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Con el anuncio por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de abrir el macrocaso 08 , denominado “Crímenes cometidos por la fuerza pública, otros agentes de Estado, en asocio con grupos paramilitares o terceros civiles”, esta justicia transicional busca investigar graves violaciones de derechos humanos perpetradas durante el conflicto, entre ellas, masacres, desapariciones forzadas y desplazamientos forzadas que no han sido tenido en cuenta en otros macrocasos.
En el auto de La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y las Conductas de la JEP se mencionan algunos de los casos que serán abordados en las líneas investigativas de esa justicia nacida del Acuerdo de Paz con las Farc y que son considerados como casos representativos del conflicto como la masacre del Aro, la operación Orión en la Comuna 13 de Medellín y el asesinato de Héctor Abad Gómez.
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Los casos mencionados en el documento de la JEP, según ese mismo documento, deben estar relacionados con crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado o en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano. Además, que los hechos no estén relacionados con los otros siete macro casos ya abiertos o que están por abrirse, como el 09, que será denominado como “Crímenes contra Pueblos y Territorios Étnicos”.
El Espectador hace un breve recuento de los hechos mencionados por la JEP en la reciente apertura del macrocaso 08:
Desplazamiento forzado
De acuerdo con la Sala de Reconocimiento este es el crimen es la conducta con mayor registro tiene en sus bases de datos. Los informes presentados por las organizaciones de víctimas a la JEP mencionan desplazamientos individuales y de núcleos familiares derivados de la persecución selectiva por ser señalados como presuntos integrantes o simpatizantes de las guerrillas o por su liderazgo social en las comunidades. Además, recibieron casos de desplazamiento forzado por tratarse de testigos y personas con información sobre actuaciones ilegales de agentes estatales. Sin embargo, el documento no mencionó casos puntuales.
La Sala también identificó desplazamientos masivos de población civil, derivados de ataques indiscriminados contra poblaciones enteras asentadas en áreas de presencia o tránsito guerrillero. Por ejemplo, como señalan algunos informes, en el marco de operaciones contrainsurgentes (dirigidas a las guerrillas) de gran envergadura como las operaciones militares en la Comuna 13 de Medellín, donde se desarrollaron las operaciones Orión y Mariscal, que también dejaron muertos y desaparecidos.
Masacres y homicidios
La información de la JEP en este macrocaso señala que esta es la segunda conducta más reportada. En los hechos relatados en los informes se identifican masacres cometidas mediante la participación activa de miembros de la Fuerza Pública, agentes del Estado o terceros civiles, en asocio con grupos paramilitares, contra militantes de partidos, poblaciones estigmatizadas y miembros de pueblos étnicos. La Sala toma de referencia un informe de la Fiscalía el cual señala que varias masacres se perpetraron bajo justificaciones de lucha contrainsurgente como la de El Salado (Sucre y Bolívar, 2000), Chinulito (Sucre, 2000) y Chengue (Sucre, 2001).
Otra de las masacres mencionadas en el informe fue la del Aro, en el municipio de Ituango, Antioquia. Ese crimen fue perpetrado por las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) y por la que fueron condenados los jefes de es grupo criminal Carlos Castaño, Salvatore Mancuso y Ramiro Cuco Vanoy. Este crimen, según la JEP, estaría dentro de los que fueron motivados por el favorecimiento de intereses económicos particulares, pues por estos hechos también fueron condenados los ganaderos: Francisco y Jaime Angulo Osorio.
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Como se ha documentado, la Fuerza Pública y la Gobernación de Antioquia tenían en ese momento información de que ese corregimiento ituanguino estaba en riesgo de ser víctima por parte de los paramilitares. Otra masacre mencionada en el auto de apertura y de la que también las autoridades tenían información previa es la de Barrancabermeja del 16 de mayo de 1998, cuando los paramilitares asesinaron a siete personas y 25 más desaparecidas.
Homicidios de defensores de derechos humanos y funcionarios judiciales
Entre 1994 y 2002, la JEP identificó que paramilitares, agentes del Estado y miembros de la Fuerza Pública participaron de manera directa o indirecta en masacres y homicidios de defensores de derechos humanos y funcionarios judiciales. “Al respecto cabe destacar los casos de las masacres de El Aro y La Granja, en el municipio de Ituango, así como el homicidio de Héctor Abad Gómez, Jaime Ortiz Londoño, Nazareno de Jesús Rivero y Jesús María Valle Jaramillo, quienes denunciaron dicha alianza para la comisión de homicidios selectivos y masacres, en el norte y oriente antioqueño”, señala la Sala de Reconocimiento de la JEP.
