Nueva petición a la Corte Suprema para frenar extradición de “Otoniel” a EE.UU
Quienes presentaron la solicitud temen que enviar al capo al país norteamericano pueda usarse como un mecanismo de impunidad, por lo que piden que la extradición sea condicionada. El capo no podría irse hasta terminar de declarar ante la justicia colombiana.
Ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema fue presentada una nueva solicitud para que se frene, de cierta manera, la extradición de Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, a Estados Unidos. En esta nueva petición, los peticionarios aseguran que enviar en estos momentos al capo al país norteamericano podría ser un mecanismo de impunidad y no se protegería el derecho a la verdad de las víctimas del conflicto armado.
En el texto remitido al alto tribunal, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), organización que presentó la petición, solicita a la Corte que quien fue el máximo líder del Clan del Golfo no sea extraditado hasta tanto no termine sus declaraciones y aportes a la verdad en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por el macrocaso 004, situación territorial de la región de Urabá.
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De la misma manera, la CCJ sostiene en su solicitud que la Corte Suprema debe velar por la “garantía de los derechos de las víctimas de los delitos de secuestro, terrorismo, homicidio y extorsión cometidos por alias Otoniel y que son materia de investigación y juzgamiento en Colombia”. Para la organización, a pesar de que la extradición es un mecanismo de cooperación internacional, esto también pude generar impunidad en los casos que se llevan en Colombia contra el procesado.
En Colombia, Otoniel tiene en su contra 122 órdenes de captura y siete medidas de aseguramiento por delitos como homicidio, reclutamiento, concierto para delinquir, secuestro extorsivo, terrorismo y narcotráfico. La Policía ha dicho que Otoniel es el determinador de la muerte de al menos 100 hombres de la institución que lo persiguieron durante los últimos años en la operación Agamenón. También acumula graves delitos, como acceso carnal abusivo con menor de catorce años, asesinatos, desplazamiento forzado, entre otros. Asimismo, el máximo líder del Clan del Golfo participó de la masacre paramilitar de Mapiripán en 1997 mientras militaba en las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc).
Para validar su petición, los solicitantes citaron un pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la que reza lo siguiente: “La aplicación de figuras como la extradición no debe servir como un mecanismo para favorecer, procurar o asegurar la impunidad”. Asimismo, pusieron de presente que, para ellos, otros casos de extradición como el de Salvatore Mancuso han hecho que se dificulte su investigación y juzgamiento en Colombia aún después de pagar su pena en otros países.
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De la misma manera, la CCJ dijo que hay antecedentes de extradiciones condicionadas en el caso de personas que estén compareciendo a la JEP, como ahora lo hace Otoniel. Para la organización, con el capo del Clan del Golfo se podría tomar una decisión similar a la que se adoptó con Luis Eduardo Carvajal, alias Rambo, quien dirigió la columna Daniel Aldana de la antigua guerrilla de las Farc en Tumaco (Nariño), cuya extradición fue condicionada hasta que no se verificaran sus aportes a la verdad.
Tanto Rambo como Otoniel, no serían sujetos de la garantía de no extradición, toda vez que ambos continuaron delinquiendo después de la firma del Acuerdo de Paz firmado en 2016. Con esto así, la CCJ pidió al alto tribunal que se frene la extradición del capo hasta que “se investiguen, se juzguen y se cumpla la pena por los delitos que son conocidos por la justicia colombiana, y se brinden garantías reales a las víctimas de verdad, justicia y reparación” y “cumpla con su deber de culminar la declaración como testigo ante la JEP”.
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A inicios de febrero de este año, esa misma Corte negó una tutela que también pedía frenar el envío de Úsuga a Estados Unidos hasta que no cumpliera con sus condenas en Colombia. En esa ocasión, la Sala Civil del alto tribunal determinó que a pesar de que Otoniel tuviera una condena de 480 meses de prisión “por los delitos de homicidio agravado, secuestro agravado, concierto para delinquir y terrorismo”, la petición de aquella ocasión fue muy apresurada, pues aún no había siquiera establecida una fecha para la extradición.
Esa vez, las víctimas también afirmaban que si Úsuga es enviado a Estados Unidos haría que no cumpliera “con las condenas que se le impusieron por los hechos delictuales”. Tampoco, según manifestaron en su escrito, Otoniel podría ser testigo o delator de “hechos de violencia ocurridos en el marco de la violencia interna del país”, lo cual, para las víctimas no sería benéfico para la verdad y la reparación.
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Por estos días, los aportes de Otoniel a la verdad volvieron a ser noticia, luego de que se conociera que unas grabadoras en las que se encontraban unas declaraciones que dio el capo del Clan del Golfo fueron robadas del apartamento de un investigador de la Comisión de la Verdad. Aunque hay versiones que aseguran que las grabadoras se perdieron, la Comisión ha dicho que los testimonios permanecen intactos.
Tras esto, otro cuestionamiento saltó a la luz: las condiciones en las que el capturado criminal ha tenido que rendir sus versiones. Desde la Comisión de la Verdad aseguran que son más de 35 años de conflicto los que está narrando Úsuga e instituciones como la Dijín no han hecho nada para facilitar la recolección del testimonio a pesar de las repetidas solicitudes.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema fue presentada una nueva solicitud para que se frene, de cierta manera, la extradición de Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, a Estados Unidos. En esta nueva petición, los peticionarios aseguran que enviar en estos momentos al capo al país norteamericano podría ser un mecanismo de impunidad y no se protegería el derecho a la verdad de las víctimas del conflicto armado.
En el texto remitido al alto tribunal, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), organización que presentó la petición, solicita a la Corte que quien fue el máximo líder del Clan del Golfo no sea extraditado hasta tanto no termine sus declaraciones y aportes a la verdad en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por el macrocaso 004, situación territorial de la región de Urabá.
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En Colombia, Otoniel tiene en su contra 122 órdenes de captura y siete medidas de aseguramiento por delitos como homicidio, reclutamiento, concierto para delinquir, secuestro extorsivo, terrorismo y narcotráfico. La Policía ha dicho que Otoniel es el determinador de la muerte de al menos 100 hombres de la institución que lo persiguieron durante los últimos años en la operación Agamenón. También acumula graves delitos, como acceso carnal abusivo con menor de catorce años, asesinatos, desplazamiento forzado, entre otros. Asimismo, el máximo líder del Clan del Golfo participó de la masacre paramilitar de Mapiripán en 1997 mientras militaba en las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc).
Para validar su petición, los solicitantes citaron un pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la que reza lo siguiente: “La aplicación de figuras como la extradición no debe servir como un mecanismo para favorecer, procurar o asegurar la impunidad”. Asimismo, pusieron de presente que, para ellos, otros casos de extradición como el de Salvatore Mancuso han hecho que se dificulte su investigación y juzgamiento en Colombia aún después de pagar su pena en otros países.
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