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Durante 10 años y siete meses, el expediente de Luis Alfredo Ramos por parapolítica rondó por los pasillos de la Corte Suprema de Justicia, pasando por diferentes despachos e investigadores. No se salvó de la polémica de filtraciones y de salir mencionado dentro del caso conocido como el cartel de la toga. Tuvo, además, la amenaza de caer en el vencimiento de términos y que al alto tribunal no le quedara otra opción que archivarlo. Sin embargo, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte resolvió el caso. En una sentencia de 117 páginas, el alto tribunal condenó al político antioqueño a pagar 7 años y 9 meses de prisión por haberse asociado con grupos paramilitares entre 2000 y 2001.
La Sala de Primera Instancia encontró probada su relación con las cabezas de los bloques Metro y Centauros, quienes aportaron dinero para sus campañas políticas, y con los hermanos Vicente y Carlos Castaño, al punto de describir al exsenador como “amigo” de los máximos líderes de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc). Para la Corte Suprema resultó incontrovertible que el exgobernador de Antioquia accedió a aliarse con varios comandantes de las Auc y terminó promocionando y perpetuando su actividad criminal. En palabras del alto tribunal, el exsenador se asoció “con organizaciones paramilitares por varios años” y colocó la función pública al servicio de esos grupos ilegales, contribuyendo “con el creciente estado de violencia” en el departamento y en todo el país.
Para llegar a esta conclusión, la Corte Suprema tuvo en cuenta los testimonios de exjefes paramilitares como alias Ernesto Báez, Don Berna y Alberto Guerrero, quienes señalaron que se reunieron con Ramos en 2005 en la finca la Bellanita, propiedad del condenado empresario Hugo Albeiro Quintero. La Corte señala que, de acuerdo con lo dicho por esos tres testigos, en esa reunión la idea era que los paramilitares, a través de la incidencia de Ramos que era senador en ese momento, pudiera influir en algunas modificaciones a la Ley de Justicia y Paz que se estaba tramitando en el Congreso, “ya que las AUC tenían ambiciones políticas y aspiraban a entrar al Congreso”, señaló el alto tribunal.
La Corte consideró que Ramos “no fue un instrumento utilizado por otras personas para la obtención de los fines que tanto él como las organizaciones paramilitares perseguían, fueron actos planeados que se gestaron a través de las distintas reuniones consolidadas durante varios años a partir de 2001. Pese a no contar con autorización legal del Gobierno Nacional para adelantar acercamientos, diálogos o negociaciones con grupos armados al margen de la ley. Pues las reuniones solo se podían realizar en las zonas de concentración (...) para ese momento los miembros del Congreso solo estaban autorizados para reunirse con las autodefensas en las mesas de negociación de Santa Fe de Ralito”.
El alto tribunal también tuvo en cuenta, por ejemplo, la declaración de José Raúl Mira, exintegrante del bloque Metro de las AUC. Este afirmó que entre 2000 y 2003 Ramos tuvo vínculos con ese grupo paramilitar y los grupos criminales del Valle de Aburrá para que estos operaran sin la oposición de la Fuerza Pública. Como contraprestación, dijo Mira Vélez, estos grupos le conseguían votos y le financiaban la campaña. “Los pactos, sostuvo Mira, fueron sellados en una reunión ocurrida a finales de 2000 en Medellín en el centro comercial Obelisco, en la que participó el integrante del bloque Metro John Jairo Franco, alias J, a quien el testigo acompañó, y un general de apellido Carrillo”, retoma la Corte Suprema en su fallo.
Vea: El laberinto judicial para llegar a la condena de Luis Alfredo Ramos
El punto de vista de Caldas
De los tres magistrados de la Sala de Primera Instancia hubo uno que se opuso a la condena de Ramos. Se trata del magistrado Jorge Emilio Caldas, quien cree que sus compañeros cometieron errores al evaluar las pruebas del extenso expediente. Para él, por ejemplo, hubo testigos que se retractaron en sus señalamientos. El togado dejó constancia de su disentimiento con un salvamento de voto de 107 páginas -la sentencia condenatoria tiene 117-, en el que expuso lo que él mismo llama “una valoración alterna con la que se demuestra la inocencia del procesado (Ramos) por duda probatoria”.
Caldas reprocha que sus compañeros de Sala le hayan dado plena credibilidad a dos testigos que en su momento fueron señalados de mentir: el narcotraficante Juan Carlos el Tuso Sierra y Andrés Vélez. El primero de ellos fue absuelto en 2019 por falso testimonio en el caso Ramos y el segundo es procesado por falso testimonio contra Nancy Patricia Gutiérrez, a la que señaló de tener vínculos con los paramilitares. Sierra dijo en este caso que aportó, entre 1998 y 2002, (nunca dio una fecha exacta) dinero a la campaña de Ramos. Además de la “vaguedad” de la fecha, el magistrado Caldas dice que no se puede tomar por cierto este testimonio, pues el jefe directo de Sierra , Don Berna, dijo en varias declaraciones no recordar ese aporte electoral.
Lea aquí: Las razones del magistrado que pidió absolver a Luis Alfredo Ramos
Por su parte, tras haber sido notificado de la decisión del alto tribunal, el exgobernador Ramos se manifestó en su cuenta de Twitter defendiendo su inocencia, argumentando que el magistrado Ariel Augusto Torres se había declarado impedido en el proceso. Asimismo, Ramos dijo que apelará la decisión tomada en primera instancia para probar su inocencia frente a la Corte. “He sido víctima de falsos testigos”, dijo Ramos en su cuenta de Twitter. A su vez, aseguró que el fallo del alto tribunal en su contra se dio por intereses políticos, que, a su parecer, buscan acabar con su carrera política de más de 40 años. En el corto plazo, Ramos no tendrá que ir a prisión. Esta sentencia de primera instancia es enfática en que podrá seguir en libertad hasta tanto la decisión -que será apelado por su defensa- quede en firme.