Ley de paz total va a examen en la Corte Constitucional: demanda pide tumbarla
El alto tribunal admitió para estudio una demanda del representante José Jaime Uscátegui, que asegura que hubo vicios de trámite en la ley que le da piso jurídico al acercamiento del gobierno con las organizaciones criminales y las libertades a personas apresadas durante el paro nacional.
Vicios de trámite en el Congreso y unas supuestas facultades extraordinarias que le entregó al presidente Gustavo Petro podrían traerle problemas a la ley de paz total en la Corte Constitucional. El alto tribunal aceptó estudiar una demanda del representante del Centro Democrático José Jaime Uscátegui, quien pide tumbar esta norma, que fue aprobada en el Congreso a finales de 2022. Ahora entrará a analizar si las libertades otorgadas a jóvenes capturados durante el paro nacional bajo la figura de “voceros de paz”, o la rapidez con que fue aprobado el texto en el legislativo son constitucionales.
(Lea también: Los nueve reparos de la Fiscalía al proyecto de ley de sometimiento del Gobierno)
Al representante del Centro Democrático le parece que el artículo 5 de la ley de paz total viola la Constitución “toda vez que le asigna al presidente funciones que la Carta Política consagró exclusivamente en cabeza de la Rama Judicial y la Rama Legislativa”. Esta parte del texto es la que levantó polémica porque le permitía al Gobierno nombrar voceros de paz a personas que hubieran sido capturadas durante las manifestaciones del paro nacional de 2021. A juicio de Uscátegui, esto le da “la potestad abierta de excarcelar detenidos” al presidente Petro.
Más adelante, incluso asegura que con este artículo se estarían violando tratados internacionales, que obligan a Colombia a darles a las víctimas de violaciones a los derechos humanos recursos judiciales efectivos, así como acceso a verdad y reparación. A juicio del representante “a discreción del presidente, este pueda eliminar la consecuencia que el ordenamiento jurídico colombiano ha establecido para la violación de algunos derechos de los ciudadanos”. Estas libertades, sin embargo, las han otorgado los jueces luego de que una comisión de varios ministros propone los nombres.
(Le puede interesar: Disidentes de Farc y desertores del Acuerdo de Paz, en el limbo en la paz total)
Además, Uscátegui considera que la ley de paz total es inconstitucional por dos posibles errores en el trámite. Primero, porque el texto no fue sometido a análisis del Consejo Superior de Política Criminal. Se trata de una instancia en la que confluyen la Fiscalía, la Policía, el Ministerio de Justicia y otras entidades y que estudian todas las propuestas que tengan que ver con criminalidad. Incluso, con organizaciones criminales, como a las que se ha acercado el Gobierno Petro para que se sometan a la justicia. “La falta de un concepto puede llevar a la aprobación de leyes sin una consideración mínima e informada de los legisladores”, escribió el congresista.
De otro lado, reprocha que, en los debates de la ley, la mesa directiva de la Cámara se negó a votar una proposición suya que pedía aplazar la sesión hasta que hubiera un concepto del Consejo Superior de Política Criminal. “Esta proposición debía someterse a consideración en el entendido de que debía votarse antes de que se surtiera el debate de conciliación mencionado. Pero no fue así, pues a pesar de que el presidente la Cámara, David Racero, anunció dicha proposición, la proposición suspensiva no se sometió a consideración”, añadió en la demanda.
(Lea también: Presidencia solicitó levantar órdenes de captura contra “Iván Mordisco”)
El caso ahora queda a disposición del magistrado Antonio José Lizarazo, cuyo despacho ya le comunicó esta decisión a Uscátegui, así como al Ministerio de Justicia y al de Defensa, para que sienten una posición. Además, Lizarazo ya pidió pruebas: les pidió a las secretarías de la Cámara y el Senado certificar si el Consejo de Política Criminal envió o no un concepto sobre esta ley, así como que remitan los informes de ponencia que se radicaron, entre otros documentos sobre el trámite del proyecto en el Congreso. Así las cosas, en los próximos meses se conocerá la suerte que corra el piso jurídico de la paz total.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Vicios de trámite en el Congreso y unas supuestas facultades extraordinarias que le entregó al presidente Gustavo Petro podrían traerle problemas a la ley de paz total en la Corte Constitucional. El alto tribunal aceptó estudiar una demanda del representante del Centro Democrático José Jaime Uscátegui, quien pide tumbar esta norma, que fue aprobada en el Congreso a finales de 2022. Ahora entrará a analizar si las libertades otorgadas a jóvenes capturados durante el paro nacional bajo la figura de “voceros de paz”, o la rapidez con que fue aprobado el texto en el legislativo son constitucionales.
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Más adelante, incluso asegura que con este artículo se estarían violando tratados internacionales, que obligan a Colombia a darles a las víctimas de violaciones a los derechos humanos recursos judiciales efectivos, así como acceso a verdad y reparación. A juicio del representante “a discreción del presidente, este pueda eliminar la consecuencia que el ordenamiento jurídico colombiano ha establecido para la violación de algunos derechos de los ciudadanos”. Estas libertades, sin embargo, las han otorgado los jueces luego de que una comisión de varios ministros propone los nombres.
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Además, Uscátegui considera que la ley de paz total es inconstitucional por dos posibles errores en el trámite. Primero, porque el texto no fue sometido a análisis del Consejo Superior de Política Criminal. Se trata de una instancia en la que confluyen la Fiscalía, la Policía, el Ministerio de Justicia y otras entidades y que estudian todas las propuestas que tengan que ver con criminalidad. Incluso, con organizaciones criminales, como a las que se ha acercado el Gobierno Petro para que se sometan a la justicia. “La falta de un concepto puede llevar a la aprobación de leyes sin una consideración mínima e informada de los legisladores”, escribió el congresista.
De otro lado, reprocha que, en los debates de la ley, la mesa directiva de la Cámara se negó a votar una proposición suya que pedía aplazar la sesión hasta que hubiera un concepto del Consejo Superior de Política Criminal. “Esta proposición debía someterse a consideración en el entendido de que debía votarse antes de que se surtiera el debate de conciliación mencionado. Pero no fue así, pues a pesar de que el presidente la Cámara, David Racero, anunció dicha proposición, la proposición suspensiva no se sometió a consideración”, añadió en la demanda.
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