Los argumentos de la Fiscalía de la CPI para cerrar examen preliminar en Colombia
El fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, señaló que el país debe seguir avanzando en casos de rendición de cuentas en materia de violación de derechos humanos. Organizaciones sociales tienen reparos sobre el pronunciamiento de la instancia internacional, el cual tardó más de dos años en emitirse.
La semana pasada y de casi de manera inadvertida, la Corte Penal Internacional (CPI) le entregó al Gobierno colombiano un documento de 27 páginas en el que entregó sus conclusiones sobre los motivos que llevaron a la Fiscalía de la Corte a concluir el examen preliminar sobre Colombia y no abrir una investigación relacionada con graves violaciones de derechos humanos, como crímenes de genocidio, guerra, agresión y lesa humanidad. Desde octubre de 2021, cuando la CPI tomó la determinación, organizaciones sociales estaba esperando con ansias este informe en el que sustenta el cierre del expediente.
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La semana pasada y de casi de manera inadvertida, la Corte Penal Internacional (CPI) le entregó al Gobierno colombiano un documento de 27 páginas en el que entregó sus conclusiones sobre los motivos que llevaron a la Fiscalía de la Corte a concluir el examen preliminar sobre Colombia y no abrir una investigación relacionada con graves violaciones de derechos humanos, como crímenes de genocidio, guerra, agresión y lesa humanidad. Desde octubre de 2021, cuando la CPI tomó la determinación, organizaciones sociales estaba esperando con ansias este informe en el que sustenta el cierre del expediente.
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Entre ellas, la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH) y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), quienes desde 2004 vienen alertando a la CPI la grave situación en materia de derechos humanos en Colombia. De acuerdo con el documento elaborado por el fiscal Khan, Colombia emprendió un proceso de rendición de cuentas “ambicioso” y de larga duración en el que participan múltiples jurisdicciones y mecanismos. Khan señaló que, con base a su evaluación de octubre de 2021, de las autoridades colombianas “no se percibía inactividad, ni tampoco falta de disposición o de capacidad para llevar a cabo investigaciones y enjuiciamientos genuinos de crímenes de guerra”.
No obstante, dice la Fiscalía de la CPI, el cierre del examen preliminar no puso fin a su interacción con Colombia, ni a su apoyo a los procesos de rendición de cuentas que están en curso. Por el contrario, señaló el inicio de un nuevo capítulo de apoyo, participación y colaboración mutua “que constituye un ejemplo de cooperación positiva en acción”. Además, recalcó que el trabajo que aún deben realizar el Estado colombiano en materia de rendición de cuentas en Colombia no “está exento de desafíos y requiere sobriedad y dedicación a largo plazo”.
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De cara al futuro, manifestó la Fiscalía de la CPI, continuará apoyando y aprovechando las vías para interactuar con con las autoridades nacionales, las instituciones internacionales y los observadores del caso colombiano, las víctimas y sus representantes legales así como los asociados de la sociedad civil, “con el fin de mantenerse al día respecto del progreso en los empeños nacionales pertinentes en materia de rendición de cuentas y de apoyarlos de la mejor manera posible”. Sin embargo, para las víctimas y los observadores las conclusiones fueron “insuficientes” y que la Fiscalía debe mantener una postura crítica sobre los que suceda en el país.
El CAJAR señaló que las conclusiones emitidas por la CPI desconoce los altos índices de impunidad persistentes en casos de violencia sexual y desplazamiento forzado, conductas cometidas sistemáticamente en el marco del conflicto armado. Además, señaló el organismo de derechos humanos, desconoce que la competencia de la JEP es limitada y circunscrita a hechos cometidos en relación o con ocasión del conflicto armado, lo cual excluye otros que estaban siendo valoradas en el marco del examen preliminar. “Igualmente, omite valorar en detalle los vacíos denunciados por las víctimas y sus organizaciones, respecto de los alcances del proceso de desmovilización paramilitar y la aplicación del marco legal de la ley de Justicia y Paz”, dice el CAJAR.
Aunque el CAJAR reconoce los avances importantes en Colombia – y continúan su apoyo e interacción con los procesos de justicia transicional, en particular ante la JEP – para ellos existen importantes vacíos. Por ejemplo, en su opinión, varios de los militares, presuntos responsables de los falsos positivos, no han sido llamados a comparecer ante la JEP y, de hecho, “han continuado ocupando cargos y ascendiendo dentro de la estructura del Ejército Nacional de Colombia. A su vez, respecto a terceros civiles y agentes del Estado no combatientes, existe una falta de voluntad suficiente para llevar a estos actores ante la justicia”.
La oficina de la CPI
Ese seguimiento crítico por parte de la CPI podría efectuarse de forma más expedita, ya que en junio de 2023 la instancia internacional abrió una oficina en Colombia. “Hemos avanzado en la suscripción de este plan de trabajo que incluye el intercambio de experiencias, la colaboración técnica, el soporte de los equipos de la Corte a los equipos de la JEP, la posibilidad de visitas de nuestros equipos a La Haya para el intercambio de experiencias internacionales, pero también el establecimiento de un enlace permanente de la CPI en Bogotá, en la JEP”, dijo el magistrado Vidal en una rueda de prensa acompañado de Khan en junio de este año.
Esta llegada de la oficina no significa que automáticamente tendrá la jurisdicción para conocer casos de graves violaciones de derechos humanos, como crímenes de genocidio, guerra, agresión y lesa humanidad. El plan de trabajo de la Corte en Colombia es muy claro en sus objetivos, que además son similares a lo que ya hace la CPI en otras partes del mundo. Para entenderlo, se pueden tener en cuenta siete objetivos claros.
El primero: tener presencia en el extranjero sirve para mejorar el alcance, la cooperación y las capacidades de investigación de la corte dentro de esa región. Segundo: promueve una colaboración y coordinación más estrechas entre la Corte y las autoridades nacionales de ese país (precisamente lo que buscan entidades como la JEP), y también facilita el intercambio de información, pruebas y conocimientos, lo que permite a la CPI llevar a cabo sus investigaciones y procedimientos de manera más eficaz.
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Tercero: puede ser útil para llevar a cabo diversas actividades operativas y de investigación dentro del país, según el mandato de la corte y los casos en curso que existan en el país. Esto puede implicar la recopilación de pruebas, entrevistas a testigos, la realización de exámenes forenses y la coordinación con las autoridades judiciales y policiales del país en donde instala su oficina. Cuarto: la presencia de una oficina de la CPI en un país ayuda a crear conciencia sobre la misión, la jurisdicción y los casos en curso de la Corte entre la población local, las organizaciones de la sociedad civil y las partes interesadas relevantes.
Quinto: facilita el relacionamiento con las comunidades afectadas, víctimas y testigos, asegurando su participación en los procesos judiciales. Sexto: la oficina de la CPI suele participa en iniciativas de creación de recursos para fortalecer la capacidad del sistema de justicia local para investigar y enjuiciar crímenes internacionales. Esto puede implicar brindar capacitación, asistencia técnica y compartir las mejores prácticas en el campo del derecho penal internacional.
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Y el séptimo: el establecimiento de una oficina de la CPI en un país puede fomentar la cooperación regional para abordar los crímenes internacionales. Puede alentar a los países vecinos a colaborar, compartir información y brindar apoyo mutuo para investigar y enjuiciar a las personas responsables de graves violaciones de los derechos humanos. Un objetivo clave, no solo para Colombia, sino también para Venezuela.
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