Los reparos a la reforma tributaria que ya aceptó estudiar la Corte Constitucional
El alto tribunal ya admitió dos demandas, de 15 que han presentado congresistas, abogados y otros ciudadanos contra la ley, que pretende recaudar $20 billones de pesos. Estos son los argumentos.
La reforma tributaria, sancionada por el presidente Gustavo Petro en diciembre y que pretende recaudar $20 billones, ya enfrenta sus primeros desafíos en la Corte Constitucional. Ya han sido radicadas 15 demandas contra la ley que aprobó, pero a la fecha el alto tribunal solo ha aceptado dos de ellas. La primera pide tumbar la introducción de un aporte de las universidades a los créditos de los estudiantes que financian su educación con Icetex. La segunda pide que se elimine un artículo que establece sobre qué base deben declarar renta las empresas que explotan recursos naturales.
(Lea también: Reforma tributaria: presidente Gustavo Petro sanciona ley para el recaudo)
La contribución de las universidades a las deudas del Icetex
En el despacho de la magistrada Natalia Ángel se encuentra ya la demanda que interpusieron el abogado Enán Enrique Arrieta Burgos y otros abogados que pide tumbar el artículo 95 de la reforma tributaria. Allí se creó una contribución de las universidades para apoyar a los estudiantes que financian sus carreras con el Icetex y que no reciben beneficios de tasa del Gobierno. En la ley quedó que, cuando esa entidad les gire a las instituciones de educación el monto de la matrícula de un estudiante, descontará un porcentaje: la diferencia entre la tasa de interés del crédito y el índice de precios al consumidor de ese año.
El Gobierno justició en su momento la norma con el argumento de que las universidades debían coadyuvar en la financiación del acceso a la educación. Sin embargo, para los demandantes, hubo al menos cuatro errores en el trámite de este artículo de la reforma tributaria. Primero, que no estaba incluido en el texto que aprobaron las comisiones económicas del Congreso, sino que se agregó, posteriormente, en las plenarias. Segundo, que esta contribución económica no tiene una relación con la ley. Tercero, que fue aprobada sin que se deliberara. Y, por último, que este aporte de las universidades podría crearse en una norma distinta a la reforma tributaria.
(Lea también: Corte Constitucional ordena crear un grupo de seguimiento a la niñez wayuu)
Además, aseguran que allí mismo debieron definirse otra serie de detalles de esa contribución, pero que la tributaria le dejó esa responsabilidad a la junta directiva del Icetex, órgano independiente del Gobierno aunque esté presidido por el ministro de Educación. Al recibir la demanda, la Corte Constitucional concluyó que “es clara y cierta porque se pueden identificar dos cargos articulados por un hilo argumentativo”. Así las cosas, el despacho de la magistrada Ángel admitió para estudio este caso, pidió como pruebas las gacetas del Congreso de las sesiones en las que se discutió la tributaria, y le ordenó al Ministerio de Hacienda, al Icetex y a otras entidades sentar una posición frente a lo que dicen los demandantes.
La base de renta de las empresas que pagan regalías
La segunda demanda admitida hasta ahora está en el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez y pide tumbar un artículo de la ley, que define la base sobre la que deben declarar renta las empresas que explotan recursos naturales no renovables. Este tipo de compañías tienen que transferirle al Estado un porcentaje de sus ganancias, llamado regalías. Pero en su artículo 19, la reforma tributaria asegura que esas regalías no constituyen ni un deducible del impuesto a la renta, ni un costo o gasto. Es decir, si una empresa hace $100 millones en un año y paga $20 millones en regalías, su renta se debe calcular sobre los $100 millones, no sobre $80.
(Lea también: Ciro Guerra pierde tutela ante medio “Volcánicas”)
El representante a la Cámara Carlos Edward Osorio, del Centro Democrático, demandó la norma porque considera que “nada tiene de justo ni de equilibrado, imponer un gravamen sobre la renta a partir de una contraprestación económica que se transfiere al Estado a título de regalía, y que no lucra o beneficia a quien la paga”. Según su escrito, esta carga se les impone únicamente a quienes explotan recursos naturales no renovables, lo que a su juicio violaría el principio de equidad tributaria. “En contraste, los demás contribuyentes que desarrollan otras actividades económicas sí pueden deducir los impuestos en los que incurren por ejecutar su actividad productora de renta”, dice la demanda.
