Las razones de un magistrado que no estuvo de acuerdo con absolver a Monsalvo Gnecco
Jaime Humberto Moreno Acero fue tajante en manifestar que Luis Alberto Monsalvo Gnecco sí cometió el delito de corrupción al sufragante cuando, en 2011, mientras era candidato a la Gobernación del Cesar, se aprovechó de las necesidades de una población vulnerable para hacerles promesas “ilegales”.
El pasado 30 de septiembre, el sol volvió a salir para el gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco. Ese día la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia tumbó el fallo de la Sala de Primera Instancia que lo condenó a cinco años de prisión por el delito de corrupción al sufragante para, en su lugar, absolverlo, revocar su detención domiciliaria y ordenar su libertad inmediata. Sin embargo, dos magistrados de la Sala Penal salvaron su voto, al no estar de acuerdo con la decisión.
El episodio que se debatió en los estrados judiciales ocurrieron el 16 de octubre de 2011, cuando el entonces candidato a la gobernación del Cesar, Luis Monsalvo Gnecco, firmó un documento comprometiéndose a darle una solución de vivienda digna a un grupo de personas que estaban en un asentamiento ilegal conocido como “Tierra Prometida” en Valledupar, a cambio de sus votos. Ese pacto fue considerado ilegal por la Fiscalía, quien llevó a juicio Monsalvo Gnecco (quien fue elegido para el periodo 2012-2015).
Resulta que Gnecco pactó tres acuerdos: mantener a ese grupo de personas en el inmueble que tenían ocupado (pero que era propiedad privada), incluirlos en proyectos de vivienda y acatar las sentencias judiciales que habían ordenado una vivienda digna para esa población desplazada. Aunque esto fue visto por el ente investigador y la Sala de Primera Instancia como una forma de constreñir al electorado para conseguir votos, para la Sala Penal para la Sala Penal, lo que hizo el entonces candidato no fue irregular ni se adecuaba al delito de corrupción al sufragante por el que había sido condenado. (Lea también: Gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo, fue absuelto en segunda instancia)
Pero no a todos los magistrados les pareció que la conducta de Gnecco era legal, de hecho, dos de los togados se apartaron de la decisión absolutoria y salvaron su voto. Uno de ellos es el magistrado Jaime Humberto Moreno Acero quien considera que “se acreditó, más allá de toda duda razonable, la existencia del delito de corrupción de sufragante y la responsabilidad de Luis Alberto Monsalvo Gnecco en su comisión”. Para el magistrado, la promesa de mantener a las 800 familias en el terreno que ocuparon y que era propiedad de Oscar Guerra Bonilla, resulta ilegal porque desconoce el derecho a la propiedad privada.
Aunque reconoce que se trataba de personas desplazadas por la violencia que vivían en condiciones extremas de vulnerabilidad y que son sujetos de especial protección constitucional, “ello no implica que los particulares sean los llamados a soportar y resolver los problemas de vivienda que en este país lamentablemente se presentan como consecuencia de la violencia sistemática a la que de una u otra manera y en mayor o menor medida, hemos sido víctimas todos”.
En ese sentido, Moreno Acero indicó que, incluso si Gnecco obrara de buena fe o con el deseo de apoyar a la comunidad, su comportamiento es ilegal porque se otorga competencias que no posee como la decidir sobre el asentamiento o desalojo de este grupo de personas, una situación que debe ser resuelta por jueces, tribunales y la misma Corte Constitucional. “Por lo tanto, no cabe duda que la promesa que realizó Luis Alberto Monsalvo Gnecco, consistente en mantener a la comunidad quieta y pasivamente en el inmueble de propiedad de Oscar Guerra Bonilla, no solo es ilegal, sino inconstitucional”, explicó. (Le puede interesar: Las razones de la Corte Suprema para absolver al gobernador Luis Monsalvo Gnecco)
Moreno Acero manifestó que para cuando Monsalvo Gnecco suscribió el “pacto ilegal” estaba claro que esa comunidad estaba invadiendo una propiedad privada y su permanencia en ese sitio no estaba amparada, ni siquiera de manera provisional, por alguna decisión judicial. Por tanto, no pudo participar del fallo en el que se consideró que “'el compromiso' de mantener a los ‘invasores’ en un predio que es de propiedad privada de un particular no puede identificarse, per se, como un atentado contra ese derecho (...) sino como una estrategia de solución de un problema social que objetivamente estaba configurado y que podía solucionarse incluso con la compra forzada de esos predios".
Así, el magistrado estimó que, por un lado, es “inadmisible” que la Corte avale una ilegalidad, con la excusa de solucionar un problema. Por otro, que no tiene duda de que el candidato Gnecco conocía la situación de vulnerabilidad extrema de quienes ocuparon el terreno “Tierra Prometida” y que sabía que la mayor preocupación de esta población era permanecer en dicho lugar, entonces “con una pretensión puramente electoral, egoísta y de claro beneficio personal e individual, se aprovechó de esa calamitosa situación para sacar ventaja de la necesidad ajena”.
Para Moreno Acero, no se trata, como dice el fallo absolutorio, de quien se erige como un abanderado de derechos sociales para contrarrestar los problemas de la sociedad, sino de “un político que busca hurgar en sus necesidades para lucrarse con un voto que, en estas condiciones, no es ni libre ni consciente, en comportamiento que, por lo demás, sí produce enorme daño al bien jurídico tutelado”. Agregó que la posibilidad de elección por parte de dichos ciudadanos dejó de ser libre y que por eso, a su consideración, se debió condenar al heredero de la maquinaria política de la familia Gnecco quien ejerce su segundo periodo en cabeza de la Gobernación del Cesar.
