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                                                                                                                                  Lo que debe saber del fallo que ordenó adecuar normas pensionales al nuevo Sisbén

                                                                                                                                  La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio del Trabajo actualizar las reglas para acceder a la pensión familiar en Colpensiones. ¿De qué se trata? Le explicamos las claves de la decisión.

                                                                                                                                  En el Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones, los hombres se pensionan a los 62 años y las mujeres a los 57; siempre y cuando hayan cotizado al menos 1.300 semanas.
                                                                                                                                  Foto: Archivo
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  (Lea también: Ministerio del Trabajo debe regular pensiones debe regular pensiones de prima media bajo nuevo Sisbén)

                                                                                                                                  ¿Qué es la pensión familiar?

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  ¿Por qué les negaron la pensión familiar?

                                                                                                                                  Resulta que la ley vigente establece que para optar por la pensión familiar en el régimen de prima media se debe demostrar, por un lado, la relación conyugal, y, por otro, que se está en los niveles 1 y 2 del Sisbén (Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales). Este sistema es una suma de variables que arroja un resultado de qué tan vulnerable es la persona, para que pueda acceder a programas del Estado. El problema del caso es que Colpensiones estaba midiendo a los pensionados con un Sisbén viejo, la metodología III.

                                                                                                                                  En 2016, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) cambió la metodología de Sisbén, lo que significa que ahora estamos en la metodología IV. Este cambio, explicó la Corte Constitucional en el fallo, “implicó que las entidades que administran programas sociales y que utilizan el Sisbén como método de focalización, como es el caso del Ministerio de Trabajo y de la pensión familiar, estaban en la obligación de actualizar los criterios de ingreso y permanencia en esos programas”. De hecho, el DNP les dio a las entidades un periodo de transición. El Ministerio nunca se actualizó.

                                                                                                                                  (Lea también: Así se pensionan hombres y mujeres en Colombia)

                                                                                                                                  ¿Cuántos puntos de SISBÉN se deben tener para la pensión familiar?

                                                                                                                                  Este fue el punto en el que fallaron Colpensiones y el Ministerio del Trabajo, a juicio de la Corte Constitucional. La norma con la que estaban midiendo a todos los aspirantes a una pensión familiar establecía que las personas con entre 0 y 43,63 puntos del SISBÉN metodología III podrían acceder a esta vía pensional. La pareja demandante, que fue medida con el SISBÉN metodología IV y por eso tenían 43,84. Sin embargo, habían sido registrados como una familia que estaba en “pobreza moderada”.

                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Podría interesarle: ¿Qué hacer con el dinero de las pensiones?

                                                                                                                                  ¿Qué sigue?

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  La Corte le ordenó al Ministerio que expida “la regulación mediante la cual defina los puntos de corte para la obtención de la pensión familiar en el régimen de prima media (Colpensiones), teniendo en cuenta los cambios introducidos por la nueva metodología del SISBÉN”. Asimismo, el alto tribunal ordenó “determinar un esquema de transición respecto de los requisitos para acceder a la pensión familiar, que contemple: (i) la definición de las poblaciones que serían objeto de transición y de los criterios de ingreso, permanencia y egreso con los cuales se define la transición, y (ii) la definición de mecanismos y de plazos para la adopción de la metodología IV del SISBÉN”.

                                                                                                                                  Este es el fallo completo:

                                                                                                                                  En el Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones, los hombres se pensionan a los 62 años y las mujeres a los 57; siempre y cuando hayan cotizado al menos 1.300 semanas.
                                                                                                                                  Foto: Archivo
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  (Lea también: Ministerio del Trabajo debe regular pensiones debe regular pensiones de prima media bajo nuevo Sisbén)

                                                                                                                                  ¿Qué es la pensión familiar?

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  ¿Por qué les negaron la pensión familiar?

                                                                                                                                  Resulta que la ley vigente establece que para optar por la pensión familiar en el régimen de prima media se debe demostrar, por un lado, la relación conyugal, y, por otro, que se está en los niveles 1 y 2 del Sisbén (Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales). Este sistema es una suma de variables que arroja un resultado de qué tan vulnerable es la persona, para que pueda acceder a programas del Estado. El problema del caso es que Colpensiones estaba midiendo a los pensionados con un Sisbén viejo, la metodología III.

                                                                                                                                  En 2016, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) cambió la metodología de Sisbén, lo que significa que ahora estamos en la metodología IV. Este cambio, explicó la Corte Constitucional en el fallo, “implicó que las entidades que administran programas sociales y que utilizan el Sisbén como método de focalización, como es el caso del Ministerio de Trabajo y de la pensión familiar, estaban en la obligación de actualizar los criterios de ingreso y permanencia en esos programas”. De hecho, el DNP les dio a las entidades un periodo de transición. El Ministerio nunca se actualizó.

                                                                                                                                  (Lea también: Así se pensionan hombres y mujeres en Colombia)

                                                                                                                                  ¿Cuántos puntos de SISBÉN se deben tener para la pensión familiar?

                                                                                                                                  Este fue el punto en el que fallaron Colpensiones y el Ministerio del Trabajo, a juicio de la Corte Constitucional. La norma con la que estaban midiendo a todos los aspirantes a una pensión familiar establecía que las personas con entre 0 y 43,63 puntos del SISBÉN metodología III podrían acceder a esta vía pensional. La pareja demandante, que fue medida con el SISBÉN metodología IV y por eso tenían 43,84. Sin embargo, habían sido registrados como una familia que estaba en “pobreza moderada”.

                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Este es el fallo completo:

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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