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                                                                                                                                Organizaciones buscan extender la vigencia de la Ley de Víctimas con una demanda

                                                                                                                                El Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado y el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” pidieron a la Corte Constitucional que se reabra el registro de víctimas.

                                                                                                                                Redacción Judicial

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Las organizaciones sociales demandaron los artículos 155 y 208 de la ley 1448 de 2011, para que también sea reabierto el registro de inscripción de víctimas, alegando que la ley solo permitió hacerlo hasta el año 2015, cuando se cumplieron los primeros cuatro años de dicha Ley. En la demanda se explica que, aunque es posible, alegar fuerza mayor si se fue víctima de amenazas, hay personas que tampoco alcanzaron a hacerlo.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                El objeto de la demanda es que “todas las víctimas puedan hacer su declaración para que estas accedan a la reparación administrativa”. En su criterio, es un deber del Estado que se reabra el registro porque con la reforma constitucional que creó el Sistema Integral se habría excluido “la reparación material a las víctimas de crímenes de Estado”.

                                                                                                                                (Le puede interesar: Razones para que la Ley de Víctimas tenga vida después de 2021)

                                                                                                                                Ya sobre la vigencia, la demanda asegura que la validez de diez años de la ley es insuficiente para reparar a las víctimas, si se tiene en cuenta el Acuerdo Final de Paz se mantendrá intacto por cuatro periodos presidenciales completos. Para las organizaciones, el plazo se convierte en la práctica en “una renuncia al deber estatal de reparar a las víctimas contrario al cumplimiento del Acuerdo de Paz”.

                                                                                                                                La Ley de Víctimas se firmó en 2011. / Archivo El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Las organizaciones sociales demandaron los artículos 155 y 208 de la ley 1448 de 2011, para que también sea reabierto el registro de inscripción de víctimas, alegando que la ley solo permitió hacerlo hasta el año 2015, cuando se cumplieron los primeros cuatro años de dicha Ley. En la demanda se explica que, aunque es posible, alegar fuerza mayor si se fue víctima de amenazas, hay personas que tampoco alcanzaron a hacerlo.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                El objeto de la demanda es que “todas las víctimas puedan hacer su declaración para que estas accedan a la reparación administrativa”. En su criterio, es un deber del Estado que se reabra el registro porque con la reforma constitucional que creó el Sistema Integral se habría excluido “la reparación material a las víctimas de crímenes de Estado”.

                                                                                                                                (Le puede interesar: Razones para que la Ley de Víctimas tenga vida después de 2021)

                                                                                                                                Ya sobre la vigencia, la demanda asegura que la validez de diez años de la ley es insuficiente para reparar a las víctimas, si se tiene en cuenta el Acuerdo Final de Paz se mantendrá intacto por cuatro periodos presidenciales completos. Para las organizaciones, el plazo se convierte en la práctica en “una renuncia al deber estatal de reparar a las víctimas contrario al cumplimiento del Acuerdo de Paz”.

                                                                                                                                Por Redacción Judicial

                                                                                                                                Temas recomendados:

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