Los argumentos de la absolución a Edmundo del Castillo y César M. Velásquez
El juez del caso señaló que los testimonios en contra de César Mauricio Velásquez y Edmundo del Castillo no demuestran que formaron parte del plan para desprestigiar a la Corte Suprema de Justicia entre 2007 y 2008.
David Escobar Moreno
En un documento de 65 páginas, un juez penal de Bogotá argumentó su decisión de absolver a dos antiguos alfiles del uribismo que eran investigados por supuestamente ser parte de un plan para desprestigiar a la Corte Suprema de Justicia, que investigaba en 2007 a los políticos que se aliaron con el paramilitarismo. Como estaba previsto, este lunes 12 de julio, el juzgado se pronunció en primera instancia y determinó que la Fiscalía no logró demostrar la supuesta participación tanto de César Mauricio Velásquez como de Edmundo del Castillo, antiguos secretarios de prensa y jurídico, respectivamente, de la Casa de Nariño durante el gobierno de Álvaro Uribe, en un complot contra el alto tribunal.
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La acusación sobre Velásquez y del Castillo, que se había cerrado en 2010, pero reabierta en 2013, apuntaba a que ambos recibieron y utilizaron información recaudada por el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) en siete hechos, entre los que se destaca la reunión que tuvieron en 2008 con el exjefe paramilitar Antonio López Jiménez, alias Job, en la Casa de Nariño. En esa polémica reunión, este hombre, mano derecha del exjefe paramilitar Diego Murillo, alias Don Berna, les comentó sobre un supuesto complot para desprestigiar al entonces presidente Álvaro Uribe orquestado por el entonces magistrado auxiliar Iván Velásquez.
Para el juez del caso, la labor de la Fiscalía no apuntó a demostrar el supuesto papel de los exfuncionarios de la Presidencia en el plan para desprestigiar a la Corte, sino a describir el caso conocido como las “Chuzadas del DAS”. “Los testigos realizaron una extensa lectura de documentos y expresaron apreciaciones subjetivas sobre los mismos, en lugar de formularles interrogantes sobre los hechos que pretendían ser demostrados. (La Fiscalía) no contextualizó a los declarantes sobre los hechos materia de juzgamiento, puesto que extendió el campo de análisis a la generalidad que representa el caso “Chuzadas del DAS” y no apuntó a demostrar la intervención y responsabilidad de los enjuiciados”.
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El juzgado señaló que los exmiembros del DAS que testificaron en el juicio apuntaron que fue María del Pilar Hurtado, exdirectora del organismo de inteligencia y condenada en primera instancia por estos hechos, quien les dio órdenes para obtener información que pudiera desprestigiar a la Corte. Pero, dice el juez, sus testimonios no aclararon quiénes eran las personas que compartían la información a los medios de comunicación que intentaban desprestigiar a la alta corte. “Para el momento de la indebida divulgación y a pesar de la participación de Castillo y Velásquez en las reuniones referidas, no puede inferirse que ostentaban el papel de organizadores, directores o promotores de la asociación delincuencial”, dice el sentido de fallo.
La determinación judicial menciona en varios apartes que los testigos en contra de Velásquez y Castillo fueron de oídas y no conocían de primera mano los hechos. Por ejemplo, explicó que las declaraciones de Pablo Hernán Sierra, alias Alberto Guerrero y el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso fueron en ese sentido. “No les constan directamente, sino por la información suministrada por alias Don Berna y alias Tasmania sobre las reuniones que se efectuaron en el Palacio de Nariño, sin que fuesen testigos directos del contexto en el cual se desarrollaban, así como su propósito”, señaló el sentido de fallo.
Como contó este diario la semana pasada, la ampliación del testimonio en este caso de Don Berna, antiguo jefe de la Oficina de Envigado y actualmente preso en Estados Unidos por narcotráfico, se estancó. El exjefe paramilitar, dicen sus abogados, estaba dispuesto a declarar, pero pedía que su familia recibiera protección y que no la recibió. Fuentes cercanas a ese caso señalaron que la Fiscalía terminó prescindiendo de su declaración porque, aunque consideraba su testimonio importante, corría contra el tiempo, ya que los cargos prescriben en septiembre de 2021.
El plan contra la Corte
Varios pronunciamientos judiciales han determinado que miembros del DAS y el paramilitarismo formaron parte de ese plan para desacreditar al magistrado auxiliar Iván Velásquez, coordinador de la investigación de la parapolítica. Por ejemplo, en julio de 2020, el Tribunal Superior de Cundinamarca condenó al Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) por los seguimientos e interceptaciones ilegales de las que fue víctima el exmagistrado auxiliar. También fueron condenados Bernardo Moreno, exsecretario general de la Presidencia y el abogado Sergio González, defensor de alias Tasmania, por ser parte de ese plan para desprestigiar a la Corte Suprema.
