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Los juristas detrás de un laudo histórico

Jorge Enrique Ibáñez, Catalina Hoyos y Carlos Mauricio González son los autores de una de las decisiones más importantes en materia de lucha contra la corrupción.

Redacción Judicial
08 de diciembre de 2019 - 03:31 a. m.
Las 699 páginas escritas por estos tres expertos son una lección magistral en derecho privado, de contratación estatal y hasta de ética.
 / Óscar Pérez - El Espectador.
Las 699 páginas escritas por estos tres expertos son una lección magistral en derecho privado, de contratación estatal y hasta de ética. / Óscar Pérez - El Espectador.
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Primero fue la muerte del presidente del tribunal, Jorge Arango Mejía. Después la de un testigo clave, Jorge Enrique Pizano, quien les había dado pistas para entender a qué se estaban enfrentando. Luego vino el accidente en Chile de la fiscal Amparo Cerón, quien también aportó información crucial para el proceso y el percance la ausentó varios meses en el trabajo. En el camino les cambiaron las normas con que debían fundamentar su decisión. Sospechan que les “chuzaron” sus teléfonos y que habrían sido blanco de seguimientos. Y, como si fuera poco, siete de los bancos más importantes del país no les quitaron el ojo de encima ni por un segundo.

Detrás de esta serie de eventos, algunos desafortunados, estuvieron Catalina Hoyos, Carlos Mauricio González y Jorge Enrique Ibáñez, tres juristas con las credenciales más que calificadas para decidir uno de los pleitos arbitrales más importantes no solo en Colombia, sino en Latinoamérica, en el marco del escándalo de Odebrecht. Quienes conocen a profundidad el caso aseguran que no hay una determinación más justa y severa que la que tomaron los abogados para definir la pelea entre el Estado colombiano y la concesionaria Ruta del Sol. Un caso judicial que tomó más de dos años en resolverse y, pese a las presiones del sector bancario, tuvo una conclusión certera: la corrupción en el país no la debe pagar el Estado.

Hoyos, González e Ibáñez lo vieron todo, no solo en materia de derecho, pues tuvieron que aplicar prácticamente todos los artículos sobre arbitraje nacional, sino porque la decisión era del más alto interés para las partes. No era para menos. La concesionaria -compuesta por Odebrecht, Corficolombiana (del Grupo Aval) y CSS Constructores- exigía $3,8 billones al Estado por sobrecostos incurridos durante la construcción de la Ruta del Sol 2. La nación replicó esa demanda y, en febrero de 2017, cuando estalló el escándalo de la multinacional en todo el mundo, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) replanteó el debate y les pidió a los árbitros que declararan nulo el contrato.

Con esa petición, la ANI argumentó que la concesionaria obtuvo el negocio gracias al pago de sobornos que hizo Odebrecht y, por eso mismo, debía anularse. El argumento caló en Hoyos, González e Ibáñez. Revisaron miles de pruebas. Escucharon a todo tipo de testigos en audiencias. Incluso fueron señalados de ser parciales, por haber requerido “pruebas impertinentes” a la concesionaria. No pidieron otra cosa diferente a la contabilidad completa, pues en ninguna parte del proceso supieron en realidad cuáles eran los números de la concesionaria. “La contabilidad está contaminada y el pago de sobornos hechos por Odebrecht fue recobrado”, escribieron los árbitros en el laudo.

En las 699 páginas de la sentencia, los árbitros recopilaron, quizá sin intención de hacerlo, una lección magistral en derecho privado, de contratación estatal y hasta de ética. Sus trayectorias lo hicieron más fácil. Por un lado, Catalina Hoyos tiene vasta experiencia en temas de derecho tributario, de impuestos, tiene estudios en políticas fiscales y administración en universidades como Harvard y Oxford, y es candidata a doctorado en administración, justicia y hacienda de la Universidad de Salamanca (España).

Carlos Mauricio González, además de ser abogado ha sido diplomático y le inyectó al tribunal su experiencia en la Rama Judicial, tras 12 años de carrera como procurador. Este profesor de la Universidad del Rosario tiene una maestría en derecho y una especialización en comercio internacional y banca. Y Jorge Enrique Ibáñez, quien reemplazó a Arango en la presidencia del tribunal, complementó la terna de árbitros, pues su experiencia en otros pleitos similares fue clave para mantener el norte. Se graduó como doctor de la Universidad Alfonso X el Sabio (de España) con los más altos honores, ha publicado 21 libros y es un referente en el mundo del derecho constitucional y en el terreno de la justicia administrativa.

Hoyos, González e Ibáñez reconocen el valor de los jueces que se pronuncian a través de sus sentencias. Alejados del alboroto mediático, los abogados condensaron en el laudo una posición férrea frente al papel de la justicia en casos de corrupción en el país, que no son esporádicos, y lograron un fallo en derecho y en justicia. Dejaron por fuera las presiones, que, además de los altercados en las audiencias, incluyeron las sospechas de tener sus comunicaciones interceptadas, así como la ausencia de avances contundentes en el resto de investigaciones sobre este escándalo.

Emitieron un laudo que dejó en aprietos a quienes exigían los $3,8 billones. Según los propios cálculos de la concesionaria, la deuda que tienen con los bancos es del orden de $1,4 billones. Dejaron claro que el Estado no puede asumir semejante deuda, pues el negocio nunca fue con él. Los contratos siempre llevaron la firma de los socios de la concesionaria y de las entidades financieras. Se mantuvieron firmes en que la decisión no podía ser otra que la de aplicar las leyes, al pie de la letra, con el valor cívico de ser los llamados a resolver la pelea. Y también con la convicción de que, por encima de cualquiera pretensión, al final debía primar la esencia de cualquier proceso de justicia: la verdad.

Por Redacción Judicial

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