Aborto: Los nuevos “rounds” de Natalia Bernal contra la Corte Constitucional
La abogada Bernal ha sido una histórica opositora al aborto ante la Corte Constitucional. La Corte Suprema aceptó estudiar una tutela en la cual asegura que los magistrados que decidieron sobre el aborto han maltratado su buen nombre. “Les ruego por favor me brinden su ayuda”, escribió.
Acaba de iniciar una nueva temporada de las tensiones entre la abogada Natalia Bernal y los magistrados que conforman la Corte Constitucional que tomaron una decisión histórica: la ampliación del aborto hasta la semana 24 de gestación, fallo del pasado 21 de febrero. La doctora en derecho constitucional Bernal ha radicado cuanto recurso pudo durante los últimos años, no solo para evitar ese avance, sino para prohibir el aborto en Colombia. Ahora, radicó una tutela contra la Corte Constitucional para proteger su derecho al buen nombre.
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Acaba de iniciar una nueva temporada de las tensiones entre la abogada Natalia Bernal y los magistrados que conforman la Corte Constitucional que tomaron una decisión histórica: la ampliación del aborto hasta la semana 24 de gestación, fallo del pasado 21 de febrero. La doctora en derecho constitucional Bernal ha radicado cuanto recurso pudo durante los últimos años, no solo para evitar ese avance, sino para prohibir el aborto en Colombia. Ahora, radicó una tutela contra la Corte Constitucional para proteger su derecho al buen nombre.
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La Sala Penal de la Corte Suprema admitió para su estudio la tutela de Bernal, quien siente vulnerada su dignidad humana, su debido proceso y el libre ejercicio de su profesión. “En los autos anteriores me han humillado públicamente, me han desprestigiado, me han injuriado, me han calumniado, han cambiado el contenido original de mis manuscritos para no pronunciarse de fondo sobre ellos y los han denigrado intencionalmente para rechazarlos”, señaló la abogada pro-vida. Y remató explicando que si no concilia con la Corte Constitucional, se verá “obligada” a demandar al Estado.
Si hay camino legal para tumbar el aborto, Bernal lo ha recorrido. Ha intentado derogar los artículos del Código Civil que determinan que la vida comienza al nacer. Además, intentó cambiar la histórica sentencia constitucional de 2006, la cual permitió el aborto bajo tres causales: peligro para la salud de las mujeres, malformación del feto y embarazo producto de violación. Desde luego, participó activamente en la demanda de Causa Justa que permitió, a principios de 2022, ampliar el aborto hasta la semana 24 de gestación.
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Bernal radicó y radicó cuanto documento pudo, pero sus argumentos a favor de la vida desde la concepción jamás han sido escuchados por la Corte Constitucional. Incluso, intentó recusar -apartar de la deliberación- al magistrado Antonio José Lizarazo, protagonista de reiteradas negativas a Bernal y cuyo proyecto de sentencia sobre la ampliación del aborto al final fue aprobado por la mayoría de los magistrados. Resolviendo esa recusación, la magistrada Gloria Ortiz le negó la petición y además pidió a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial investigar sus “solicitudes irrespetuosas, amenazantes o infundadas”.
En ese expediente de recusación, Bernal aseguró lo siguiente: “Para el magistrado es interesante el tema de la despenalización del aborto y no el tema del reconocimiento de personas en gestación como personas humanas titulares de derechos. Por eso tuvo esa conducta tan reprochable favoreciendo a la parte contraria. El magistrado Lizarazo ya sabía que se estaba preparando una demanda que iba a favorecer la causa que defiende (sic) y sus propios intereses (sic). Por eso se inhibió en mi caso, para no evitar futuros debates sobre el tema que le permitieran pronunciarse sobre todo aquello que le interesa (sic)”.
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Lizarazo, por su parte, en un auto de principios de 2021, cuando se empezaba a mover la demanda de Causa Justa, mencionó: “este derecho de los ciudadanos a intervenir en los procesos de constitucionalidad no puede ser objeto de ejercicio abusivo. Es decir, el titular de dicho derecho debe ejercerlo dentro de los límites que le impone el ordenamiento jurídico y para alcanzar los fines que le han sido reconocidos en la Constitución. Incluso ha presentado acusaciones infundadas en contra de funcionarios judiciales, ha utilizado un lenguaje irrespetuoso y ha desplegado actuaciones que impiden el desarrollo normal del proceso”.
Con todo ello sobre la mesa, la abogada Bernal solicitó a la Corte Suprema que proteja sus derechos. Asegura sentirse en situación de notoria indefensión e impotencia ante la “opresión” de altos funcionarios judiciales. Dice que jamás ha enviado un solo documento que contenga intervenciones irrespetuosas y que, incluso, habría aportado evidencia científica que reforzaría su tesis sobre que el aborto sería una mala idea. Incluso, culpa a Lizarazo por supuestamente tergiversar las ideas que pone sobre la mesa. Y cuestiona que en los medios haya quedado retratada como “irrespetuosa”.
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“Con todo respeto les pido ordenar a la Corte Constitucional abstenerse de seguir acusándome y ordenar a esta misma institución que se retracte públicamente revocando las acusaciones que me hizo. De igual forma, les pido muy respetuosamente que ordenen a la institución publicar un comunicado de prensa dirigido a los medios con el fin de restaurar públicamente mis derechos violados. Los magistrados no solo afectaron mi honra sino mi dignidad porque fui víctima de una humillación publica bastante dolorosa”, concluyó. Y en otra parte dice: “les ruego por favor que me brinden su ayuda”.
Pero la Corte Suprema de Justicia no solo aceptó para su estudio esa tutela, también otra que busca proteger los derechos supuestamente vulnerados luego de que la Corte Constitucional fallara en contra de sus ideales en dos sentencias: la historia sobre la ampliación del aborto (2022) y en la cual quedaron en firme las tres causales conocidas (2020). El grupo población escogido por Bernal es particular, dado que son “niños por nacer prematuros” desde la semana 22 hasta la 37 y niños recién nacidos prematuros entre el mismo periodo de tiempo.
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“La Corte no solamente perjudicó a niños por nacer prematuros, sino a los niños prematuros y discapacitados como consecuencia de la prematurez de su nacimiento. Esta comunidad es indefensa, no puede usar los mecanismos constitucionales para solicitar a las autoridades judiciales la defensa de sus derechos, por estas razones, yo hablo en su nombre y en su representación en calidad de agente oficiosa”, concluyó. La razón principal es que, bajo sus consideraciones, no hay interrupciones voluntarias del embarazo tardías, sino “partos inducidos practicados antes de tiempo con violencia”. La Corte Suprema ya vinculó a los magistrados de ambas sentencias. Ya veremos como termina la nueva temporada de las tensiones de Bernal y la Corte Constitucional.
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