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La figura de “gestor de paz”, del gobierno de Gustavo Petro, no podrá ser utilizada por presuntos narcotraficantes para salvarse de la extradición. Así lo determinó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, luego de aprobar el traslado a Estados Unidos de Harold Antonio Ayala, a quien solicitan en el extranjero por delitos de concierto para delinquir y lavado de activos.
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Ayala fue capturado el año pasado y enfrenta cargos ante la Corte Distrital de Massachusetts por lavado de activos. Al parecer, como jefe de una banda criminal, colaboradora de los Rastrojos Costeños, habría efectuado diversas trasferencias al extranjero con el objetivo de blanquear dineros del narcotráfico. La justicia estadounidense ya tendría plenamente identificado su accionar ilegal, por lo cual lo solicitó para que enfrente el juicio preso en Norteamérica.
La Corte Suprema de Justicia conoció el caso de Ayala y debía darle el visto bueno o malo a la solicitud estadounidense. Justo cuando estaba recolectando pruebas, un tercero presentó en nombre de Ayala un documento en el cual Los Rastrojos Costeños aseguraron someterse a la “paz total” de Petro. En nombre de Ayala se presentó dicha información, como prueba para sostener su presencia en Colombia.
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La defensa de Ayala, según el expediente, “añadió que su cliente es ‘Presidente y Vocal Principal de la Fundación Mejores Días para Colombia’; organización que ha gestionado el sometimiento de la organización previamente citada, con el propósito de generar condiciones de paz en la zona de operaciones de aquel grupo, ubicada en la Costa Caribe colombiana”, explicó la Corte Suprema.
No obstante, la Corte fue contundente en su respuesta, pues “no permitirá que aquello sea utilizado como estrategia para evadir una extradición, máxime cuando, en cualquier caso, aquello no impide, legalmente, acceder a la misma”. Todo un aviso para los investigados en proceso de extradición, pues la Corte Suprema es uno de los filtros más importantes entre la justicia nacional y la justicia estadounidense, según el tratado de extradición vigente.
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En la misma decisión, la Corte Suprema le respondió a Ayala que podría haber frenado su extradición si estaba dentro de los listados entregados por las Farc al Gobierno, durante el proceso de paz que dio vida a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la desmovilización de ese grupo guerrillero. Ni la JEP, ni el Alto Comisionado, tienen información de que Ayala hubiese sido guerrillero de las Farc.
Entre otras cosas, la alta corte determinó que los delitos por los cuales Ayala es investigado son equivalentes a los delitos de concierto para delinquir y lavado de activos, por lo cual avaló su extradición a Estados Unidos. Allá enfrentará cargos por presuntamente haber intentado blanquear hasta 330.000 dólares, en mayo de 2020. Massachusetts determinará si es culpable o inocente.
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