Ordenan suspender audiencia virtual decisiva para retomar aspersión con glifosato
La ANLA había convocado a una audiencia pública para revisar el plan de la Policía para retomar las aspersiones aéreas con el herbicida. Campesinos de Nariño interpusieron una tutela y lograron que se ordene suspender la audiencia hasta que se les garantice participación.
Redacción Judicial
Un grupo de campesinos del municipio de Policarpa, Nariño, demandó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) por convocar una audiencia clave para el retorno de la aspersión aérea con glifosato de manera virtual. La tutela acaba de ser admitida por el juzgado primero de familia de Pasto y, en cierto sentido, ya hubo la primera victoria: como medida cautelar, la jueza ordenó suspender la realización de la audiencia, convocada para el próximo miércoles, 27 de mayo, hasta que haya una sentencia en este proceso.
(Lea también: Con tutela buscan impedir que una audiencia clave para el regreso del glifosato sea virtual)
Se trata de la audiencia pública convocada por la ANLA para discutir el plan de manejo ambiental del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el herbicida Glifosato (Pecig), la estrategia de la Policía Antinarcóticos para erradicar de manera forzada los cultivos de uso ilícito. Aunque, por la pandemia del COVID-19, la ANLA había suspendido los términos de todos sus procesos, dejó una ventana para que se adelantaran diligencias en las que se contara con los medios tecnológicos para hacerlo.
La Policía ofreció, entonces, sus canales institucionales, su infraestructura y su emisora para transmitir la audiencia pública, con lo que hace un mes la ANLA accedió a levantar la suspensión del proceso y convocar a la diligencia. La decisión de inmediato fue criticada por organizaciones sociales y asociaciones campesinas que aseguraban que el trámite virtual dejaba por fuera a las personas que iban a ser afectadas de manera más directa por el regreso del herbicida: las comunidades rurales.
(Le puede interesar: Una audiencia virtual no le daría validez al regreso del glifosato, dicen organizaciones sociales)
Fue en ese contexto que un grupo de campesinos en Nariño interpuso la acción de tutela el pasado 13 de mayo. Explicaron, por ejemplo, que “con las actuales condiciones generadas por la emergencia, y con los decretos de aislamiento preventivo, que de momento se han prolongado hasta el 25 de mayo, es imposible que las comunidades afectadas por la retoma del proyecto de fumigación aérea, podamos reunirnos para deliberar, y manifestar nuestro punto de vista y hacer exigencias y aportes en la Audiencia”. Y agregaron: “lo único que harán es decirnos lo que van a hacer, sin que se tengan en cuenta nuestras condiciones reales, y sin que podamos manifestar, como conocedores del territorio, la situación personal, comunitaria, social y geográfica”.
La jueza primera de familia admitió la tutela, pero mientras la estudia y toma una decisión, ordenó suspender la realización de la audiencia pública virtual. “Lo anterior, ante la inminencia de un perjuicio irremediable, pues de no suspenderse la mencionada determinación, ante la cercanía de la fecha de la audiencia, esto es en aproximadamente dos semanas, probablemente la audiencia ambiental se realice en las condiciones inconstitucionales el 27 de mayo, tornando inocua lo eventual protección de los derechos fundamentales invocados”, explicó en el auto, conocido por El Espectador.
(Lea también: Corte Constitucional mantiene condiciones para retomar aspersión aérea con glifosato)
Justo este lunes, 88 organizaciones sociales radicaron otra acción de tutela pidiendo lo mismo: que se le ordene a la ANLA suspender la realización de esta audiencia. “La ANLA se escuda en la pandemia, incurriendo en un exceso de la potestad reglamentaria, desconociendo que la audiencia pública ambiental de carácter ‘virtual’ no se encuentra autorizada por la ley, contraviene varias de las disposiciones legales sobre la forma en que debe celebrarse la audiencia pública ambiental”, dice esta segunda demanda.
Un grupo de campesinos del municipio de Policarpa, Nariño, demandó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) por convocar una audiencia clave para el retorno de la aspersión aérea con glifosato de manera virtual. La tutela acaba de ser admitida por el juzgado primero de familia de Pasto y, en cierto sentido, ya hubo la primera victoria: como medida cautelar, la jueza ordenó suspender la realización de la audiencia, convocada para el próximo miércoles, 27 de mayo, hasta que haya una sentencia en este proceso.
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Se trata de la audiencia pública convocada por la ANLA para discutir el plan de manejo ambiental del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el herbicida Glifosato (Pecig), la estrategia de la Policía Antinarcóticos para erradicar de manera forzada los cultivos de uso ilícito. Aunque, por la pandemia del COVID-19, la ANLA había suspendido los términos de todos sus procesos, dejó una ventana para que se adelantaran diligencias en las que se contara con los medios tecnológicos para hacerlo.
La Policía ofreció, entonces, sus canales institucionales, su infraestructura y su emisora para transmitir la audiencia pública, con lo que hace un mes la ANLA accedió a levantar la suspensión del proceso y convocar a la diligencia. La decisión de inmediato fue criticada por organizaciones sociales y asociaciones campesinas que aseguraban que el trámite virtual dejaba por fuera a las personas que iban a ser afectadas de manera más directa por el regreso del herbicida: las comunidades rurales.
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Fue en ese contexto que un grupo de campesinos en Nariño interpuso la acción de tutela el pasado 13 de mayo. Explicaron, por ejemplo, que “con las actuales condiciones generadas por la emergencia, y con los decretos de aislamiento preventivo, que de momento se han prolongado hasta el 25 de mayo, es imposible que las comunidades afectadas por la retoma del proyecto de fumigación aérea, podamos reunirnos para deliberar, y manifestar nuestro punto de vista y hacer exigencias y aportes en la Audiencia”. Y agregaron: “lo único que harán es decirnos lo que van a hacer, sin que se tengan en cuenta nuestras condiciones reales, y sin que podamos manifestar, como conocedores del territorio, la situación personal, comunitaria, social y geográfica”.
La jueza primera de familia admitió la tutela, pero mientras la estudia y toma una decisión, ordenó suspender la realización de la audiencia pública virtual. “Lo anterior, ante la inminencia de un perjuicio irremediable, pues de no suspenderse la mencionada determinación, ante la cercanía de la fecha de la audiencia, esto es en aproximadamente dos semanas, probablemente la audiencia ambiental se realice en las condiciones inconstitucionales el 27 de mayo, tornando inocua lo eventual protección de los derechos fundamentales invocados”, explicó en el auto, conocido por El Espectador.
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Justo este lunes, 88 organizaciones sociales radicaron otra acción de tutela pidiendo lo mismo: que se le ordene a la ANLA suspender la realización de esta audiencia. “La ANLA se escuda en la pandemia, incurriendo en un exceso de la potestad reglamentaria, desconociendo que la audiencia pública ambiental de carácter ‘virtual’ no se encuentra autorizada por la ley, contraviene varias de las disposiciones legales sobre la forma en que debe celebrarse la audiencia pública ambiental”, dice esta segunda demanda.