Las razones de la JEP para no expulsar a alias “Zeus”, testigo de falsos positivos
El militar retirado Juan Carlos Rodríguez, condenado por liderar una organización criminal al servicio de “Don Diego” seguirá en la JEP. No se pudo demostrar que hubiera cometido el delito de porte ilegal de armas.
Uno de los testigos más relevantes del caso 03 de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que investiga los falsos positivos seguirá bajo la sombrilla de ese tribunal transicional. La Sala de Reconocimiento de Verdad decidió no imponer sanción alguna al militar retirado Juan Carlos Rodríguez Agudelo, alias Zeus. Se trata de un exmiembro del Ejército condenado por liderar una organización criminal llamada Los Machos, segundo al mando de Don Diego, y quien ha venido ventilando vínculos de altos mandos militares con grupos paramilitares.
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Uno de los testigos más relevantes del caso 03 de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que investiga los falsos positivos seguirá bajo la sombrilla de ese tribunal transicional. La Sala de Reconocimiento de Verdad decidió no imponer sanción alguna al militar retirado Juan Carlos Rodríguez Agudelo, alias Zeus. Se trata de un exmiembro del Ejército condenado por liderar una organización criminal llamada Los Machos, segundo al mando de Don Diego, y quien ha venido ventilando vínculos de altos mandos militares con grupos paramilitares.
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La JEP decidió cerrar un incidente de verificación de cumplimiento a su favor. Esto quiere decir que Zeus había sido denunciado por, supuestamente, faltar a los compromisos que adquirió al someterse a la justicia especial. En concreto, que había vuelto a delinquir. Sin embargo, los magistrados no hallaron evidencia de que el militar retirado hubiera cometido el delito del que se le acusaba: porte ilegal de armas de fuego. Tras cuatro meses de indagación, decidieron, entonces, no imponerle sanción alguna, con lo que Rodríguez Agudelo podrá seguir gozando de los beneficios de la justicia creada con el Acuerdo de Paz.
El incidente se abrió luego de que la fiscalía de la JEP, la Unidad de Investigación y Acusación, le presentara a la Sala de Reconocimiento un informe en el que aseguraba que en julio de 2022 encontró que Zeus portaba un arma de fuego en el vehículo que le habían asignado para su protección. “Según su dicho, era presuntamente de un amigo que la había olvidado y él la estaba guardando, situación que, en principio, se considera como una conducta inapropiada”, se lee en el documento. Así las cosas, le correspondió al magistrado Alejandro Ramelli si procedía tomar alguna medida en contra del testigo.
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La Sala de Reconocimiento llamó a testigos a declarar, escuchó al propio Zeus y concluyó, de una parte, que el arma hallada en la camioneta del esquema de seguridad del testigo era traumática y no de fuego. Además, que para el momento en el que se dio el hallazgo del arma, no había entrado en vigor un decreto presidencial que volvió ilegal el porte de armas traumáticas, con lo cual no se podía asegurar que el testigo fuera responsable del delito de porte ilegal de armas.
La JEP lo escribió así: “se ha podido establecer que se trataba de un arma traumática tipo escopeta. Así lo indican los testimonios concurrentes de los (escoltas de Zeus) y en el mismo sentido el compareciente y quien presuntamente es el dueño del dispositivo, Marino Mendoza”. Este último, según se determinó, también fue integrante del Ejército. La Sala de Reconocimiento decidió compulsar copias a la Fiscalía para que investigue un posible falso testimonio de Mendoza porque incurrió en imprecisiones y contradicciones en lo que dijo sobre, por ejemplo, cuánto tiempo estuvo el arma en el vehículo de Zeus.
Incluso, la decisión judicial determinó “que el arma no se encontraba en condiciones de uso por cuanto le faltaba una pieza”. En otras palabras, añade el documento, “se ha probado únicamente que el 21 de julio de 2022 en el vehículo del señor Juan Carlos Rodríguez Agudelo, se encontraba un arma traumática, tipo escopeta, que no tenía la capacidad de ser accionada correctamente por la falta de uno de sus elementos”. Además, siempre se presumió que se trataba de un arma traumática ya que “ninguno de los testigos pudo confirmar que el arma pudiese expulsar proyectiles y ello no se puede inferir de ningún otro medio de prueba”.
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Así las cosas, la JEP concluyó: “aun cuando se tienen bases suficientes para creer que el 21 de julio de 2022 había un arma traumática en el vehículo de protección asignado por la UNP al esquema de seguridad del señor Rodríguez Agudelo, para la fecha en que se pudo constatar la presencia de ese elemento en su automotor no le era exigible contar con un permiso para portar o transportar el elemento, ya que el periodo de transición para conseguir la autorización no había vencido, tal como se colige de la cita textual previamente efectuada. Con ello se desvirtuaría la tesis de que incurrió en una conducta delictiva”.
Un par de meses antes de que los escoltas de Zeus hallaran en su camioneta esta arma, la Sala de Reconocimiento había ordenado a la UIA, “tomar medidas necesarias y pertinentes” para garantizar su seguridad, debido a la delicadeza de sus declaraciones. Por ejemplo, habló de la falsa desmovilización de miembros del Epl en el Urabá, cómo su grupo criminal operó de la mano de militares en departamentos como Caquetá, Norte de Santander, entre otros. Y ahora, podrá seguir colaborando con la JEP para esclarecer estos hechos.
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