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                                                                                                                                Las recusaciones del exmagistrado Jorge Pretelt en la revisión de su condena

                                                                                                                                El exmagistrado de la Corte Constitucional fue condenado por la Corte Suprema de Justicia, en 2019, a seis años de prisión por el delito de concusión por las irregularidades que se presentaron con el expediente de Fidupetrol.

                                                                                                                                Exmagistrado de la Corte Constitucional, ante la Sala Penal de la Corte Suprema en el primer día de su juicio por concusión (soborno).
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El caso llegó al despacho del magistrado Fabio Ospitia a quien Pretelt recusó junto a los magistrados Hugo Quintero Bernate, José Francisco Acuña Vizcaya, Eugenio Fernández Carlier, Eyder Patiño Cabrera, Luis Antonio Hernández Barbosa y Patricia Salazar Cuéllar, quienes también expresaron su intención de mantenerse impedidos para intervenir en dicho proceso. El expediente quedó en manos de conjueces a quien tampoco escatimó en recusar.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Con este precedente, Pretelt y su defensa dijeron que, si bien todo ciudadano tiene derecho a ejercer una ideología, en el caso del conjuez habría una causal debido a que abiertamente ha expuesto su postura de izquierda y de oposición al pensamiento de derecha y el uribismo. Además, trajo a colación que Torres hizo una publicación a través de Facebook, en 2015, aduciendo “esa platica se perdió. Caso Pretelt” y otra más cuando compartió una nota que hacía referencia al expediente que se adelantaba en su contra.

                                                                                                                                Le puede interesar: “No hice nada a favor de Fidupetrol”: exmagistrado Jorge Pretelt

                                                                                                                                Para Pretelt Chaljub, este tipo de publicaciones demuestran un “prejuzgamiento” en su contra por parte de Torres, considerando la ideología que profesa y ser un detractor del uribismo. No obstante, esa no es la misma postura que comparte el conjuez quien, además de rechazar la recusación en su contra aseguró que no conoce al exmagistrado y tampoco lo considera su “enemigo” de forma directa o indirecta y que cuando emitió las publicaciones no era ni aspiraba ser conjuez del alto tribunal.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema resaltó que “las causas que dan lugar a separar del conocimiento de un caso determinado a un juez o magistrado no pueden deducirse por analogía, ni ser objeto de interpretaciones subjetivas, en cuanto se trata de reglas con carácter de orden público, fundadas en el convencimiento del legislador de que son éstas y no otras las circunstancias fácticas que impiden que un funcionario judicial conozca de un asunto, porque de continuar vinculado a la decisión compromete la independencia de la administración de justicia y quebranta el derecho fundamental de los asociados a obtener un fallo proferido por un tribunal imparcial”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Los argumentos de la Corte reseñaron entonces, que no había impedimento alguno sobre los señalamientos que hizo en algún momento el conjuez Torres, por lo que el expediente de Pretelt continuará bajo su estudio y el de los demás conjueces que fueron designados para tal expediente. Se espera que durante los próximos meses se emitan decisiones respecto de la solicitud hecha por Pretelt y su abogado.

                                                                                                                                Exmagistrado de la Corte Constitucional, ante la Sala Penal de la Corte Suprema en el primer día de su juicio por concusión (soborno).
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El caso llegó al despacho del magistrado Fabio Ospitia a quien Pretelt recusó junto a los magistrados Hugo Quintero Bernate, José Francisco Acuña Vizcaya, Eugenio Fernández Carlier, Eyder Patiño Cabrera, Luis Antonio Hernández Barbosa y Patricia Salazar Cuéllar, quienes también expresaron su intención de mantenerse impedidos para intervenir en dicho proceso. El expediente quedó en manos de conjueces a quien tampoco escatimó en recusar.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Con este precedente, Pretelt y su defensa dijeron que, si bien todo ciudadano tiene derecho a ejercer una ideología, en el caso del conjuez habría una causal debido a que abiertamente ha expuesto su postura de izquierda y de oposición al pensamiento de derecha y el uribismo. Además, trajo a colación que Torres hizo una publicación a través de Facebook, en 2015, aduciendo “esa platica se perdió. Caso Pretelt” y otra más cuando compartió una nota que hacía referencia al expediente que se adelantaba en su contra.

                                                                                                                                Le puede interesar: “No hice nada a favor de Fidupetrol”: exmagistrado Jorge Pretelt

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema resaltó que “las causas que dan lugar a separar del conocimiento de un caso determinado a un juez o magistrado no pueden deducirse por analogía, ni ser objeto de interpretaciones subjetivas, en cuanto se trata de reglas con carácter de orden público, fundadas en el convencimiento del legislador de que son éstas y no otras las circunstancias fácticas que impiden que un funcionario judicial conozca de un asunto, porque de continuar vinculado a la decisión compromete la independencia de la administración de justicia y quebranta el derecho fundamental de los asociados a obtener un fallo proferido por un tribunal imparcial”.

                                                                                                                                No ad for you

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