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                                                                                                                                Nicolás Neira: mayor (r) Infante, condenado a ocho años de prisión domiciliaria

                                                                                                                                En marzo pasado el mayor (r) Fabián Mauricio Infante fue declarado responsable por encubrir el homicidio del estudiante Nicolás Neira, en 2005. Sin embargo, recién esta mañana, siete meses después, conoció el monto de su condena. Conozca aquí, además, la jugada judicial con la que intentó trabar su juicio.

                                                                                                                                Nicolás Neira era estudiante del Liceo Hermano Miguel. Durante días estuvo en cuidados intensivos, mientras su familia recibía versiones oficiales que hablaban de un accidente. / Archivo El Espectador

                                                                                                                                La jueza 9° penal de Conocimiento de Bogotá culminó el proceso penal, en primera instancia, contra el mayor (r) Fabián Mauricio Infante, quien desde marzo de este año fue declarado responsable por encubrir el homicidio del estudiante de 15 años Nicolás Neira, en mayo de 2005. El exagente del Esmad, quien funge como propietario de una empresa de seguridad, fue condenado a ocho años de prisión domiciliaria. El sentenciado, aun así, podrá interponer un recurso para valorar su proceso en segunda instancia.

                                                                                                                                En contexto: Caso Neira: la jugada del mayor (r) Infante para trabar su condena, no resultó

                                                                                                                                La jueza del caso consideró que Infante es responsable por el delito de favorecimiento, precedido del homicidio del joven Nicolas Neira, cuyo padre Yuri Neira está exiliado ante las persecuciones que denuncia recibir por parte de miembros del Estado. La togada explicó que se cumplen los requisitos para que afronte su condena en casa (dado que la pena mínima por favorecimiento es menor a ocho años) y, además, que el policía retirado no podrá ejercer funciones públicas por el mismo periodo de su sentencia: ocho años.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Antecedentes: Condenan a exagente del Esmad que encubrió la muerte de Nicolás Neira

                                                                                                                                A lo que Infante, según el testigo, habría respondido: “no eso no, deje así, eso no pasó nada”. Al día siguiente, cuando los medios de comunicación cubrieron las heridas de muerte contra Neira, Torrijos de nuevo se acercó a Infante, preguntándole el paso a seguir. “Organice las secciones y organice el personal, trate que no vaya a haber problemas en el grupo, que vayan como salieron en servicio en su orden para no haber inconvenientes (…), y ahora que vienen las declaraciones que todos hablen el mismo idioma, que todos digan lo mismo (…) después me informa”, al parecer respondió Infante.

                                                                                                                                Un testigo protegido por la Fiscalía explicó que tras la muerte de Nicolás Neira, comenzó la “coerción por parte del comandante de su sección”. Aseguró que lo encerraron en un aula por ocho días continuos, donde le dieron la instrucción sobre lo que debían contestar los miembros del Esmad que participaron en ese operativo. “Que el pelado se pegó contra el bolardo”, era la respuesta que debía quedar ante las autoridades. Otro testigo, cuyo nombre protege este diario, señaló que su comandante de sección los reunió “para unificar criterios para que todos dijeran la misma versión”, en palabras del juzgado.

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                                                                                                                                “Con certeza, esta judicatura considera que tal conducta se subsume del tipo penal de favorecimiento, al haberse conspirado contra la administración de justicia, cuando posterior a los hechos y sin existir un acuerdo previo, el acusado Infante Pinzón, con el conocimiento de la conducta punible del homicidio materializada en las marchas en las que también participó en el Esmad, ordenó instrucciones para encubrir el ilícito con declaraciones que no correspondía con la realidad de los hechos, para así, lograr que la investigación adelantada por las autoridades judiciales fuera desviada a la hipótesis”, concluyó el juzgado.

                                                                                                                                Graffiti en el centro de Bogotá con la imagen de Yuri Neira (izquierda) y Nicolás Neira (derecha), quien murió el 1° de mayo de 2005 tras ser alcanzado por un proyectil del armamento del Esmad
                                                                                                                                Foto: Cortesía

                                                                                                                                La defensa de Infante Pinzón

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                La jugada judicial del mayor (r) condenado

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Justicia internacional: El caso de Nicolás Neira, asesinado por el Esmad, llega a la CIDH

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En el actual sistema penal acusatorio, cuando un procesado va a ser condenado, primero el juez o la jueza realiza una audiencia en la cual se lo declara responsable y, luego, se fija fecha para otra audiencia en la cual se determina el tiempo que pasará en cárcel, prisión domiciliaria o libertad condicional. En ese lapso, que por lo general es de solo días, la defensa del mayor (r) Infante logró que se discutiera si su expediente era propio de la justicia militar, cuando ya había sido imputado, luego acusado y cuando se habían surtido todas y cada una de las etapas del juicio.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                Nicolás Neira era estudiante del Liceo Hermano Miguel. Durante días estuvo en cuidados intensivos, mientras su familia recibía versiones oficiales que hablaban de un accidente. / Archivo El Espectador

                                                                                                                                La jueza 9° penal de Conocimiento de Bogotá culminó el proceso penal, en primera instancia, contra el mayor (r) Fabián Mauricio Infante, quien desde marzo de este año fue declarado responsable por encubrir el homicidio del estudiante de 15 años Nicolás Neira, en mayo de 2005. El exagente del Esmad, quien funge como propietario de una empresa de seguridad, fue condenado a ocho años de prisión domiciliaria. El sentenciado, aun así, podrá interponer un recurso para valorar su proceso en segunda instancia.

