Las ruinas arqueológicas de Gachantivá, Boyacá, ahora son patrimonio protegido
La sentencia subrayó la importancia de la acción popular como herramienta para proteger los derechos colectivos y culturales, permitiendo que los habitantes de Gachantivá recobren el acceso a este lugar que alberga tumbas indígenas y edificaciones coloniales.
En una decisión histórica, el Juzgado 12 Administrativo Oral de Tunja ordenó la preservación de las Ruinas de Gachantivá, un sitio arqueológico de alta importancia en Boyacá, como respuesta a una acción popular interpuesta por la comunidad para garantizar el acceso y protección de este patrimonio. El fallo destacó la relevancia de la acción popular en la defensa de los derechos colectivos y culturales, permitiendo a los habitantes de Gachantivá recuperar el acceso a este sitio que contiene tumbas indígenas y estructuras coloniales.
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La disputa surgió luego de que un particular restringiera el acceso a las ruinas, generando una reacción ciudadana que culminó en esta acción legal contra el municipio y el propietario. El juez declaró que el sitio debe ser preservado como un bien público y de acceso libre, en cumplimiento del deber de salvaguardar el patrimonio cultural colombiano. Además, ordenó la actualización de las fichas catastrales del lugar para prevenir futuras irregularidades de propiedad y acceso.
Elizabeth Perilla, consultora jurídica que ha seguido el caso, explicó que esta decisión subraya la importancia de proteger bienes arqueológicos como las Ruinas de Gachantivá, no solo como recursos históricos y turísticos, sino también como componentes de identidad nacional que deben ser defendidos colectivamente. “La protección del patrimonio arqueológico y cultural es una responsabilidad compartida por todos los colombianos. Las futuras generaciones merecen disfrutar de este legado y gracias a este mecanismo jurídico, cualquier ciudadano puede ser un guardián de la herencia cultural del país”, señaló Perilla.
Este caso es un ejemplo clave de cómo la acción popular, establecida en el artículo 88 de la Constitución y regulada por la Ley 472 de 1998, permite a los ciudadanos participar en la protección del patrimonio colectivo, limitando la explotación privada de bienes culturales.
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La comunidad de Gachantivá celebra esta victoria judicial como un paso importante en la protección de su herencia cultural, mientras el país observa con atención la posibilidad de apelación. Más allá de este caso, el fallo refuerza el rol de la ciudadanía en la defensa de los bienes ancestrales, destacando que la protección del patrimonio es un compromiso de todos los colombianos.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
En una decisión histórica, el Juzgado 12 Administrativo Oral de Tunja ordenó la preservación de las Ruinas de Gachantivá, un sitio arqueológico de alta importancia en Boyacá, como respuesta a una acción popular interpuesta por la comunidad para garantizar el acceso y protección de este patrimonio. El fallo destacó la relevancia de la acción popular en la defensa de los derechos colectivos y culturales, permitiendo a los habitantes de Gachantivá recuperar el acceso a este sitio que contiene tumbas indígenas y estructuras coloniales.
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Elizabeth Perilla, consultora jurídica que ha seguido el caso, explicó que esta decisión subraya la importancia de proteger bienes arqueológicos como las Ruinas de Gachantivá, no solo como recursos históricos y turísticos, sino también como componentes de identidad nacional que deben ser defendidos colectivamente. “La protección del patrimonio arqueológico y cultural es una responsabilidad compartida por todos los colombianos. Las futuras generaciones merecen disfrutar de este legado y gracias a este mecanismo jurídico, cualquier ciudadano puede ser un guardián de la herencia cultural del país”, señaló Perilla.
Este caso es un ejemplo clave de cómo la acción popular, establecida en el artículo 88 de la Constitución y regulada por la Ley 472 de 1998, permite a los ciudadanos participar en la protección del patrimonio colectivo, limitando la explotación privada de bienes culturales.
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