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                                                                                                                                Los argumentos de la sentencia que revivió las curules de víctimas

                                                                                                                                Hasta ahora se conoce la decisión de la Corte Constitucional. El fallo permite que en marzo de 2022 las víctimas del conflicto armado elijan a 16 voceros suyos para representarlos en el Congreso.

                                                                                                                                Víctimas del conflicto armado durante la sesión de Congreso Pleno, en conmemoración del Día Nacional de la Memoria y la Solidaridad con las Víctimas. (Imagen de referencia)
                                                                                                                                Foto: Gustavo Torrijos
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Cuando el proyecto no se llevó a cabo, el senador Roy Barreras, defensor del cumplimiento de los Acuerdos de Paz, presentó una acción de tutela, que fue respaldada por la Corte, en contra de la Mesa Directiva del Senado de la República con el propósito de obtener el amparo de los derechos al debido proceso y la igualdad. En este caso, durante la primera instancia, el Juzgado 16 Administrativo de Bogotá negó sus peticiones, por lo cual Barreras decidió llevarlo hasta el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ratificó la decisión del Juzgado.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En el fallo, se aclara que las 16 curules empiezan a regir desde 2022 hasta 2030, es decir, los dos periodos electorales que se pactaron en el acuerdo. Le da 48 horas al legislativo para ajustar el proyecto y el mismo tiempo para firmar el documento y que este sea publicado y posteriormente promulgado por el presidente de la República. Del mismo modo, ordena que en la Registraduría se surtan los mecanismos tendientes a generar las medidas de inscripción y elección de los candidatos.

                                                                                                                                El proyecto se hundió en 2017, cuando se votaba en Senado y Cámara la implementación de las curules en cuestión. En ese entonces, la votación en el Senado fue de 50 votos por el sí y 7 por el no; aún así, la Mesa Directiva del Senado estableció que la mayoría absoluta la constituían en ese caso 52 votos a favor y no los 50 que se había obtenido, concluyendo que el informe de conciliación no había sido aprobado con los requisitos constitucionales y legales previstos.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                De la misma manera, la decisión afirma que el objetivo del proyecto de las curules es “no solo lograr una sociedad más incluyente, pluralista y participativa, sino restablecer la dignidad de las víctimas, permitiéndoles superar el daño político al que han sido sometidas”. Esto, dice la Corte, “brindándoles el derecho de ser representadas por los suyos, y asegurándoles la posibilidad de difundir la verdad sobre lo ocurrido en el órgano por excelencia de representación popular”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Según expuso el alto tribunal, el Acto Legislativo que daba vía a las curules de la víctimas, fue debidamente aprobado y haberlo negado con el argumento de que, supuestamente, no se cumplió con la mayoría requerida, supone un actuar que desconoce las formas propias de un proceso reglado. Es por esta razón que procedía el amparo que pidió el senador Roy Barreras.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                En segundo lugar, en 48 horas, el Senado y la Cámara deberán desarchivar y ensamblar el documento final de las 16 curules de las víctimas, aprobado y firmado por los presidentes y secretarios tanto de Senado como de Cámara. Por último, el proyecto se le enviará al presidente Iván Duque para que proceda a cumplir con el deber de publicidad.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Senador de la República por el partido de la U, en entrevista
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado Lozada
                                                                                                                                Víctimas del conflicto armado durante la sesión de Congreso Pleno, en conmemoración del Día Nacional de la Memoria y la Solidaridad con las Víctimas. (Imagen de referencia)
                                                                                                                                Foto: Gustavo Torrijos
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Cuando el proyecto no se llevó a cabo, el senador Roy Barreras, defensor del cumplimiento de los Acuerdos de Paz, presentó una acción de tutela, que fue respaldada por la Corte, en contra de la Mesa Directiva del Senado de la República con el propósito de obtener el amparo de los derechos al debido proceso y la igualdad. En este caso, durante la primera instancia, el Juzgado 16 Administrativo de Bogotá negó sus peticiones, por lo cual Barreras decidió llevarlo hasta el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ratificó la decisión del Juzgado.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En el fallo, se aclara que las 16 curules empiezan a regir desde 2022 hasta 2030, es decir, los dos periodos electorales que se pactaron en el acuerdo. Le da 48 horas al legislativo para ajustar el proyecto y el mismo tiempo para firmar el documento y que este sea publicado y posteriormente promulgado por el presidente de la República. Del mismo modo, ordena que en la Registraduría se surtan los mecanismos tendientes a generar las medidas de inscripción y elección de los candidatos.

                                                                                                                                El proyecto se hundió en 2017, cuando se votaba en Senado y Cámara la implementación de las curules en cuestión. En ese entonces, la votación en el Senado fue de 50 votos por el sí y 7 por el no; aún así, la Mesa Directiva del Senado estableció que la mayoría absoluta la constituían en ese caso 52 votos a favor y no los 50 que se había obtenido, concluyendo que el informe de conciliación no había sido aprobado con los requisitos constitucionales y legales previstos.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                De la misma manera, la decisión afirma que el objetivo del proyecto de las curules es “no solo lograr una sociedad más incluyente, pluralista y participativa, sino restablecer la dignidad de las víctimas, permitiéndoles superar el daño político al que han sido sometidas”. Esto, dice la Corte, “brindándoles el derecho de ser representadas por los suyos, y asegurándoles la posibilidad de difundir la verdad sobre lo ocurrido en el órgano por excelencia de representación popular”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                En segundo lugar, en 48 horas, el Senado y la Cámara deberán desarchivar y ensamblar el documento final de las 16 curules de las víctimas, aprobado y firmado por los presidentes y secretarios tanto de Senado como de Cámara. Por último, el proyecto se le enviará al presidente Iván Duque para que proceda a cumplir con el deber de publicidad.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En su argumentación, la Corte dijo que, “el Estado está en la obligación de garantizar el concurso de las víctimas en cada una de estas instancias, pues solo así se asegura su legitimidad democrática y su validez constitucional”. Con esto así, el alto tribunal afirmó que, “la previsión de instancias de participación para las víctimas, a través de los órganos representativos que han sido dispuestos para el efecto por el ordenamiento jurídico, no ofrece discusión alguna sobre su constitucionalidad”.

                                                                                                                                Senador de la República por el partido de la U, en entrevista
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado Lozada
                                                                                                                                Ver todas las noticias
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