Paro Nacional: Se ordena suspender uso de “Venom” durante las protestas en Popayán
El Juzgado 10 Administrativo de Popayán ordenó a la Policía Nacional la suspensión inmediata del lanzador “Venom” usado por el Esmad durante las protestas del paro nacional.
El dispositivo “Venom” del Esmad no va más en Popayán (Cauca). Así lo ordenó el Juzgado 10 Administrativo de la ciudad, en respuesta a la acción de tutela presentada por Andrés Mauricio Niño y Carlos Esteban Amaya Becerra, quienes solicitaron se ampararan los derechos fundamentales a la vida, integridad física y personal, convivencia pacífica, la paz, la salud y el medio ambiente. Según los accionantes, estos derechos se estaban viendo vulnerados por la Policía Metropolitana de Popayán y el Esmad.
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Jenny Ximena Cuetia, jueza firmante, ordenó que “suspendan de manera inmediata el uso del lanzador múltiple eléctrico denominado Venom en la ciudad de Popayán, en cualquier espacio”. También se le ordenó al alcalde de Popayán, Juan Carlos López Castellón, supervisar y garantizar que la Policía Metropolitana de Popayán no haga uso del lanzador múltiple eléctrico.
Sin embargo, la prohibición de este dispositivo es temporal y podrá ser usado nuevamente cuando la Policía Metropolitana de Popayán y el Esmad cumplan con una serie de recomendaciones estipuladas en el documento. La primera de las sugerencias hechas por la jueza Cuetia es la elaboración de un protocolo para el correcto uso del dispositivo, el cual no podrá ser disparado desde el suelo sino desde un trípode para que así no sea disparado directamente a la humanidad de los manifestantes.
Adicionalmente, los miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios de Popayán que pretendan usar el dispositivo, deberán recibir una capacitación y ser acreditadas como personas idóneas para su manipulación y uso a la hora de tener que dispersar grupos de personas en manifestaciones. Cabe aclarar que tanto la capacitación como la creación del protocolo deberán ser acordes al Derecho Internacional Humanitario.
Igualmente, la jueza pidió a la Personería Municipal de Popayán, la Procuraduría Regional del Cauca y a la Defensoría del Pueblo Regional del Cauca, que en su calidad de organismos de control, verifiquen el cumplimiento de su orden hasta que se lleven a cabo sus exigencias, primordialmente el no uso del dispositivo Venom en la Capital del Cauca.
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La decisión tomada en Popayán llega durante las jornadas de protestas por el paro nacional iniciadas el 28 de abril, día desde el cual organizaciones defensoras de DD.HH han denunciado abusos y excesos por parte de la fuerza pública en distintas partes del país. Dichas denuncias han llegado a organismos internacionales y han pedido explicaciones al ministro de Defensa, Diego Molano, por el uso indiscriminado de la fuerza, incluido el uso de “Venom”.
El dispositivo “Venom” del Esmad no va más en Popayán (Cauca). Así lo ordenó el Juzgado 10 Administrativo de la ciudad, en respuesta a la acción de tutela presentada por Andrés Mauricio Niño y Carlos Esteban Amaya Becerra, quienes solicitaron se ampararan los derechos fundamentales a la vida, integridad física y personal, convivencia pacífica, la paz, la salud y el medio ambiente. Según los accionantes, estos derechos se estaban viendo vulnerados por la Policía Metropolitana de Popayán y el Esmad.
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Sin embargo, la prohibición de este dispositivo es temporal y podrá ser usado nuevamente cuando la Policía Metropolitana de Popayán y el Esmad cumplan con una serie de recomendaciones estipuladas en el documento. La primera de las sugerencias hechas por la jueza Cuetia es la elaboración de un protocolo para el correcto uso del dispositivo, el cual no podrá ser disparado desde el suelo sino desde un trípode para que así no sea disparado directamente a la humanidad de los manifestantes.
Adicionalmente, los miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios de Popayán que pretendan usar el dispositivo, deberán recibir una capacitación y ser acreditadas como personas idóneas para su manipulación y uso a la hora de tener que dispersar grupos de personas en manifestaciones. Cabe aclarar que tanto la capacitación como la creación del protocolo deberán ser acordes al Derecho Internacional Humanitario.
Igualmente, la jueza pidió a la Personería Municipal de Popayán, la Procuraduría Regional del Cauca y a la Defensoría del Pueblo Regional del Cauca, que en su calidad de organismos de control, verifiquen el cumplimiento de su orden hasta que se lleven a cabo sus exigencias, primordialmente el no uso del dispositivo Venom en la Capital del Cauca.
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