblaciones inhiben la plena participación mediante mecanismos digitales, y iii) el conocimiento de los mecanismos de participación y confianza en las instituciones por parte de la población potencialmente afectada es bajo”. Por eso le pidieron a la Corte que le ordene a la ANLA subsanar todas estas fallas repitiendo el proceso, pero de una manera que garantice la participación.
La oenegé ecuatoriana Parametría envió, asimismo, un concepto a la Corte bajo la figura de amicus curiae (intervención de alguien ajeno al proceso). En ocho páginas, hicieron un recuento de los nefastos resultados que ha traído para la frontera norte de Ecuador la fumigación aérea con glifosato que se ha hecho en Colombia. “Nariño es vecino de todas las tres provincias fronterizas del norte del Ecuador, esto es, Esmeraldas, Carchi y Sucumbíos. Con motivo de la aplicación del Plan Colombia, las políticas de erradicación de cultivo trajeron un impacto perjudicial que no sólo decantaría en una flagrante violación de orden territorial (soberanía), sino especialmente en la afectación sobre la vida y salud humana”, dice el documento.
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Asimismo, recordaron el millonario litigio que emprendió Ecuador contra Colombia en 2008 ante la Corte Internacional de Justicia por la violación de la soberanía ecuatoriana en fumigaciones. Los países terminaron llegando a un acuerdo, pero, como recuerda Parametría, “fundamentalmente, este acuerdo consistió en la ‘entrega’ por parte del Estado colombiano de 15 millones de dólares para el desarrollo rural de las áreas afectadas, así como el compromiso de Colombia de entregar al Ecuador las coordenadas de sus fumigaciones respetando una distancia mínima de 10 kilómetros desde la línea de frontera”.
Por último, otro concepto que llegó a la Corte Constitucional en el trámite de esta tutela lo enviaron el Centro de Derechos Reproductivos y el Grupo de Epidemiología y Salud Poblacional de la Universidad del Valle. “El objetivo de este amicus”, escribieron, “es resaltar la necesidad de garantizar la participación democrática de las personas cuya salud se puede ver afectada por la ejecución del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante aspersión aérea con el herbicida Glifosato (PECIG), en particular, su salud reproductiva”.
Y es que ambas instituciones recientemente culminaron un trabajo sobre los efectos del herbicida en la salud sexual y reproductiva. La investigación, que adjuntaron en la intervención, “contempló la revisión de estudios in vitro, en animales y en humanos y también fueron consultados expertos y expertas de áreas del conocimiento como salud pública, medicina, epidemiología, toxicología, sociología, antropología y derecho, entre otras”.