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                                                                                                                                Lo que ganó y perdió un policía a quien un hincha del DIM lo lesionó de por vida

                                                                                                                                El Consejo de Estado resolvió la demanda de Carlos*, quien le había ganado un pleito por indemnización al Estado, luego de perder su capacidad laboral cuando era bachiller de la Policía en Antioquia. El ciudadano ganó por un lado y perdió por otro en segunda instancia.

                                                                                                                                Imagen de referencia. Carlos* denunció que en un hospital de la Policía le revisaron la mano incorrecta, después de haber sido lesionado por un hincha del DIM.
                                                                                                                                Foto: AFP
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Le puede interesar: Fallo de la Corte Constitucional le evitó al Estado pago de $6.200 millones

                                                                                                                                En segunda instancia, el Consejo de Estado modificó un antiguo fallo, del 31 de enero de 2013, ordenado por el Tribunal Administrativo de Antioquia. Aquella vez, el despacho judicial declaró administrativamente responsable al Estado y a la Policía por los daños sufridos por Carlos*, cuya mano dominante quedó inmovilizada durante el resto de su vida. En la primera sentencia le reconocieron perjuicios morales por 60 smlmv y un desembolso de $172 millones como lucro cesante, es decir, por lo que ha dejado de percibir como trabajador.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Consejo de Estado: La Nación, responsable del secuestro de los diputados del Valle

                                                                                                                                De acuerdo con la Sección Tercera del Consejo de Estado, después de poner sobre la mesa jurisprudencia de la misma institución y de la Corte Suprema de Justicia, no es posible reconocerle lucro cesante a Carlos* porque la Policía le está pagando una pensión de invalidez: un salario mínimo mensual. Por tanto, no podría ampararse un “cúmulo de indemnizaciones” a un ciudadano que ya estaba siendo reparado, a cuenta gotas, por la institución donde perdió su capacidad laboral.

                                                                                                                                Y esa fue una pelea que la Policía y el Estado dejaron plasmada durante el expediente. La Fuerza Pública alegó que la pensión que recibe Carlos* proviene de la misma enfermedad profesional que estaba reclamando en el proceso administrativo. La representación del Estado consideró, cosa que luego avaló la alta corte, que el antiguo bachiller de Policía podría enriquecerse sin causa. Incluso, entre la entidad y la víctima intentaron conciliar en 2014, pero no fue posible ante los distintos puntos de vista.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                En cuanto a los perjuicios morales, el Consejo de Estado dejó claro que la antigua sala donde estaban las carpetas, el Tribunal Administrativo de Antioquia, hizo mal las cuentas al calcular la indemnización de Carlos*. En ese punto, la alta corte plasmó un documento clave: el cuadro con las tablas de reparación contempladas por la Sala Plena de la alta corte. De acuerdo con el texto, a Carlos* le aprobaron un dinero que solo les entregan a víctimas cuya gravedad de lesión es superior al 30% de perdida de capacidad laboral, e inferior al 40%.

                                                                                                                                Tabla de reparación expedida por la Sala Plena del Consejo de Estado
                                                                                                                                Foto: Consejo de Estado
                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Lea también: Consejo de Estado ordenó indemnizar al almirante Arango Bacci por su captura

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                El nombre de la persona indemnizada fue cambiado para proteger su intimidad.

                                                                                                                                Imagen de referencia. Carlos* denunció que en un hospital de la Policía le revisaron la mano incorrecta, después de haber sido lesionado por un hincha del DIM.
                                                                                                                                Foto: AFP
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Le puede interesar: Fallo de la Corte Constitucional le evitó al Estado pago de $6.200 millones

                                                                                                                                En segunda instancia, el Consejo de Estado modificó un antiguo fallo, del 31 de enero de 2013, ordenado por el Tribunal Administrativo de Antioquia. Aquella vez, el despacho judicial declaró administrativamente responsable al Estado y a la Policía por los daños sufridos por Carlos*, cuya mano dominante quedó inmovilizada durante el resto de su vida. En la primera sentencia le reconocieron perjuicios morales por 60 smlmv y un desembolso de $172 millones como lucro cesante, es decir, por lo que ha dejado de percibir como trabajador.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Consejo de Estado: La Nación, responsable del secuestro de los diputados del Valle

                                                                                                                                De acuerdo con la Sección Tercera del Consejo de Estado, después de poner sobre la mesa jurisprudencia de la misma institución y de la Corte Suprema de Justicia, no es posible reconocerle lucro cesante a Carlos* porque la Policía le está pagando una pensión de invalidez: un salario mínimo mensual. Por tanto, no podría ampararse un “cúmulo de indemnizaciones” a un ciudadano que ya estaba siendo reparado, a cuenta gotas, por la institución donde perdió su capacidad laboral.

                                                                                                                                Y esa fue una pelea que la Policía y el Estado dejaron plasmada durante el expediente. La Fuerza Pública alegó que la pensión que recibe Carlos* proviene de la misma enfermedad profesional que estaba reclamando en el proceso administrativo. La representación del Estado consideró, cosa que luego avaló la alta corte, que el antiguo bachiller de Policía podría enriquecerse sin causa. Incluso, entre la entidad y la víctima intentaron conciliar en 2014, pero no fue posible ante los distintos puntos de vista.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Tabla de reparación expedida por la Sala Plena del Consejo de Estado
                                                                                                                                Foto: Consejo de Estado
                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Lea también: Consejo de Estado ordenó indemnizar al almirante Arango Bacci por su captura

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                                                                                                                                El nombre de la persona indemnizada fue cambiado para proteger su intimidad.

                                                                                                                                Temas recomendados:

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