El pasado 30 de septiembre, el sol volvió a salir para el gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco. Ese día la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia tumbó el fallo de la Sala de Primera Instancia que lo condenó a cinco años de prisión por el delito de corrupción al sufragante para, en su lugar, absolverlo, revocar su detención domiciliaria y ordenar su libertad inmediata. Sin embargo, dos magistrados de la Sala Penal salvaron su voto, al no estar de acuerdo con la decisión.
El episodio que se debatió en los estrados judiciales ocurrieron el 16 de octubre de 2011, cuando el entonces candidato a la gobernación del Cesar, Luis Monsalvo Gnecco, firmó un documento comprometiéndose a darle una solución de vivienda digna a un grupo de personas que estaban en un asentamiento ilegal conocido como “Tierra Prometida” en Valledupar, a cambio de sus votos. Ese pacto fue considerado ilegal por la Fiscalía, quien llevó a juicio Monsalvo Gnecco (quien fue elegido para el periodo 2012-2015).
Resulta que Gnecco pactó tres acuerdos: mantener a ese grupo de personas en el inmueble que tenían ocupado (pero que era propiedad privada), incluirlos en proyectos de vivienda y acatar las sentencias judiciales que habían ordenado una vivienda digna para esa población desplazada. Aunque esto fue visto por el ente investigador y la Sala de Primera Instancia como una forma de constreñir al electorado para conseguir votos, para la Sala Penal para la Sala Penal, lo que hizo el entonces candidato no fue irregular ni se adecuaba al delito de corrupción al sufragante por el que había sido condenado. (Lea también: Gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo, fue absuelto en segunda instancia)
Pero no a todos los magistrados les pareció que la conducta de Gnecco era legal, de hecho, dos de los togados se apartaron de la decisión absolutoria y salvaron su voto. Uno de ellos es el magistrado Jaime Humberto Moreno Acero quien considera que “se acreditó, más allá de toda duda razonable, la existencia del delito de corrupción de sufragante y la responsabilidad de Luis Alberto Monsalvo Gnecco en su comisión”. Para el magistrado, la promesa de mantener a las 800 familias en el terreno que ocuparon y que era propiedad de Oscar Guerra Bonilla, resulta ilegal porque desconoce el derecho a la propiedad privada.
Aunque reconoce que se trataba de personas desplazadas por la violencia que vivían en condiciones extremas de vulnerabilidad y que son sujetos de especial protección constitucional, “ello no implica que los particulares sean los llamados a soportar y resolver los problemas de vivienda que en este país lamentablemente se presentan como consecuencia de la violencia sistemática a la que de una u otra manera y en mayor o menor medida, hemos sido víctimas todos”.
En ese sentido, Moreno Acero indicó que, incluso si Gnecco obrara de buena fe o con el deseo de apoyar a la comunidad, su comportamiento es ilegal porque se otorga competencias que no posee como la decidir sobre el asentamiento o desalojo de este grupo de personas, una situación que debe ser resuelta por jueces, tribunales y la misma Corte Constitucional. “Por lo tanto, no cabe duda que la promesa que realizó Luis Alberto Monsalvo Gnecco, consistente en mantener a la comunidad quieta y pasivamente en el inmueble de propiedad de Oscar Guerra Bonilla, no solo es ilegal, sino inconstitucional”, explicó. (Le puede interesar: Las razones de la Corte Suprema para absolver al gobernador Luis Monsalvo Gnecco)
Moreno Acero manifestó que para cuando Monsalvo Gnecco suscribió el “pacto ilegal” estaba claro que esa comunidad estaba invadiendo una propiedad privada y su permanencia en ese sitio no estaba amparada, ni siquiera de manera provisional, por alguna decisión judicial. Por tanto, no pudo participar del fallo en el que se consideró que “'el compromiso' de mantener a los ‘invasores’ en un predio que es de propiedad privada de un particular no puede identificarse, per se, como un atentado contra ese derecho (...) sino como una estrategia de solución de un problema social que objetivamente estaba configurado y que podía solucionarse incluso con la compra forzada de esos predios".
Así, el magistrado estimó que, por un lado, es “inadmisible” que la Corte avale una ilegalidad, con la excusa de solucionar un problema. Por otro, que no tiene duda de que el candidato Gnecco conocía la situación de vulnerabilidad extrema de quienes ocuparon el terreno “Tierra Prometida” y que sabía que la mayor preocupación de esta población era permanecer en dicho lugar, entonces “con una pretensión puramente electoral, egoísta y de claro beneficio personal e individual, se aprovechó de esa calamitosa situación para sacar ventaja de la necesidad ajena”.
Para Moreno Acero, no se trata, como dice el fallo absolutorio, de quien se erige como un abanderado de derechos sociales para contrarrestar los problemas de la sociedad, sino de “un político que busca hurgar en sus necesidades para lucrarse con un voto que, en estas condiciones, no es ni libre ni consciente, en comportamiento que, por lo demás, sí produce enorme daño al bien jurídico tutelado”. Agregó que la posibilidad de elección por parte de dichos ciudadanos dejó de ser libre y que por eso, a su consideración, se debió condenar al heredero de la maquinaria política de la familia Gnecco quien ejerce su segundo periodo en cabeza de la Gobernación del Cesar.