Muerte de 'Guacho', “obstáculo” para investigar caso de periodistas ecuatorianos: CIDH
En el informe de seguimiento al caso del secuestro y asesinato del equipo del periódico ecuatoriano El Comercio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuestiona el manejo que le dieron Colombia y Ecuador a la crisis.
Redacción Judicial
El pasado 12 de diciembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó un informe realizado por el Equipo de Seguimiento Especial sobre el secuestro y posterior asesinato del equipo periodístico del diario El Comercio. En el documento de 103 páginas, y que conoció este diario, se dan cuenta de los pormenores, tanto del contexto de violencia en el que se dio la retención ilegal de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, en marzo del 2018, como de las investigaciones que han venido adelantando, por separado, las autoridades de Ecuador y Colombia.
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Entre las cosas que cuestiona la CIDH al manejo que le dieron ambos países a la crisis que terminó con el asesinato del equipo periodístico y a las posteriores pesquisas para esclarecer el crimen, está, por un lado, que las naciones no se están hablando y, por otro, que se le está negando a las familias de las víctimas el acceso a la verdad. Por ende, la instancia internacional recomendó crear una comisión especial entre Ecuador y Colombia, para que, “mediante un ejercicio independiente y un procedimiento expedito, garantice a los familiares de manera coordinada el acceso a la información en poder de las diferentes agencias”.
Asimismo, el equipo de seguimiento evaluó el minuto a minuto del secuestro, las líneas de investigación que han emprendido las fiscalías de ambas naciones y las acciones que se han tomado contra el crimen organizado, en específico contra le Frente Óliver Sinisterra de las disidencias de las Farc. Bajo este análisis fue que la CIDH concluyó que haber matado a Guacho, comandante del frente, puede haber entorpecido y ralentizado la investigación.
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“La baja a ‘alias Guacho’, en desarrollo de la operación militar llevada a cabo una vez fue ubicado, constituye un obstáculo para la investigación completa de los hechos”, dice el documento. Según explica la CIDH, si bien las autoridades colombianas aseguran que Guacho murió en un operativo regido por el Derecho Internacional Humanitario (DIH), a esa normativa internacional la “rige el principio de uso progresivo y racional de la fuerza por parte de los Estados” y, también para garantizar los derechos a verdad y justicia de las víctimas, se debió “privilegiar la captura”.
Y es que para la Comisión no guarda sentido que, si los operativos están amparados por el DIH, la Fiscalía judicialice a los responsables por delitos comunes. Si el Oliver Sinisterra se va a combatir como a las Farc, “los asesinatos que cometió deben recibir la categoría de ‘homicidios en persona protegida’ y los secuestros la de ‘toma de rehenes’, que contempla la legislación nacional dentro del capítulo respectivo de personas y bienes protegidos por el DIH. Sin embargo, las acusaciones se han presentado por homicidio agravado -respecto de Jesús Vargas Cuajivuy- y por secuestro extorsivo agravado, lo que denota una posible discordancia entre la respuesta estatal de las fuerzas armadas y de la Fiscalía”.
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Por otro lado, la CIDH encontró evidencias de que, al parecer, se realizaron operaciones militares en la zona en la que Guacho mantenía cautivos a los comunicadores, a pesar de la crisis. No obstante, también encontró que para la Fiscalía colombiana, definir si hubo o no estos operativos no ha sido una prioridad.
Así las cosas, concluyó que, “median suficientes motivos para que se investigue si existieron las operaciones militares mencionadas en documentos del Ministerio de Defensa, en investigaciones periodísticas, en una página web de noticias militares y en el testimonio del líder comunal de Puerto Rico, Tumaco” y, recomendó que, “en caso de establecer que sí se realizaron (operativos) durante el secuestro en la zona en que previsiblemente se hallaban cautivos, se determinen sus consecuencias frente a los deberes de garante que pesaban sobre las autoridades militares y de policía del lugar”.
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Tras estudiar todo el despliegue operacional e investigativo, el informe concluye: “A casi un año del secuestro y asesinato de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, muchas preguntas siguen gravitando en torno al manejo del secuestro por parte de los estados de Ecuador y Colombia, entre ellas la de cuál fue la estrategia que se trazó para afrontar el secuestro; qué papel cumplió el comité de crisis en Ecuador; quién tomaba las decisiones estratégicas, quién verificaba que se estuvieran llevando a cabo esas tareas y cuándo se decidió la ruta a seguir, que habría consistido en negociar un canje con los secuestradores”.