El magistrado Ibáñez aceptó revisar la demanda por una presunta violación al principio de equidad tributaria, pero concluyó que otros argumentos del congresista Osorio eran insuficientes, así que le pidió que corrigiera su escrito. Si no lo hace, la Corte Constitucional puede entrar a estudiar de fondo únicamente el argumento que ya admitió. Entretanto, en los despachos de los demás magistrados se estudian otras 11 demandas contra distintas partes de la tributaria. Solo una de ellas, radicada el 30 de enero de 2023, pide tumbar la totalidad de la ley y aún no ha sido asignada a un magistrado. Falta ver cómo le va en el examen constitucional a la que, hasta hace poco, había sido una de las primeras victorias del gobierno Petro.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La reforma tributaria, sancionada por el presidente Gustavo Petro en diciembre y que pretende recaudar $20 billones, ya enfrenta sus primeros desafíos en la Corte Constitucional. Ya han sido radicadas 15 demandas contra la ley que aprobó, pero a la fecha el alto tribunal solo ha aceptado dos de ellas. La primera pide tumbar la introducción de un aporte de las universidades a los créditos de los estudiantes que financian su educación con Icetex. La segunda pide que se elimine un artículo que establece sobre qué base deben declarar renta las empresas que explotan recursos naturales.
(Lea también: Reforma tributaria: presidente Gustavo Petro sanciona ley para el recaudo)
La contribución de las universidades a las deudas del Icetex
En el despacho de la magistrada Natalia Ángel se encuentra ya la demanda que interpusieron el abogado Enán Enrique Arrieta Burgos y otros abogados que pide tumbar el artículo 95 de la reforma tributaria. Allí se creó una contribución de las universidades para apoyar a los estudiantes que financian sus carreras con el Icetex y que no reciben beneficios de tasa del Gobierno. En la ley quedó que, cuando esa entidad les gire a las instituciones de educación el monto de la matrícula de un estudiante, descontará un porcentaje: la diferencia entre la tasa de interés del crédito y el índice de precios al consumidor de ese año.
El Gobierno justició en su momento la norma con el argumento de que las universidades debían coadyuvar en la financiación del acceso a la educación. Sin embargo, para los demandantes, hubo al menos cuatro errores en el trámite de este artículo de la reforma tributaria. Primero, que no estaba incluido en el texto que aprobaron las comisiones económicas del Congreso, sino que se agregó, posteriormente, en las plenarias. Segundo, que esta contribución económica no tiene una relación con la ley. Tercero, que fue aprobada sin que se deliberara. Y, por último, que este aporte de las universidades podría crearse en una norma distinta a la reforma tributaria.
(Lea también: Corte Constitucional ordena crear un grupo de seguimiento a la niñez wayuu)
Además, aseguran que allí mismo debieron definirse otra serie de detalles de esa contribución, pero que la tributaria le dejó esa responsabilidad a la junta directiva del Icetex, órgano independiente del Gobierno aunque esté presidido por el ministro de Educación. Al recibir la demanda, la Corte Constitucional concluyó que “es clara y cierta porque se pueden identificar dos cargos articulados por un hilo argumentativo”. Así las cosas, el despacho de la magistrada Ángel admitió para estudio este caso, pidió como pruebas las gacetas del Congreso de las sesiones en las que se discutió la tributaria, y le ordenó al Ministerio de Hacienda, al Icetex y a otras entidades sentar una posición frente a lo que dicen los demandantes.
La base de renta de las empresas que pagan regalías
La segunda demanda admitida hasta ahora está en el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez y pide tumbar un artículo de la ley, que define la base sobre la que deben declarar renta las empresas que explotan recursos naturales no renovables. Este tipo de compañías tienen que transferirle al Estado un porcentaje de sus ganancias, llamado regalías. Pero en su artículo 19, la reforma tributaria asegura que esas regalías no constituyen ni un deducible del impuesto a la renta, ni un costo o gasto. Es decir, si una empresa hace $100 millones en un año y paga $20 millones en regalías, su renta se debe calcular sobre los $100 millones, no sobre $80.
(Lea también: Ciro Guerra pierde tutela ante medio “Volcánicas”)
El representante a la Cámara Carlos Edward Osorio, del Centro Democrático, demandó la norma porque considera que “nada tiene de justo ni de equilibrado, imponer un gravamen sobre la renta a partir de una contraprestación económica que se transfiere al Estado a título de regalía, y que no lucra o beneficia a quien la paga”. Según su escrito, esta carga se les impone únicamente a quienes explotan recursos naturales no renovables, lo que a su juicio violaría el principio de equidad tributaria. “En contraste, los demás contribuyentes que desarrollan otras actividades económicas sí pueden deducir los impuestos en los que incurren por ejecutar su actividad productora de renta”, dice la demanda.
El magistrado Ibáñez aceptó revisar la demanda por una presunta violación al principio de equidad tributaria, pero concluyó que otros argumentos del congresista Osorio eran insuficientes, así que le pidió que corrigiera su escrito. Si no lo hace, la Corte Constitucional puede entrar a estudiar de fondo únicamente el argumento que ya admitió. Entretanto, en los despachos de los demás magistrados se estudian otras 11 demandas contra distintas partes de la tributaria. Solo una de ellas, radicada el 30 de enero de 2023, pide tumbar la totalidad de la ley y aún no ha sido asignada a un magistrado. Falta ver cómo le va en el examen constitucional a la que, hasta hace poco, había sido una de las primeras victorias del gobierno Petro.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.