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                                                                                                                                Nación no debe reparar transportadora de petróleo que fue atacada por extintas Farc

                                                                                                                                Los hechos ocurrieron en diciembre de 2014 tras un ataque perpetrado por las extintas Farc. El Consejo de Estado analizó un recurso que solicitaba declarar a la Nación responsable de los gastos en los que habría incurrido la empresa para limpiar un derrame de crudo que se produjo en la Amazonía.

                                                                                                                                La decisión es del Consejo de Estado.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Lea aquí: Consejo de Estado condena a la Nación por desplazamiento forzado en La Granja

                                                                                                                                La entidad sostuvo en su recurso que la entonces guerrilla interceptó uno de sus vehículos en Puerto Asís (Putumayo), cuando transportaba una carga de petróleo. Resaltó que el crudo fue vertido sobre la vía y el carrotanque fue incinerado. Ocurridos los hechos, Invertrac consideró necesario limpiar el lugar para mitigar el impacto que sufrió el medio ambiente a causa del derramamiento.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Lea aquí: ¿Por qué la Nación no debe reparar muerte de hombre provocada por dos policías?

                                                                                                                                Con el recurso, la entidad buscaba que se le pagaran casi $480 millones para resarcir, entre otras cosas, los costos en los que incurrió para limpiar el lugar del atentado. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones. Sostuvo que, si bien está probado que las extintas Farc atentaron contra un tractocamión del cual la demandante era arrendataria, en la fecha y lugar señalados, en la demanda, no se probó que hubiera estado trasportando crudo, ni que hubiera sido vertido sobre una fuente hídrica.

                                                                                                                                Así las cosas, para el tribunal la empresa no demostró los gastos en los que dijo haber incurrido para evitar el daño ambiental. Sin embargo, alegando que sí probó que transportaba crudo y que se produjo una contaminación a causa del atentado, la empresa apeló el fallo con la intención de que el Consejo de Estado ordenara repararla. No consiguió la pretensión.

                                                                                                                                Lea también: La justicia de la nación wayuu para los migrantes venezolanos

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                Lea: Los ganaderos despojadores en el Urabá que le volverán a dar la cara a la justicia transicional

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                La decisión es del Consejo de Estado.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Lea aquí: Consejo de Estado condena a la Nación por desplazamiento forzado en La Granja

                                                                                                                                La entidad sostuvo en su recurso que la entonces guerrilla interceptó uno de sus vehículos en Puerto Asís (Putumayo), cuando transportaba una carga de petróleo. Resaltó que el crudo fue vertido sobre la vía y el carrotanque fue incinerado. Ocurridos los hechos, Invertrac consideró necesario limpiar el lugar para mitigar el impacto que sufrió el medio ambiente a causa del derramamiento.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Lea aquí: ¿Por qué la Nación no debe reparar muerte de hombre provocada por dos policías?

                                                                                                                                Con el recurso, la entidad buscaba que se le pagaran casi $480 millones para resarcir, entre otras cosas, los costos en los que incurrió para limpiar el lugar del atentado. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones. Sostuvo que, si bien está probado que las extintas Farc atentaron contra un tractocamión del cual la demandante era arrendataria, en la fecha y lugar señalados, en la demanda, no se probó que hubiera estado trasportando crudo, ni que hubiera sido vertido sobre una fuente hídrica.

                                                                                                                                Así las cosas, para el tribunal la empresa no demostró los gastos en los que dijo haber incurrido para evitar el daño ambiental. Sin embargo, alegando que sí probó que transportaba crudo y que se produjo una contaminación a causa del atentado, la empresa apeló el fallo con la intención de que el Consejo de Estado ordenara repararla. No consiguió la pretensión.

                                                                                                                                Lea también: La justicia de la nación wayuu para los migrantes venezolanos

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                Lea: Los ganaderos despojadores en el Urabá que le volverán a dar la cara a la justicia transicional

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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