Por último, el informe agrega que los estados deben garantizarles a los familiares de Ortega, Rivas y Segarra toda la información sobre el caso. Por un lado, por que el caso tiene que ver con una vulneración de los derechos humanos y, en estos casos, “las autoridades estatales no pueden ampararse legítimamente en mecanismos como el secreto de Estado o la confidencialidad de la información, o en razones de interés público o seguridad nacional, para dejar de aportar la información requerida”. Pero, por otro lado, porque “toda vez que la columna vertebral del Óliver Sinisterra parece haber sido desarticulada” se debería desclasificar toda la información existente sobre el grupo para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas.
El pasado 12 de diciembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó un informe realizado por el Equipo de Seguimiento Especial sobre el secuestro y posterior asesinato del equipo periodístico del diario El Comercio. En el documento de 103 páginas, y que conoció este diario, se dan cuenta de los pormenores, tanto del contexto de violencia en el que se dio la retención ilegal de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, en marzo del 2018, como de las investigaciones que han venido adelantando, por separado, las autoridades de Ecuador y Colombia.
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Asimismo, el equipo de seguimiento evaluó el minuto a minuto del secuestro, las líneas de investigación que han emprendido las fiscalías de ambas naciones y las acciones que se han tomado contra el crimen organizado, en específico contra le Frente Óliver Sinisterra de las disidencias de las Farc. Bajo este análisis fue que la CIDH concluyó que haber matado a Guacho, comandante del frente, puede haber entorpecido y ralentizado la investigación.
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“La baja a ‘alias Guacho’, en desarrollo de la operación militar llevada a cabo una vez fue ubicado, constituye un obstáculo para la investigación completa de los hechos”, dice el documento. Según explica la CIDH, si bien las autoridades colombianas aseguran que Guacho murió en un operativo regido por el Derecho Internacional Humanitario (DIH), a esa normativa internacional la “rige el principio de uso progresivo y racional de la fuerza por parte de los Estados” y, también para garantizar los derechos a verdad y justicia de las víctimas, se debió “privilegiar la captura”.
Y es que para la Comisión no guarda sentido que, si los operativos están amparados por el DIH, la Fiscalía judicialice a los responsables por delitos comunes. Si el Oliver Sinisterra se va a combatir como a las Farc, “los asesinatos que cometió deben recibir la categoría de ‘homicidios en persona protegida’ y los secuestros la de ‘toma de rehenes’, que contempla la legislación nacional dentro del capítulo respectivo de personas y bienes protegidos por el DIH. Sin embargo, las acusaciones se han presentado por homicidio agravado -respecto de Jesús Vargas Cuajivuy- y por secuestro extorsivo agravado, lo que denota una posible discordancia entre la respuesta estatal de las fuerzas armadas y de la Fiscalía”.
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Así las cosas, concluyó que, “median suficientes motivos para que se investigue si existieron las operaciones militares mencionadas en documentos del Ministerio de Defensa, en investigaciones periodísticas, en una página web de noticias militares y en el testimonio del líder comunal de Puerto Rico, Tumaco” y, recomendó que, “en caso de establecer que sí se realizaron (operativos) durante el secuestro en la zona en que previsiblemente se hallaban cautivos, se determinen sus consecuencias frente a los deberes de garante que pesaban sobre las autoridades militares y de policía del lugar”.
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Tras estudiar todo el despliegue operacional e investigativo, el informe concluye: “A casi un año del secuestro y asesinato de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, muchas preguntas siguen gravitando en torno al manejo del secuestro por parte de los estados de Ecuador y Colombia, entre ellas la de cuál fue la estrategia que se trazó para afrontar el secuestro; qué papel cumplió el comité de crisis en Ecuador; quién tomaba las decisiones estratégicas, quién verificaba que se estuvieran llevando a cabo esas tareas y cuándo se decidió la ruta a seguir, que habría consistido en negociar un canje con los secuestradores”.
Por último, el informe agrega que los estados deben garantizarles a los familiares de Ortega, Rivas y Segarra toda la información sobre el caso. Por un lado, por que el caso tiene que ver con una vulneración de los derechos humanos y, en estos casos, “las autoridades estatales no pueden ampararse legítimamente en mecanismos como el secreto de Estado o la confidencialidad de la información, o en razones de interés público o seguridad nacional, para dejar de aportar la información requerida”. Pero, por otro lado, porque “toda vez que la columna vertebral del Óliver Sinisterra parece haber sido desarticulada” se debería desclasificar toda la información existente sobre el grupo para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas.