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El Ministerio de Educación tendrá que formular nuevos lineamientos que faciliten a la población migrante acceder a la educación. En específico, el alto tribunal señala que su decisión es para proteger a los menores de edad y en proceso de regularización migratoria, para garantizar que accedan a programas de educación superior y a modalidades de educación técnica y tecnológica en Colombia.
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Para su decisión, la Corte estudió una tutela presentada por una madre venezolana en favor de su hija, a quien, según el documento, se le negó el grado de bachiller, por no contar con el Permiso de Protección Temporal (PPT) que otorga Migración Colombia y que es requisito en la institución académica.
La tutela de la mujer migrante cuestionó a Migración Colombia y a la institución educativa, al considerar que a su hija se le vulneraron los derechos al debido proceso y a la educación. La madre pedía en su tutela que se le ordenara a Migración Colombia expedir y entregar el PPT de su hija y al colegio expedir el diploma y acta de grado.
La decisión tuvo ponencia del magistrado Alejandro Linares y se consideró que Migración Colombia, a pesar de que en algunas oportunidades aseguró que el PPT de la menor había sido aprobado, realmente nunca se le otorgó la cita para entregárselo, ni acompañó a la familia en el trámite.
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Según la Corte, Migración Colombia entregaba respuestas contradictorias en lo relacionado con la entrega del PPT de la menor. También dijo que la tardanza en la entrega del documento impidió el acceso al acta de grado y al diploma de bachiller, conduciendo a la violación de su derecho a la educación.
El alto tribunal señala que la situación también afectó el derecho a la igualdad de la menor, porque no le permiten avanzar en el sistema educativo y “perpetúa una distinción de trato sustentada únicamente en la condición migratoria de la persona”, señala la Corte.
Para la Corte, “la falta de un documento de identificación válido en Colombia puede impedir que los migrantes venezolanos accedan al grado de bachiller y continúen su proceso de formación en el sistema educativo”. Para evitar que casos así se repitan, el alto tribunal le pide al Ministerio de Educación que formule “los lineamientos orientados a facilitar que esta población acceda a los programas de educación superior y a las modalidades de la educación técnica y tecnológica”.
En el caso de la menor venezolana, la Corte le ordenó a Migración Colombia que programe la cita presencial con la joven con el fin de entregarle el Permiso por Protección Temporal (PPT).
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