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                                                                                                                                MinEducación debe crear lineamientos para educación de migrantes: Corte Constitucional

                                                                                                                                El alto tribunal consideró que el Permiso de Protección Temporal (PPT) no puede seguir siendo un requisito que impida el acceso a la educación de migrantes.

                                                                                                                                El alto tribunal consideró que el Permiso de Protección Temporal (PPT) no puede seguir siendo un requisito que impida el acceso a la educación de migrantes.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Podría interesarle: Fiscal Angélica Monsalve denuncia a congresista Cathy Juvinao ante la Corte Suprema

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                La decisión tuvo ponencia del magistrado Alejandro Linares y se consideró que Migración Colombia, a pesar de que en algunas oportunidades aseguró que el PPT de la menor había sido aprobado, realmente nunca se le otorgó la cita para entregárselo, ni acompañó a la familia en el trámite.

                                                                                                                                Le recomendamos: Corte Constitucional tiene tambaleando la emergencia económica de Petro en La Guajira

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                                                                                                                                El alto tribunal señala que la situación también afectó el derecho a la igualdad de la menor, porque no le permiten avanzar en el sistema educativo y “perpetúa una distinción de trato sustentada únicamente en la condición migratoria de la persona”, señala la Corte.

                                                                                                                                Para la Corte, “la falta de un documento de identificación válido en Colombia puede impedir que los migrantes venezolanos accedan al grado de bachiller y continúen su proceso de formación en el sistema educativo”. Para evitar que casos así se repitan, el alto tribunal le pide al Ministerio de Educación que formule “los lineamientos orientados a facilitar que esta población acceda a los programas de educación superior y a las modalidades de la educación técnica y tecnológica”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                El alto tribunal consideró que el Permiso de Protección Temporal (PPT) no puede seguir siendo un requisito que impida el acceso a la educación de migrantes.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Podría interesarle: Fiscal Angélica Monsalve denuncia a congresista Cathy Juvinao ante la Corte Suprema

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                                                                                                                                La decisión tuvo ponencia del magistrado Alejandro Linares y se consideró que Migración Colombia, a pesar de que en algunas oportunidades aseguró que el PPT de la menor había sido aprobado, realmente nunca se le otorgó la cita para entregárselo, ni acompañó a la familia en el trámite.

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                                                                                                                                El alto tribunal señala que la situación también afectó el derecho a la igualdad de la menor, porque no le permiten avanzar en el sistema educativo y “perpetúa una distinción de trato sustentada únicamente en la condición migratoria de la persona”, señala la Corte.

                                                                                                                                Para la Corte, “la falta de un documento de identificación válido en Colombia puede impedir que los migrantes venezolanos accedan al grado de bachiller y continúen su proceso de formación en el sistema educativo”. Para evitar que casos así se repitan, el alto tribunal le pide al Ministerio de Educación que formule “los lineamientos orientados a facilitar que esta población acceda a los programas de educación superior y a las modalidades de la educación técnica y tecnológica”.

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                                                                                                                                Temas recomendados:

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