En el caso de los funcionarios judiciales, la JEP menciona el caso Oswaldo Borja Martínez, investigador y coordinador del grupo de homicidios del CTI, asesinado en el centro de Sincelejo. Según un artículo de prensa, el investigador tenía a su cargo varias investigaciones, entre ellas, la desaparición de dos investigadores del CTI, el asesinato de la Fiscal Yolanda Paternina; el asesinato del dirigente de la Seccional Cartagena de la Unión Sindical Obrera (USO), Aury Sará Marrugo, el 30 de noviembre de 2001; y la masacre de Chengue, cometida el 13 de febrero de 2001 en jurisdicción del municipio de Ovejas (Sucre).
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Crímenes contra sindicalistas de multinacionales
Los informes recibidos por la Sala de Conocimiento de la JEP advierten sobre los crímenes que sufrieron sindicalistas de empresas multinacionales en zonas de explotación agroindustrial o minero-energética que, igualmente, eran señalados como colaboradores o integrantes de las guerrillas o por su labor que reivindicaba laborales y sociales de los trabajadores. “Al respecto, se han puesto en conocimiento de la Sala, los hechos de violencia contra integrantes de sindicatos de empresas del sector de los alimentos como Nestlé y Cicolac, Asoexcicnes, del sector de la palma aceitera y del sector carbonífero como la empresa Drummond”.
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Desaparición forzada
Representa la cuarta conducta identificada por la JEP en este caso. Su comisión bajo justificaciones contraguerrilleras, dice la JEP se desarrolló coetáneamente con otras conductas como detenciones arbitrarias, allanamientos, judicialización arbitraria, amenazas, torturas, homicidios, entre otros. Los informes presentados por las organizaciones de víctimas relatan hechos en los cuales la desaparición forzada fue utilizada contra civiles con el objetivo de desestructurar procesos organizativos políticos, sindicales, sociales o comunitarios; fue empleada contra milicianos y miembros de grupos guerrilleros que se encontraban al margen de la guerra.
Violencia sexual
En los informes presentados por las organizaciones de víctimas se describen diferentes formas en las que este tipo de delitos y la violencia basada en género fue empleada en el marco del conflicto armado; una de esas formas se relaciona, además, con la lucha contrainsurgente que motivó algunos de los crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública o en asociación con paramilitares, agentes del Estado y particulares. La violencia sexual como arma de guerra buscaba, según señalan los informes, transmitir un mensaje a mujeres, niñas y adolescentes de castigo por su vínculo presunto o real con el “enemigo”. Lo anterior, implicaría el ataque a las mujeres familiares y compañeras sentimentales de miembros de la guerrilla.
Además, la JEP revela un dato revelador: que el Ejército y la Policía fueron los mayores perpetradores de estos crímenes. “. Los informes allegados a la JEP señalan como responsables a integrantes del Ejército Nacional en un 74,5% de los casos, y a la Policía en un 12,72% de los casos. En cuanto a la temporalidad de los hechos, el 75% cuentan con una fecha determinada de comisión. De estos, 83,3% ocurrieron entre el 2000 y el 2014. Con picos en 2004, 2000 y 2006 que a su vez representan un 16,6%, 11,9% y 9,5% de los hechos respectivamente. También cabe notar que, en 2001, 2005 y 2009 tuvieron lugar el 7,14% del total de los hechos cometidos”, señala el auto de apertura del macrocaso.
Violencia contra niños y niñas
El universo de hechos objeto de investigación en este macrocaso también incluye los hechos de violencia cometida por miembros de la Fuerza Pública o agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares o terceros contra niños y niñas, bajo justificaciones contrainsurgentes. Estos hechos, tal y como fueron reseñados por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV) corresponden a aquellos de señalamientos, persecución, privaciones de la libertad, tortura y malos tratos, asesinatos, actos de utilización y otras formas de violencia cometidas contra niños y niñas por parte de miembros de la Fuerza Pública en el marco del conflicto armado colombiano.
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