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                                                                                                                                Niegan tutelas a exmilitares y guerrilleros que quieren acelerar su proceso en la JEP

                                                                                                                                La Corte Constitucional estudió cuatro tutelas en las cuales exmilitares y guerrilleros piden acelerar su proceso de inclusión y acceso a beneficios ante la JEP. La alta corte les negó la solicitud, pues deben acatar las normas de procedimiento en la justicia transicional.

                                                                                                                                Presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Eduardo Cifuentes,
                                                                                                                                Foto: Cortesía JEP
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas le respondió a Sánchez que su expediente está enlistado para los próximos repartos a conocer por los magistrados de la JEP. No contento con la respuesta, el exmilitar ha enviado derechos de petición y solicitudes de respuesta para conocer el norte de su caso judicial, mientras sigue recluido en el Cantón Militar de Apiay (Meta). Sánchez no es el único que está en esta situación, pues otros tres postulados, exmilitares y guerrilleros, solicitaron a la JEP respuestas sobre su trámite.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “En segundo lugar, se estableció que en ninguno de los casos las autoridades de la JEP habían trasgredido los demás derechos invocados por los accionantes. En otras palabras, las autoridades accionadas no habían actuado de manera negligente, caprichosa o arbitraria”, explicó la magistrada de la Corte Constitucional. De acuerdo con la alta corte, la mora judicial -o demora en los procesos- está justificada si existen motivos razonables que justifiquen la tardanza, como lo es la congestión judicial o el alto volumen de trabajo. Ese sería el caso de los cuatro postulados.

                                                                                                                                Sin embargo, la magistrada Fajardo Rivera le pidió a la JEP ponerles el acelerador a las solicitudes. “Ante la falta de certeza relacionada con el estado actual de las solicitudes elevadas por los accionantes, se decidió ordenar a las salas de Definición de Situaciones Jurídicas y de Amnistía e Indulto de la JEP que, en caso de no haber definido el fondo de las mismas, adelante las gestiones destinadas a resolverlas, en el marco de las medidas de descongestión implementadas”, explicó en un documento conocido por El Espectador.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Por otro lado, en el caso de Eider Andrés Sánchez, quien está condenado por el delito de secuestro extorsivo agravado, la JEP ya le había respondido que debe tener paciencia, pues es un proceso que requiere de un amplio estudio. “La solicitud realizada a la JEP no es una petición ordinaria, sino que se trata de aquellas que comprometen una decisión judicial, en cuanto que concierne con derechos fundamentales como la libertad personal y la aplicación de garantías judiciales en el marco de la justicia transicional”, explicó el órgano de justicia en octubre de 2018.

                                                                                                                                Otro de los postulados es Jhon Jaira Granja Hurtado, quien desde el 4 de febrero de 2014 fue condenado a 25 años de prisión como coautor del delito de homicidio agravado. Su caso llegó a la mismísima Corte Suprema de Justicia, la cual confirmó la responsabilidad del exintegrante del Comando Antiextorsión y Secuestro C.A.S del Ejército, por torturar y asesinar un exguerrillero del Ejercito Popular de Liberación (Epl) en 1993. Aunque el primero de agosto de 2018 la JEP le concedió el beneficio de libertad transitoria, Granja Hurtado vía tutela busca más respuestas en su proceso.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Lea también: COVID-19: Corte Constitucional no admite demandas contra la ley de vacunas.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Por otro lado, el exguerrillero de las Farc Hernán Darío Ortega ha buscado acelerar su proceso de segunda instancia en la JEP, pues el 26 de junio de 2016 le negaron la entrada a la justicia transicional pues su historia “no guarda ninguna relación, directa o indirecta, con el conflicto armado”. Ortega fue condenado en junio de 2018, por un juzgado de Popayán, a 18 años de prisión por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. En 2014 lo sorprendieron en Piendamó, Cauca, mientras transportaba un cargamento de droga.

                                                                                                                                Presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Eduardo Cifuentes,
                                                                                                                                Foto: Cortesía JEP
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas le respondió a Sánchez que su expediente está enlistado para los próximos repartos a conocer por los magistrados de la JEP. No contento con la respuesta, el exmilitar ha enviado derechos de petición y solicitudes de respuesta para conocer el norte de su caso judicial, mientras sigue recluido en el Cantón Militar de Apiay (Meta). Sánchez no es el único que está en esta situación, pues otros tres postulados, exmilitares y guerrilleros, solicitaron a la JEP respuestas sobre su trámite.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “En segundo lugar, se estableció que en ninguno de los casos las autoridades de la JEP habían trasgredido los demás derechos invocados por los accionantes. En otras palabras, las autoridades accionadas no habían actuado de manera negligente, caprichosa o arbitraria”, explicó la magistrada de la Corte Constitucional. De acuerdo con la alta corte, la mora judicial -o demora en los procesos- está justificada si existen motivos razonables que justifiquen la tardanza, como lo es la congestión judicial o el alto volumen de trabajo. Ese sería el caso de los cuatro postulados.

                                                                                                                                Sin embargo, la magistrada Fajardo Rivera le pidió a la JEP ponerles el acelerador a las solicitudes. “Ante la falta de certeza relacionada con el estado actual de las solicitudes elevadas por los accionantes, se decidió ordenar a las salas de Definición de Situaciones Jurídicas y de Amnistía e Indulto de la JEP que, en caso de no haber definido el fondo de las mismas, adelante las gestiones destinadas a resolverlas, en el marco de las medidas de descongestión implementadas”, explicó en un documento conocido por El Espectador.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Por otro lado, en el caso de Eider Andrés Sánchez, quien está condenado por el delito de secuestro extorsivo agravado, la JEP ya le había respondido que debe tener paciencia, pues es un proceso que requiere de un amplio estudio. “La solicitud realizada a la JEP no es una petición ordinaria, sino que se trata de aquellas que comprometen una decisión judicial, en cuanto que concierne con derechos fundamentales como la libertad personal y la aplicación de garantías judiciales en el marco de la justicia transicional”, explicó el órgano de justicia en octubre de 2018.

                                                                                                                                Otro de los postulados es Jhon Jaira Granja Hurtado, quien desde el 4 de febrero de 2014 fue condenado a 25 años de prisión como coautor del delito de homicidio agravado. Su caso llegó a la mismísima Corte Suprema de Justicia, la cual confirmó la responsabilidad del exintegrante del Comando Antiextorsión y Secuestro C.A.S del Ejército, por torturar y asesinar un exguerrillero del Ejercito Popular de Liberación (Epl) en 1993. Aunque el primero de agosto de 2018 la JEP le concedió el beneficio de libertad transitoria, Granja Hurtado vía tutela busca más respuestas en su proceso.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Lea también: COVID-19: Corte Constitucional no admite demandas contra la ley de vacunas.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Temas recomendados:

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