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                                                                                                                                Las movidas recientes en el expediente de Dilan Cruz

                                                                                                                                Un año y medio tras la muerte del estudiante en medio de manifestaciones en Bogotá, un peritaje dice que murió por cruzarse en la línea de tiro del oficial que le disparó y la Corte Constitucional estudia, con complejos conceptos de derecho internacional, si quitarle el caso a la justicia penal militar.

                                                                                                                                Felipe Morales Sierra / @Elmoral_es - Juan David Laverde / @jdlaverde9

                                                                                                                                Dilan Cruz - 1 Año de su muerte - Conmemoración
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado / El... - Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO

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                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado / El... - Mauricio Alvarado
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                                                                                                                                El expediente está en el despacho de la magistrada Diana Fajardo y está previsto que la discusión se dé desde el derecho internacional. Ya llegaron, por ejemplo, la opinión del relator especial de Naciones Unidas sobre los derechos de libertad de reunión pacífica; y de organizaciones de la talla de Human Rights Watch y Robert F. Kennedy Human Rights. Piden que el caso pase a la justicia ordinaria, pues así lo ha contemplado la jurisprudencia en casos de violaciones de derechos humanos. “Frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles, bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar”, ha dicho la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

                                                                                                                                Human Rights Watch y Robert F. Kennedy Human Rights le recordaron a la Corte Constitucional que Colombia tiene un antecedente similar: el caso de Johnny Silva, estudiante de la Universidad del Valle en 2005, muerto a manos del Esmad. Al estudiarlo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos le dijo al Estado: “Las jurisdicciones especiales, como la militar, no constituyen un foro apropiado y por lo tanto no brindan un recurso adecuado para investigar, juzgar y sancionar posibles violaciones a los derechos humanos consagrados en la Convención Americana, tales como el derecho a la vida, presuntamente cometidas por miembros de la fuerza pública”.

                                                                                                                                Para llegar a una conclusión como la que plantean estas organizaciones, la Corte tendría que confirmar que en el caso de Dilan Cruz hubo, en efecto, vulneración de derechos humanos. ¿Y eso qué significa? Declarar que el Estado violó los derechos del joven manifestante. Puede ser el derecho a la vida, a la libertad de expresión o cualquier otro que Colombia haya reconocido a través de tratados internacionales. Incluso se podría llegar a decir que se trató de una ejecución extrajudicial, que es una grave violación de derechos humanos. Ya la eventual responsabilidad penal de quien disparó, el capitán Manuel Cubillos, es una discusión aparte, explicaron abogados consultados.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Le puede interesar: Dilan Cruz: Tribunal dice a policía investigado que Procuraduría no violó sus derechos

                                                                                                                                “Un caso extremo en el que los participantes en reuniones pacíficas sean sometidos a una fuerza o conducta ilícita como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil también puede constituir, cuando se cumplan los demás criterios pertinentes, un crimen de lesa humanidad”, dijo la instancia de Naciones Unidas, que es la máxima intérprete del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, del que es firmante Colombia. Ahora bien, el ente que define si se trata de un crimen de lesa humanidad es la Fiscalía General, que ya lo ha hecho con casos emblemáticos, como el exterminio de la Unión Patriótica y los homicidios de Álvaro Gómez y Guillermo Cano.

                                                                                                                                En Colombia van 42 personas muertas en lo que va del paro nacional, la mayoría atribuibles a acciones de la Policía, según organizaciones de derechos humanos; más las 34 que han fallecido por acciones del Esmad desde su creación, de acuerdo con un informe de la ONG Temblores. Por eso hay un creciente llamado a que se reconozca que hay patrones sistemáticos de represión y se comience a reconocer estos hechos como crímenes de lesa humanidad, explicó una fuente. El obstáculo para ese paso es que la justicia interna ha asociado este concepto al conflicto armado, por la historia de nuestro país, y no ven que la violencia policial sea sistemática o generalizada.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Los reproches a las pruebas

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Lo último: Una estatua de Dilan Cruz fue puesta en la plazoleta de la Universidad del Rosario

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Antecedentes: “Él estaba en el lugar y momento equivocado”: oficial del Esmad que le disparó a Dilan Cruz

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Y, por último, la defensa de Dilan Cruz reprochó el lenguaje de los peritos. “La expresión ‘turba’ indica que se trata de una muchedumbre confusa y desordenada, contra la cual se debe emplear fuerza reactiva por resistencia activa, contra la cual se deben emplear ‘armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales’”, escribieron los abogados, citando el manual de operaciones del Esmad. En otras palabras, el uso de este término “obedece a la intención previa de acoplar las conclusiones” a la hipótesis de que Cubillos no tiró a matar. Mientras el juez militar decide si acepta estas objeciones, la Corte Constitucional tiene la titánica tarea de definir si le quita el expediente. Hacerlo sentaría un precedente para otras víctimas de violencia policial en las manifestaciones.

                                                                                                                                Por Felipe Morales Sierra / @Elmoral_es - Juan David Laverde / @jdlaverde9

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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