Palacio de Justicia: ordenan la captura de coronel (r) Edilberto Sánchez
El coronel en retiro está condenado a 40 años de prisión por la desaparición forzada de Irma Franco Pineda, Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández, durante la toma y retoma del Palacio de Justicia, ocurridas entre el 6 y 7 de noviembre de 1985.
Un juez de Bogotá ordenó la captura del coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano, quien fue comandante de Inteligencia del Ejército y condenado a 40 años de prisión, al ser declarado responsable en la desaparición forzada de Irma Franco Pineda, Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández, durante la toma y retoma del Palacio de Justicia, ocurridas entre el 6 y 7 de noviembre de 1985. La decisión también cobija a los exmilitares condenados, en esa misma decisión, Óscar William Vásquez, Antonio Rubay Jiménez, Luis Fernando Nieto y Ferney Ulmardín Causayá Peña.
Lea además: Palacio de Justicia: la verdad de los militares, cada vez más débil
La decisión, que está consignada en un documento de tres páginas, la tomó el juzgado 49 penal del circuito de Bogotá, al negar una petición presentada por la defensa del sargento Luis Fernando Nieto, de no expedir la orden de captura en su contra por haberse sometido a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Esta solicitud fue estudiada por el juzgado en contra de todos los sentenciados. La conclusión fue ordenar la captura contra todos ellos. En primer lugar, porque encontró que Edilberto Sánchez Rubiano y Antonio Rubay Jiménez no tienen solicitudes en la JEP. “Revisado el Sistema de gestión Documental de la Entidad, al momento de realizar la consulta, no se evidenció suscripción de acta de sometimiento; así como tampoco información relacionada con trámites en los que figuren los nombres anteriormente referidos”, dice la decisión del juzgado.
Lea: Palacio de Justicia: este es el presente judicial de un holocausto sin olvido
Por su parte, frente a Luis Fernando Nieto, el juzgado encontró que, si bien realizó la solicitud de sometimiento para ser acogido por la JEP y suscribió un acta de sometimiento, “ello que no implica la suspensión de la orden de captura, por cuanto a la fecha no ha suscrito acta de compromiso, es decir, no ha sido formalmente aceptado por la Jurisdicción Especial para la Paz”, dice la decisión. Este mismo escenario aplica para Óscar William Vásquez y Ferney Ulmardín Causayá Peña.
Condena
El pasado 16 de marzo la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 40 años de prisión contra el coronel en retiro Edilberto Sánchez Rubiano, el entonces capitán Óscar William Vásquez Rodríguez, Antonio Rubay Jiménez, Luis Fernando Nieto y Ferney Ulmardín Causayá Peña por su responsabilidad en la desaparición forzada de Irma Franco, Carlos Augusto Rodríguez y Bernardo Beltrán Hernández
Para la Corte, en este proceso quedó establecido que “la desaparición forzada de los que fueron catalogados como insurgentes o colaboradores de estos, como aconteció con Irma Franco Pineda, Carlos Rodríguez y Bernardo Beltrán, se gestó desde el momento mismo en que los mandos superiores de la autoridad castrense dispusieron la retención de los sospechosos, de inmediato sustraídos del conocimiento público o de sus familiares, pues, no se les registró como ingresados y después de abandonar la Casa del Florero, bajo la férula de disposición y dominio de las Fuerzas Militares, jamás retornaron ni se supo su suerte”.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Un juez de Bogotá ordenó la captura del coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano, quien fue comandante de Inteligencia del Ejército y condenado a 40 años de prisión, al ser declarado responsable en la desaparición forzada de Irma Franco Pineda, Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández, durante la toma y retoma del Palacio de Justicia, ocurridas entre el 6 y 7 de noviembre de 1985. La decisión también cobija a los exmilitares condenados, en esa misma decisión, Óscar William Vásquez, Antonio Rubay Jiménez, Luis Fernando Nieto y Ferney Ulmardín Causayá Peña.
Lea además: Palacio de Justicia: la verdad de los militares, cada vez más débil
La decisión, que está consignada en un documento de tres páginas, la tomó el juzgado 49 penal del circuito de Bogotá, al negar una petición presentada por la defensa del sargento Luis Fernando Nieto, de no expedir la orden de captura en su contra por haberse sometido a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Esta solicitud fue estudiada por el juzgado en contra de todos los sentenciados. La conclusión fue ordenar la captura contra todos ellos. En primer lugar, porque encontró que Edilberto Sánchez Rubiano y Antonio Rubay Jiménez no tienen solicitudes en la JEP. “Revisado el Sistema de gestión Documental de la Entidad, al momento de realizar la consulta, no se evidenció suscripción de acta de sometimiento; así como tampoco información relacionada con trámites en los que figuren los nombres anteriormente referidos”, dice la decisión del juzgado.
Lea: Palacio de Justicia: este es el presente judicial de un holocausto sin olvido
Por su parte, frente a Luis Fernando Nieto, el juzgado encontró que, si bien realizó la solicitud de sometimiento para ser acogido por la JEP y suscribió un acta de sometimiento, “ello que no implica la suspensión de la orden de captura, por cuanto a la fecha no ha suscrito acta de compromiso, es decir, no ha sido formalmente aceptado por la Jurisdicción Especial para la Paz”, dice la decisión. Este mismo escenario aplica para Óscar William Vásquez y Ferney Ulmardín Causayá Peña.
Condena
El pasado 16 de marzo la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 40 años de prisión contra el coronel en retiro Edilberto Sánchez Rubiano, el entonces capitán Óscar William Vásquez Rodríguez, Antonio Rubay Jiménez, Luis Fernando Nieto y Ferney Ulmardín Causayá Peña por su responsabilidad en la desaparición forzada de Irma Franco, Carlos Augusto Rodríguez y Bernardo Beltrán Hernández
Para la Corte, en este proceso quedó establecido que “la desaparición forzada de los que fueron catalogados como insurgentes o colaboradores de estos, como aconteció con Irma Franco Pineda, Carlos Rodríguez y Bernardo Beltrán, se gestó desde el momento mismo en que los mandos superiores de la autoridad castrense dispusieron la retención de los sospechosos, de inmediato sustraídos del conocimiento público o de sus familiares, pues, no se les registró como ingresados y después de abandonar la Casa del Florero, bajo la férula de disposición y dominio de las Fuerzas Militares, jamás retornaron ni se supo su suerte”.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.