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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP durante los próximos días citará a una audiencia única de aporte a la verdad al exjefe paramilitar Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias Macaco, como tercero civil financiador del conflicto armado. En la resolución, la justicia transicional menciona que se le otorgó 10 días hábiles de plazo a Jiménez para manifestar su intención de comparecer a esta audiencia en la que tiene la única oportunidad de aportar verdad sobre temas relacionados con el conflicto armado que se presentó por cuenta de las AUC entre 1990 y 1996.
En este caso, la JEP fue clara en mencionar que el exjefe paramilitar deberá especificar cómo se realizó la financiación para integrar el grupo paramilitar, ¿en qué montos? si se trató de dinero ¿cómo lo entregó? o si por el contrario se trató de otro tipo de financiación o fortalecimiento del grupo ilegal. Incluso, deberá explicar en qué consistió, de qué manera lo hizo, dónde y con quiénes se contactó y demás circunstancias que permitan corroborar la veracidad de sus afirmaciones sobre la financiación de la estructura.
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Igualmente, la Sala aclaró que Jiménez deberá explicar si mientras fue paramilitar estuvo incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública y, de ser así, deberá entregar detalles de cómo actuó para servir de contacto entre el aparato oficial y los paramilitares no solo en lo operacional sino en lo que tiene que ver con información, entrega de armas y dotación, apoyo logístico y sobre todo la responsabilidad por los patrones macrocriminales perpetrados en conjunto con la fuerza pública.
En la resolución, la Sala también advirtió al exjefe paramilitar que la aceptación de su sometimiento en la JEP está condicionada a los aportes a la verdad plena que realice, los cuales deberán ser verificables y deben superar lo que h mencionado en la justicia ordinaria. Del mismo modo, estipuló que sus propuestas de reparación y garantías de no repetición deben ser de calidad para las víctimas y en caso de no presentarse a la audiencia e incumplir con los aportes, Jiménez no será aceptado como tercero civil en la jurisdicción.
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En marzo de 2020, la Sala había rechazó la solicitud de sometimiento del exjefe paramilitar por falta de competencia personal. Para esa época no estaba definido que los exmimebros de las AUC pudieran hacer parte de la JEP. Además, porque los delitos por los que es acusado se extendieron hasta septiembre de 2007, según la sentencia del 9 de mayo de 2011, dictada por el Tribunal del Distrito Sur de los Estados Unidos-Distrito Sur de la Florida-División Miami.
Ahora, con base en decisiones de la Sección de Apelación, la JEP abrió la posibilidad de que ciertos procesados por relaciones con los grupos paramilitares puedan someterse a la jurisdicción, siempre y cuando demuestren que estuvieron incorporados funcional y materialmente a la fuerza pública y aporten verdades que superen el umbral de lo conocido en la justicia ordinaria.
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Precisamente, en una decisión reciente de la JEP se citó al también excomandante paramilitar Salvatore Mancuso Gómez a presentarse de manera virtual a la audiencia única de aporte de verdad que se llevará a cabo en Montería, Córdoba, los días 10, 11, 15 y 16 de mayo. Esta diligencia, así como la de Macaco será definitiva para determinar si se acepta o no el sometimiento de Mancuso a la JEP en calidad de sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública.
Mancuso, quien permanece recluido en el Centro de Detención de Migrantes ICE-Stewart Detention Center en el estado de Georgia, Estados Unidos, deberá conectarse virtualmente a la audiencia ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP y ante representantes de víctimas de Córdoba, que asistirán a la diligencia en Montería en calidad de escuchas. De ese modo, se espera que el exjefe paramilitar también haga aportes “efectivos y suficientes a la verdad plena”, que superen lo ya se ha conocido por la justicia ordinaria y por Justicia y Paz. En este caso, todo lo que niegue o afirme Mancuso durante la diligencia será contrastado por los magistrados de la Sala y con base en ello determinarán si es aceptado en la JEP para acceder a los beneficios de la justicia transicional.
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