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                                                                                                                                Minjusticia pide a Corte Constitucional que padres elijan orden del apellido de sus hijos

                                                                                                                                El alto tribunal estudia una demanda en contra de las normas que establecen que en el registro de los recién nacidos va primero el apellido del padre. Defensoría se sumó a la petición. Procuraduría y Mininterior piden dejar las cosas como están.

                                                                                                                                Redacción Judicial

                                                                                                                                Para la Defensoría del Pueblo la ley actual es un “reflejo de una cultura que ha reconocido históricamente a la población masculina como superior". / Pixabay
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La demanda de Juan Pablo Pantoja le pide a la Corte además que defina el procedimiento a seguir por parte de los funcionarios en caso de que los padres no lleguen a un acuerdo sobre el orden. “¿Se puede garantizar la igualdad con las mujeres con una norma que obligue a la pareja a optar por ciertos apellidos y limitar su fueron de decisión sobre el nombre del hijo? El apellido, como componente esencial de un atributo de la personalidad, es símbolo de identificación, no señalamiento incorregible del origen genético del individuo", dice la demanda.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Esta situación genera un tratamiento en desfavor de la mujer en razón de su sexo, son que medie un fundamento que cuente con el debido soporte constitucional. La estipulación legal crea una discriminación directa para la mujer por su condición, lo cual se entiende como un rezago de las configuraciones civiles determinadas por la prevalencia del hombre en defecto de la mujer, basadas en un contexto anacrónico para el momento actual de las relaciones sociales y del avance en el reconocimiento de los derechos de las personas”, señala el concepto.

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                                                                                                                                En concepto enviado el 22 de abril a la Corte, firmado por Armando Delgado Mendoza, jefe (e) de la Oficina Jurídica del Ministerio, asegura que no se está vulnerando la Constitución.  “La secuencia de los apellidos no entraña en la hora actual ningún tipo de jerarquía o privilegio de uno de los padres respecto del otro, y bien hubiera podido el legislador establecer el orden inverso, sin que ninguna de las posibilidades implique quebrantamiento de los derechos incoados por el demandante”, señaló.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Resulta necesario seguir avanzando en esta dirección, en la que la posibilidad de que las parejas elijan por consenso la manera en que serán registrados los apellidos de sus hijos e hijas se constituye en la única alternativa respetuosa de los derechos de quiénes conforman las familias y en especial de las mujeres, históricamente marginadas”, agregó la Defensoría. El caso está en manos del magistrado Alberto Rojas Ríos.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La demanda de Juan Pablo Pantoja le pide a la Corte además que defina el procedimiento a seguir por parte de los funcionarios en caso de que los padres no lleguen a un acuerdo sobre el orden. “¿Se puede garantizar la igualdad con las mujeres con una norma que obligue a la pareja a optar por ciertos apellidos y limitar su fueron de decisión sobre el nombre del hijo? El apellido, como componente esencial de un atributo de la personalidad, es símbolo de identificación, no señalamiento incorregible del origen genético del individuo", dice la demanda.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Esta situación genera un tratamiento en desfavor de la mujer en razón de su sexo, son que medie un fundamento que cuente con el debido soporte constitucional. La estipulación legal crea una discriminación directa para la mujer por su condición, lo cual se entiende como un rezago de las configuraciones civiles determinadas por la prevalencia del hombre en defecto de la mujer, basadas en un contexto anacrónico para el momento actual de las relaciones sociales y del avance en el reconocimiento de los derechos de las personas”, señala el concepto.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En concepto enviado el 22 de abril a la Corte, firmado por Armando Delgado Mendoza, jefe (e) de la Oficina Jurídica del Ministerio, asegura que no se está vulnerando la Constitución.  “La secuencia de los apellidos no entraña en la hora actual ningún tipo de jerarquía o privilegio de uno de los padres respecto del otro, y bien hubiera podido el legislador establecer el orden inverso, sin que ninguna de las posibilidades implique quebrantamiento de los derechos incoados por el demandante”, señaló.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Resulta necesario seguir avanzando en esta dirección, en la que la posibilidad de que las parejas elijan por consenso la manera en que serán registrados los apellidos de sus hijos e hijas se constituye en la única alternativa respetuosa de los derechos de quiénes conforman las familias y en especial de las mujeres, históricamente marginadas”, agregó la Defensoría. El caso está en manos del magistrado Alberto Rojas Ríos.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Temas recomendados:

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