Los detalles del fallo que ampara a parejas del mismo sexo a establecer su patrimonio

La Corte Constitucional dejó por sentado que ese trámite para blindar bienes muebles e inmuebles no diferencia entre familias compuestas por parejas heterosexuales o del mismo sexo, pues de hacerlo se estaría hablando de discriminación. Tras la sentencia, ningún funcionario podrá negar que las parejas homosexuales establezcan su patrimonio familiar.

Santiago Díaz Gamboa
22 de agosto de 2024 - 10:00 p. m.
Marcha del Orgullo LGBTIQ+ en la ciudad de Bogotá
Marcha del Orgullo LGBTIQ+ en la ciudad de Bogotá
Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos Zuluaga

El pasado 20 de agosto, la Corte Constitucional tomó una decisión crucial para salvaguardar los derechos de la comunidad LGBTIQ+, más precisamente de las parejas del mismo sexo que buscan conformar una familia y proteger su patrimonio. El alto tribunal acogió los argumentos de una demanda presentada por el abogado Esteban Manco en contra de la ley 495 de 1999, la cual establecía que el patrimonio familiar era un beneficio al cual solo podían acceder familias compuestas por un hombre y una mujer, o un núcleo familiar constituido por una pareja...

Santiago Díaz Gamboa

Por Santiago Díaz Gamboa

Periodista de la sección Judicial, a cargo de los temas sobre procesos penales, corrupción, investigaciones, juicios y decisiones que impactan en la construcción de paz y justicia.@sdiazgamsdiazg@elespectador.com

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S05100621(b7xr9)23 de agosto de 2024 - 04:10 a. m.
Bien por los derechos de las parejas lgbt, eso se llama desarrollo
samuel(77552)22 de agosto de 2024 - 10:57 p. m.
"Tras esa decisión, el alto tribunal le dio un plazo al Congreso para legislar sobre el matrimonio igualitario, pero el Legislativo no hizo la tarea." ...tan raro, la inoperancia del congreso colombiano.
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