Listo el borrador de decreto para el uso legal de la hoja de coca y amapola
Una de las principales disposiciones del decreto es la autorización para que las entidades públicas manejen estas actividades, reduciendo así el riesgo de que las sustancias controladas sean desviadas al mercado ilegal.
El Ministerio de Justicia ha revelado el borrador del proyecto de decreto que establece un marco regulatorio para el cultivo y uso de las hojas de coca y amapola con fines industriales, científicos y de investigación por parte de entidades públicas. Este documento de 28 páginas propone modificar el decreto 1069 de 2015 y busca regular actividades hasta ahora no contempladas relacionadas con el uso de semillas y el cultivo de estas plantas.
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El borrador enfatiza la necesidad de un marco legal que permita el cultivo y la posesión de semillas, así como la utilización de plantaciones preexistentes, siempre bajo una estricta regulación estatal. Una de las principales disposiciones del decreto es la autorización para que las entidades públicas manejen estas actividades, reduciendo así el riesgo de que las sustancias controladas sean desviadas al mercado ilegal.
“Las actividades que ya se encuentran reguladas relacionadas con el uso de sustancias fiscalizadas para fines médicos, científicos de investigación e industriales, tales como: fabricación de derivados, procesamiento de sustancias, elaboración de productos, entre otras, deberán sujetarse a la normativa vigente sobre la materia”, señala el auto del proyecto.
Además, la titularidad de las autorizaciones recaerá exclusivamente en entidades públicas, fortaleciendo el control y seguimiento de estas actividades. El Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) será el encargado de otorgar las autorizaciones necesarias para el cultivo y la posesión de semillas, así como para el uso de plantaciones ya existentes.
El decreto también reconoce los usos ancestrales de la hoja de coca por comunidades indígenas, eximiéndolas de los requisitos establecidos para otras entidades. En proyectos que involucren a comunidades étnicas, se requerirá un proceso de consulta previa, asegurando así su participación en la cadena de valor y una distribución justa de los beneficios.
El borrador indica que “los usos ancestrales sobre la planta de coca ejercidos de manera individual o colectiva por parte de las comunidades indígenas o de sus miembros, quedan expresamente exceptuados de las autorizaciones y requerimientos contenidos en el presente capítulo”.
Asimismo, “la comercialización o transferencia de planta, hoja de coca, sus derivados y productos que tengan un propósito distinto a los usos ancestrales, deberá ajustarse a la normatividad especial que regula la materia. No obstante, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de Salud y Protección Social, INVIMA y el ICA deberán aplicar para el otorgamiento de certificados, registros, notificaciones, permisos, licencias y autorizaciones de su competencia, un enfoque diferencial construido de forma participativa con los pueblos indígenas”.
Este cambio regulatorio forma parte de una estrategia más amplia para la transición de economías ilícitas a lícitas, impulsando el desarrollo rural y la inversión en investigaciones científicas sobre las potencialidades de estas plantas.
En el contexto del aumento de cultivos de coca y producción de cocaína en Colombia, un informe reciente de la ONU revela que el país ha visto un incremento del 10% en cultivos ilícitos y del 53% en la producción de cocaína en 2023. La Embajada de Estados Unidos en Colombia ha expresado su preocupación por este aumento, vinculándolo a problemas de seguridad, violaciones de derechos humanos y otros delitos graves.
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El informe de la ONU sobre Drogas y Delito (Unodc) indica que Colombia posee más de 253.000 hectáreas dedicadas al cultivo de hoja de coca, con una producción anual de cocaína que supera las 2.600 toneladas. Aunque el gobierno del presidente Gustavo Petro ha resaltado las incautaciones de cocaína como un avance significativo, el país continúa siendo el mayor productor de esta sustancia a nivel global.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
El Ministerio de Justicia ha revelado el borrador del proyecto de decreto que establece un marco regulatorio para el cultivo y uso de las hojas de coca y amapola con fines industriales, científicos y de investigación por parte de entidades públicas. Este documento de 28 páginas propone modificar el decreto 1069 de 2015 y busca regular actividades hasta ahora no contempladas relacionadas con el uso de semillas y el cultivo de estas plantas.
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El borrador enfatiza la necesidad de un marco legal que permita el cultivo y la posesión de semillas, así como la utilización de plantaciones preexistentes, siempre bajo una estricta regulación estatal. Una de las principales disposiciones del decreto es la autorización para que las entidades públicas manejen estas actividades, reduciendo así el riesgo de que las sustancias controladas sean desviadas al mercado ilegal.
“Las actividades que ya se encuentran reguladas relacionadas con el uso de sustancias fiscalizadas para fines médicos, científicos de investigación e industriales, tales como: fabricación de derivados, procesamiento de sustancias, elaboración de productos, entre otras, deberán sujetarse a la normativa vigente sobre la materia”, señala el auto del proyecto.
Además, la titularidad de las autorizaciones recaerá exclusivamente en entidades públicas, fortaleciendo el control y seguimiento de estas actividades. El Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) será el encargado de otorgar las autorizaciones necesarias para el cultivo y la posesión de semillas, así como para el uso de plantaciones ya existentes.
El decreto también reconoce los usos ancestrales de la hoja de coca por comunidades indígenas, eximiéndolas de los requisitos establecidos para otras entidades. En proyectos que involucren a comunidades étnicas, se requerirá un proceso de consulta previa, asegurando así su participación en la cadena de valor y una distribución justa de los beneficios.
El borrador indica que “los usos ancestrales sobre la planta de coca ejercidos de manera individual o colectiva por parte de las comunidades indígenas o de sus miembros, quedan expresamente exceptuados de las autorizaciones y requerimientos contenidos en el presente capítulo”.
Asimismo, “la comercialización o transferencia de planta, hoja de coca, sus derivados y productos que tengan un propósito distinto a los usos ancestrales, deberá ajustarse a la normatividad especial que regula la materia. No obstante, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de Salud y Protección Social, INVIMA y el ICA deberán aplicar para el otorgamiento de certificados, registros, notificaciones, permisos, licencias y autorizaciones de su competencia, un enfoque diferencial construido de forma participativa con los pueblos indígenas”.
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