Nicolás Neira: confirman condena por homicidio contra exagente del Esmad
El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena, a 17 años de prisión, contra el exagente del Esmad Néstor Rodríguez Rúa. De nuevo quedó demostrado que sin justificación y a mansalva disparó contra el joven estudiante Nicolás Neira en 2005. Incluso, se burló de él cuando estaba en el suelo.
El exagente del Esmad Néstor Rodríguez Rúa definitivamente es responsable por homicidio y deberá recibir una condena de 17 años en prisión. Así lo confirmó el Tribunal Superior de Bogotá, el cual en segunda instancia resolvió diversos recursos que solicitaban una segunda valoración judicial, entre ellas la inocencia del capturado. Sin embargo, Rodríguez Rúa de nuevo quedó sentenciado como el homicida de Nicolás Neira, un joven de 15 años quien participaba de las manifestaciones por el Día del Trabajo, el 1° de mayo de 2005.
Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO
¿Ya tienes una cuenta? Inicia sesión para continuar
El exagente del Esmad Néstor Rodríguez Rúa definitivamente es responsable por homicidio y deberá recibir una condena de 17 años en prisión. Así lo confirmó el Tribunal Superior de Bogotá, el cual en segunda instancia resolvió diversos recursos que solicitaban una segunda valoración judicial, entre ellas la inocencia del capturado. Sin embargo, Rodríguez Rúa de nuevo quedó sentenciado como el homicida de Nicolás Neira, un joven de 15 años quien participaba de las manifestaciones por el Día del Trabajo, el 1° de mayo de 2005.
Primera instancia: Condenan a 17 años de prisión al agente del Esmad que disparó contra Nicolás Neira
“Una persona adulta está en capacidad de comprender que si dispara un arma de fuego directamente contra una multitud, es muy posible que mate una persona o que le hiera gravemente. Para que tal persona se percate de ello no necesita cursos especializados. Si ello sucede con una persona adulta con mayor razón sucede con un agente de la Policía Nacional, pues está capacitado para el manejo de armas de fuego y para conocer las consecuencias de accionar un elemento de esta índole”, señaló el magistrado del Tribunal.
Nicolás Neira era un joven estudiante del Liceo Hermano Miguel, recordado por sus ideales sociales. Mientras ejercía su derecho a la manifestación, en la Carrera Séptima con Calle 19, Rodríguez Rúa le disparó a seis metros de distancia en la cabeza. Luego, como añadieron testigos, el expolicía se burló de él por haber sobrevivido en un primer momento. La víctima murió días después por un severo trauma craneoencefálico. La defensa judicial del expolicía buscaba, en segunda instancia, que lo declararan inocente o que fuese condenado por homicidio culposo, es decir, sin intención de herir al joven. No obstante, el Tribunal consideró que, siendo uniformado, conocía las consecuencias de disparar su arma de proyectiles de gas lacrimógeno.
Le puede interesar: El caso de Nicolás Neira, asesinado por el Esmad, llega a la CIDH
Además, de acuerdo con el magistrado del Tribunal, quedó demostrado que la competencia del expediente correspondía a la justicia ordinaria, luego de que la defensa de Rodríguez Rúa alegara en los últimos años que el crimen devenía de un acto del servicio. Para ello, recordó que en el pasado el Consejo Superior de la Judicatura lo decidió y que en un expediente similar, en el de Dilan Cruz, quien murió tras ser herido en las protestas de 2019, la Corte Constitucional tomó la misma decisión. Alejandra Garzón, abogada de Yuri Neira, padre de Nicolás Neira, considera que esta sentencia puede ser la base de nuevas decisiones a favor de víctimas de miembros de la Policía en el contexto de protesta.
“El magistrado, además, hace una valoración importante y detallada de las consecuencias del uso del truflay o lanza gases. Se refuere a que su utilización arbitraria tiene igual letalidad que un arma de fuego y este uso arbitrario es un acto sistemático por parte del ESMAD que se ha registrado en las manifestaciones públicas. Hoy debe abrirse nuevamente la discusión del necesario desmonte del ESMAD por su accionar criminal y de la necesidad de la prohibición de truflay que de forma absurda se llaman de menor o baja letalidad”, concluyó la abogada Garzón.
Nicolás Neira: el crimen que quisieron ocultar
El 29 de abril de 2021, un juzgado de la capital sentenció por primera vez el futuro judicial de Rodríguez Rúa. Los testimonios valorados en juicio confluyeron en que él disparó el arma que lesionó a Neira, quien es considerado uno de los primeros muertos a manos del Esmad en contexto de protesta. La víctima es el centro de un dilatado expediente que, además, tiene condenas por encubrimiento, pues los uniformados crearon todo un plan para admitir ante la opinión pública y autoridades judiciales que Neira se tropezó y se golpeó de muerte con un bolardo.
