Organizaciones buscan extender la vigencia de la Ley de Víctimas con una demanda
El Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado y el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” pidieron a la Corte Constitucional que se reabra el registro de víctimas.
Redacción Judicial
Desde que nació la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, en el 2011, han sido registradas como tal 8.185.305 personas. Según la Unidad de Víctimas, se trata del 17.6 % de la población colombiana. De estas, 6.5 millones, son víctimas de desplazamiento forzado. Este martes, el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado y el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” pidieron a la Corte Constitucional ampliar la vigencia de la ley que, por el momento, va hasta el 2021.
Las organizaciones sociales demandaron los artículos 155 y 208 de la ley 1448 de 2011, para que también sea reabierto el registro de inscripción de víctimas, alegando que la ley solo permitió hacerlo hasta el año 2015, cuando se cumplieron los primeros cuatro años de dicha Ley. En la demanda se explica que, aunque es posible, alegar fuerza mayor si se fue víctima de amenazas, hay personas que tampoco alcanzaron a hacerlo.
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“Sin embargo, miles de víctimas de crímenes de Estado no se registraron por miedo o desconfianza en las instituciones estatales, y sólo hasta ahora van a ser escuchadas dentro del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que incluye la Comisión de la Verdad, la Unidad de Búsqueda y la JEP, recién creadas por el Acuerdo Final de Paz”, señalaron las organizaciones en un comunicado.
El objeto de la demanda es que “todas las víctimas puedan hacer su declaración para que estas accedan a la reparación administrativa”. En su criterio, es un deber del Estado que se reabra el registro porque con la reforma constitucional que creó el Sistema Integral se habría excluido “la reparación material a las víctimas de crímenes de Estado”.
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Ya sobre la vigencia, la demanda asegura que la validez de diez años de la ley es insuficiente para reparar a las víctimas, si se tiene en cuenta el Acuerdo Final de Paz se mantendrá intacto por cuatro periodos presidenciales completos. Para las organizaciones, el plazo se convierte en la práctica en “una renuncia al deber estatal de reparar a las víctimas contrario al cumplimiento del Acuerdo de Paz”.
Desde que nació la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, en el 2011, han sido registradas como tal 8.185.305 personas. Según la Unidad de Víctimas, se trata del 17.6 % de la población colombiana. De estas, 6.5 millones, son víctimas de desplazamiento forzado. Este martes, el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado y el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” pidieron a la Corte Constitucional ampliar la vigencia de la ley que, por el momento, va hasta el 2021.
Las organizaciones sociales demandaron los artículos 155 y 208 de la ley 1448 de 2011, para que también sea reabierto el registro de inscripción de víctimas, alegando que la ley solo permitió hacerlo hasta el año 2015, cuando se cumplieron los primeros cuatro años de dicha Ley. En la demanda se explica que, aunque es posible, alegar fuerza mayor si se fue víctima de amenazas, hay personas que tampoco alcanzaron a hacerlo.
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“Sin embargo, miles de víctimas de crímenes de Estado no se registraron por miedo o desconfianza en las instituciones estatales, y sólo hasta ahora van a ser escuchadas dentro del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que incluye la Comisión de la Verdad, la Unidad de Búsqueda y la JEP, recién creadas por el Acuerdo Final de Paz”, señalaron las organizaciones en un comunicado.
El objeto de la demanda es que “todas las víctimas puedan hacer su declaración para que estas accedan a la reparación administrativa”. En su criterio, es un deber del Estado que se reabra el registro porque con la reforma constitucional que creó el Sistema Integral se habría excluido “la reparación material a las víctimas de crímenes de Estado”.
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Ya sobre la vigencia, la demanda asegura que la validez de diez años de la ley es insuficiente para reparar a las víctimas, si se tiene en cuenta el Acuerdo Final de Paz se mantendrá intacto por cuatro periodos presidenciales completos. Para las organizaciones, el plazo se convierte en la práctica en “una renuncia al deber estatal de reparar a las víctimas contrario al cumplimiento del Acuerdo de Paz”.