                                                                                                                                En contexto: Caso Neira: la jugada del mayor (r) Infante para trabar su condena, no resultó

                                                                                                                                La jueza del caso consideró que Infante es responsable por el delito de favorecimiento, precedido del homicidio del joven Nicolas Neira, cuyo padre Yuri Neira está exiliado ante las persecuciones que denuncia recibir por parte de miembros del Estado. La togada explicó que se cumplen los requisitos para que afronte su condena en casa (dado que la pena mínima por favorecimiento es menor a ocho años) y, además, que el policía retirado no podrá ejercer funciones públicas por el mismo periodo de su sentencia: ocho años.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Antecedentes: Condenan a exagente del Esmad que encubrió la muerte de Nicolás Neira

                                                                                                                                A lo que Infante, según el testigo, habría respondido: “no eso no, deje así, eso no pasó nada”. Al día siguiente, cuando los medios de comunicación cubrieron las heridas de muerte contra Neira, Torrijos de nuevo se acercó a Infante, preguntándole el paso a seguir. “Organice las secciones y organice el personal, trate que no vaya a haber problemas en el grupo, que vayan como salieron en servicio en su orden para no haber inconvenientes (…), y ahora que vienen las declaraciones que todos hablen el mismo idioma, que todos digan lo mismo (…) después me informa”, al parecer respondió Infante.

                                                                                                                                Un testigo protegido por la Fiscalía explicó que tras la muerte de Nicolás Neira, comenzó la “coerción por parte del comandante de su sección”. Aseguró que lo encerraron en un aula por ocho días continuos, donde le dieron la instrucción sobre lo que debían contestar los miembros del Esmad que participaron en ese operativo. “Que el pelado se pegó contra el bolardo”, era la respuesta que debía quedar ante las autoridades. Otro testigo, cuyo nombre protege este diario, señaló que su comandante de sección los reunió “para unificar criterios para que todos dijeran la misma versión”, en palabras del juzgado.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Con certeza, esta judicatura considera que tal conducta se subsume del tipo penal de favorecimiento, al haberse conspirado contra la administración de justicia, cuando posterior a los hechos y sin existir un acuerdo previo, el acusado Infante Pinzón, con el conocimiento de la conducta punible del homicidio materializada en las marchas en las que también participó en el Esmad, ordenó instrucciones para encubrir el ilícito con declaraciones que no correspondía con la realidad de los hechos, para así, lograr que la investigación adelantada por las autoridades judiciales fuera desviada a la hipótesis”, concluyó el juzgado.

                                                                                                                                Graffiti en el centro de Bogotá con la imagen de Yuri Neira (izquierda) y Nicolás Neira (derecha), quien murió el 1° de mayo de 2005 tras ser alcanzado por un proyectil del armamento del Esmad
                                                                                                                                Foto: Cortesía

                                                                                                                                La defensa de Infante Pinzón

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                La jugada judicial del mayor (r) condenado

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El proceso penal del mayor (r) Infante fue insólito. El pasado 26 de marzo fue declarado responsable por favorecimiento al homicidio, tras entorpecer la investigación por la muerte de Neira, a quien el exagente de Esmad Néstor Rodríguez Rúa le disparó con un arma lanzadora de gas lacrimógeno en plena protesta por el Día del Trabajo, el 1 de mayo de 2005. Sin embargo, al último minuto, cuando faltaban días para conocer el monto de la condena -el cual se conoció hoy-, logró que se debatiera si el expediente era competencia de la Justicia Penal Militar.

                                                                                                                                Justicia internacional: El caso de Nicolás Neira, asesinado por el Esmad, llega a la CIDH

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En el actual sistema penal acusatorio, cuando un procesado va a ser condenado, primero el juez o la jueza realiza una audiencia en la cual se lo declara responsable y, luego, se fija fecha para otra audiencia en la cual se determina el tiempo que pasará en cárcel, prisión domiciliaria o libertad condicional. En ese lapso, que por lo general es de solo días, la defensa del mayor (r) Infante logró que se discutiera si su expediente era propio de la justicia militar, cuando ya había sido imputado, luego acusado y cuando se habían surtido todas y cada una de las etapas del juicio.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En abril pasado, tras solicitud del abogado de Infante, el juez –y coronel– José Abraham López, jefe del Juzgado de Primera Instancia de la Justicia Penal Militar, solicitó al juzgado de conocimiento que lleva el expediente entregar todos los elementos probatorios recogidos durante años. “Esta instancia judicial castrense es competente para conocer del asunto, toda vez que de los hechos relatados y las pruebas que soportan los mismos, indiscutiblemente, existe la relación estrecha y directa con el servicio y la misión constitucional encomiada al señor capitán para la fecha de los hechos”, explicó el juez militar.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                A pesar de resultarle llamativa la petición al último minuto, el juzgado ordinario que llevaba el proceso contra Infante aceptó enviar el conflicto de competencias a la Corte Constitucional, la cual debía inclinar su balanza hacía una de las dos jurisdicciones. A principio de octubre, como lo reveló El Espectador, la Sala Plena de la alta corte decretó que el expediente de Infante, que ya tiene su final escrito, se quedaba en la justicia ordinaria. En esa justicia ya fue condenado a 17 años de prisión, además, el exagente Rodríguez Rúa, de quien un testigo protegido dijo que había disparado a menos de cinco metros contra la víctima.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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