Durante la audiencia contra Velásquez y Castillo, la Fiscalía, abogados de víctimas y Procuraduría apelaron la decisión de absolver a los exfuncionarios de la Presidencia. Será el Tribunal Superior de Bogotá el que decida antes de septiembre de 2021, cuando prescribe el delito de concierto para delinquir que les fue imputado en 2015, si estos dos alfiles del uribismo fueron parte de ese complot o no y si su caso debe seguir una instancia más.
En un documento de 65 páginas, un juez penal de Bogotá argumentó su decisión de absolver a dos antiguos alfiles del uribismo que eran investigados por supuestamente ser parte de un plan para desprestigiar a la Corte Suprema de Justicia, que investigaba en 2007 a los políticos que se aliaron con el paramilitarismo. Como estaba previsto, este lunes 12 de julio, el juzgado se pronunció en primera instancia y determinó que la Fiscalía no logró demostrar la supuesta participación tanto de César Mauricio Velásquez como de Edmundo del Castillo, antiguos secretarios de prensa y jurídico, respectivamente, de la Casa de Nariño durante el gobierno de Álvaro Uribe, en un complot contra el alto tribunal.
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Para el juez del caso, la labor de la Fiscalía no apuntó a demostrar el supuesto papel de los exfuncionarios de la Presidencia en el plan para desprestigiar a la Corte, sino a describir el caso conocido como las “Chuzadas del DAS”. “Los testigos realizaron una extensa lectura de documentos y expresaron apreciaciones subjetivas sobre los mismos, en lugar de formularles interrogantes sobre los hechos que pretendían ser demostrados. (La Fiscalía) no contextualizó a los declarantes sobre los hechos materia de juzgamiento, puesto que extendió el campo de análisis a la generalidad que representa el caso “Chuzadas del DAS” y no apuntó a demostrar la intervención y responsabilidad de los enjuiciados”.
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El juzgado señaló que los exmiembros del DAS que testificaron en el juicio apuntaron que fue María del Pilar Hurtado, exdirectora del organismo de inteligencia y condenada en primera instancia por estos hechos, quien les dio órdenes para obtener información que pudiera desprestigiar a la Corte. Pero, dice el juez, sus testimonios no aclararon quiénes eran las personas que compartían la información a los medios de comunicación que intentaban desprestigiar a la alta corte. “Para el momento de la indebida divulgación y a pesar de la participación de Castillo y Velásquez en las reuniones referidas, no puede inferirse que ostentaban el papel de organizadores, directores o promotores de la asociación delincuencial”, dice el sentido de fallo.
La determinación judicial menciona en varios apartes que los testigos en contra de Velásquez y Castillo fueron de oídas y no conocían de primera mano los hechos. Por ejemplo, explicó que las declaraciones de Pablo Hernán Sierra, alias Alberto Guerrero y el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso fueron en ese sentido. “No les constan directamente, sino por la información suministrada por alias Don Berna y alias Tasmania sobre las reuniones que se efectuaron en el Palacio de Nariño, sin que fuesen testigos directos del contexto en el cual se desarrollaban, así como su propósito”, señaló el sentido de fallo.
Como contó este diario la semana pasada, la ampliación del testimonio en este caso de Don Berna, antiguo jefe de la Oficina de Envigado y actualmente preso en Estados Unidos por narcotráfico, se estancó. El exjefe paramilitar, dicen sus abogados, estaba dispuesto a declarar, pero pedía que su familia recibiera protección y que no la recibió. Fuentes cercanas a ese caso señalaron que la Fiscalía terminó prescindiendo de su declaración porque, aunque consideraba su testimonio importante, corría contra el tiempo, ya que los cargos prescriben en septiembre de 2021.
El plan contra la Corte
Varios pronunciamientos judiciales han determinado que miembros del DAS y el paramilitarismo formaron parte de ese plan para desacreditar al magistrado auxiliar Iván Velásquez, coordinador de la investigación de la parapolítica. Por ejemplo, en julio de 2020, el Tribunal Superior de Cundinamarca condenó al Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) por los seguimientos e interceptaciones ilegales de las que fue víctima el exmagistrado auxiliar. También fueron condenados Bernardo Moreno, exsecretario general de la Presidencia y el abogado Sergio González, defensor de alias Tasmania, por ser parte de ese plan para desprestigiar a la Corte Suprema.
Durante la audiencia contra Velásquez y Castillo, la Fiscalía, abogados de víctimas y Procuraduría apelaron la decisión de absolver a los exfuncionarios de la Presidencia. Será el Tribunal Superior de Bogotá el que decida antes de septiembre de 2021, cuando prescribe el delito de concierto para delinquir que les fue imputado en 2015, si estos dos alfiles del uribismo fueron parte de ese complot o no y si su caso debe seguir una instancia más.