Lea también: Nicolás Neira: mayor (r) Infante, condenado a ocho años de prisión domiciliaria
Rodríguez Rúa había recibido conocimientos sobre el uso del lanzagases truflay y, aun así, disparó en contra de la multitud, según consideraron los jueces de primera y segunda instancia. La muerte de Nicolás Neira era una de las posibilidades, dado que el manual del arma indica que bajo ninguna circunstancia puede dispararse de manera frontal, como lo hizo Rúa. Debe hacerse de manera parabólica y con el objetivo de disuadir los protestantes.
Julio César Torrijos, un antiguo agente del Esmad condenado por encubrimiento, dejó con su testimonio en la lona a Néstor Rodríguez Rúa. Torrijos, quien era subalterno del mayor en retiro Fabián Mauricio Infante, comandante de una sección del Esmad aquel fatídico 1° de mayo, reveló en interrogatorio con la Fiscalía que el condenado por homicidio le había disparado en la cabeza a Nicolás Neira. Además, confesó que Infante ordenó armar toda una puesta en escena ante la Procuraduría, Fiscalía y los medios de comunicación.
En contexto: Condenan a exagente del Esmad que encubrió la muerte de Nicolás Neira
“Mientras Julio César Torrijos Devia avanzaba hacia el sur, antes de llegar a la calle 18, escuchó detrás de él la detonación del lanzagases y vio que a cinco metros de él, en diagonal, un joven que iba por la mitad de la calzada se levantó y cayó al piso. De inmediato se volteó, reconoció por la fisionomía del rostro y por la estatura que el que había accionado el lanzagases había sido Néstor Julio Rodríguez Rúa”, señaló el magistrado del Tribunal. Citó otros dos testimonios, de exagentes del Esmad, que incluso aseguraron que el victimario disparó solo a seis metros de Nicolás Neira. Además, que Rodríguez Rúa lo vio en el suelo y dijo: “¿Si vio como se levantó ese chino? De chimba”.
Neira, quien murió en la clínica Salud de la calle 104 con autopista norte, recibió un disparo que le generó una fractura de 26 cm desde la nuca hasta la sien. Durante días, integrantes de la Policía dijeron que el joven de 15 años se había tropezado en pleno centro de Bogotá, para luego caer de cabeza en un bolardo. Mentira. “Encubrí los hechos que se presentaron al decidir cumplir la orden de mi mayor Infante, de no haber dicho las cosas ante las autoridades disciplinarias y penales (…) me dijo que dejara eso así”, dijo Torrijos, el 23 de febrero de 2017.
Lea: La sentencia en la que se tocan los casos de Nicolás Neira y Dilan Cruz
Torrijos Devia aceptó responsabilidad por encubrimiento y, en 2017, fue condenado a cuatro años de prisión. Pagó su sentencia en una cárcel de Tolima, hasta que fue cobijado con un decreto de excarcelación en 2020. En octubre de 2020, el mayor en retiro Infante fue condenado en primera instancia a ocho años de prisión domiciliaria. “No eso no, deje así, eso no pasó nada”, confesó haber escuchado Julio Cesar Torrijos cuando alertó a Infante por la herida en la cabeza de Neira.
“Con certeza, esta judicatura considera que tal conducta se subsume del tipo penal de favorecimiento, al haberse conspirado contra la administración de justicia, cuando posterior a los hechos y sin existir un acuerdo previo, el acusado Infante Pinzón, con el conocimiento de la conducta punible del homicidio materializada en las marchas en las que también participó en el Esmad, ordenó instrucciones para encubrir el ilícito con declaraciones que no correspondía con la realidad de los hechos, para así, lograr que la investigación adelantada por las autoridades judiciales fuera desviada a la hipótesis”, concluyó el juzgado contra Infante.
Lea: Caso Neira: la jugada del mayor (r) Infante para trabar su condena, no resultó
Por último, en este proceso resuelto por el Tribunal Superior de Bogotá, se remitieron copias a la Fiscalía y Procuraduría para que investigue posibles delitos de otros policías que habrían participado de la red de mentiras. Además, el togado dejó claro que los testigos a favor de la víctima han sido perseguidos y amenazados por su búsqueda de justicia. Durante la presente audiencia, Yuri Neira, exiliado en España, quiso permanecer en el video con la foto de su hijo colgada en el cuello. No obstante, el magistrado del Tribunal le ordenó quitársela, pues podría ser considerado un medio de presión. Rodríguez Rúa, por su parte, asistió a la diligencia desde el centro carcelario para miembros de la Fuerza Pública de Facatativá (Cundianamrca).
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.