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Parque del Cocuy también será administrado por indígenas: los U’wa ganan demanda

Así lo determinó la Corte Interamericana de Derechos Humanos., tras analizar la demanda del pueblo indígena ubicado en inmediaciones del Cocuy y otras zonas del oriente nacional. Asimismo, el tribunal internacional reconoció los derechos a la autonomía indígena de los U’wa y el Estado deberá ofrecerle excusas públicas.

20 de diciembre de 2024 - 08:06 p. m.
La Guardia Indígena en el Parque Nacional Natural Nevado del Cocuy.
La Guardia Indígena en el Parque Nacional Natural Nevado del Cocuy.
Foto: Guardia Indígena
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Este 20 de diciembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional de Colombia por la violación de distintos derechos del pueblo indígena U’wa, ubicado en las inmediaciones de la Sierra Nevada del Cocuy y en otros departamentos del oriente nacional. Según halló la Corte Interamericana, Colombia ha fallado sistemáticamente en proteger los derechos a la propiedad colectiva, consulta previa, libertad de expresión, participación en la vida cultural y garantías judiciales, de un pueblo que demandó, desde los noventa, que no se sienten escuchados por los organismos del Estado.

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Los U’wa denuncian que no les han garantizado su derecho a la oposición ante megaproyectos de infraestructura de hidrocarburos y gas natural que están ubicados en su territorio. Por ejemplo, en Cubará (Boyacá), donde está el Resguardo Unido U’wa, está ubicada la planta de gas Gibraltar, que abastece de ese servicio a toda Bucaramanga y municipios de la región. Además, por su territorio pasa el oleoducto Caño Limón-Coveñas, constantemente atacado por grupos armados, generando afectaciones al medio ambiente y a la comunidad en general. Una de las peticiones más profundas era la de administrar el Parque Nacional Nevado del Cocuy, ya que consideran esta formación montañosa como su más sagrada deidad.

La Corte Interamericana emitió distintas órdenes contra Colombia, entre ellas garantizar la autonomía indígena sobre la región U’wa y la comunicación de unas excusas públicas por haber fallado, incluso, en los procesos de consulta previa que antecedieron la puesta en marcha de los proyectos de gas e hidrocarburos. Además, entre las órdenes más importantes está que el Estado deberá involucrar al pueblo U’wa en la administración y conservación en la zona de traslape del Parque Nacional Nevado del Cocuy, de forma que su cosmovisión sea considerada y que existan beneficios tangibles para los indígenas.

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“En ese sentido, el Estado deberá organizar una mesa de concertación con los representantes del Pueblo U’wa para acordar su forma de participación en la administración y conservación del área de traslape del Parque Nacional Nevado del Cocuy, incluyendo su participación en el Plan Básico de Manejo del parque, así como los beneficios que recibirá por las actividades que se realizan en el parque”, se lee en la sentencia de la Corte Interamericana. La zona es administrada por el sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia, que ha visto, como mecanismos de presión para el diálogo con el Estado, que los U’wa se toman ciertas entradas, denunciando que las actividades turísticas afectan el medio ambiente del lugar.

Los U’wa alegan que el Parque Nacional Nevado del Cocuy se encuentra dentro del territorio del Resguardo, por lo que el pueblo sería el propietario de esas tierras. Además, que el hecho de que la administración de la zona esté en manos del Estado constituye una limitación al ejercicio de su autonomía y autogobierno sobre su territorio. Según la información presentada por Colombia, existe un traslape entre el área cubierta por el parque y el resguardo en aproximadamente 135.000 hectáreas. Desde 2014, los U’wa se han negado insistentemente a coadministrar el parque, al considerar que son ellos quienes tienen el conocimiento tradicional para cuidarlo.

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La Corte Interamericana señaló que existe una compatibilidad entre las áreas naturales protegidas por los Estados y el derecho de los pueblos indígenas en la protección de los recursos naturales sobre sus territorios. De hecho, que los pueblos, por su interrelación con la naturaleza y formas de vida, pueden contribuir de manera relevante en dicha conservación. Sin embargo, la Corte halló que, a pesar de que se han expedido normativas para garantizar el derecho de los U’wa, la coadministración no ha sido constante y permanente, sino que ha sido resultado de convenios y acuerdos esporádicos.

“Además, que el Estado ha adoptado decisiones que afectan la forma en que se realizan las acciones de conservación del área de traslape entre el Parque Nacional Nevado del Cocuy y el Resguardo U’wa, donde no existen elementos que demuestren participación alguna por parte del Pueblo U’wa (...) la Corte recuerda que los Estados tienen la obligación de garantizar la participación efectiva de los pueblos indígenas en la administración de las áreas naturales protegidas, en virtud de sus derechos a la propiedad colectiva y la participación en los asuntos públicos, de forma que se vean beneficiados por dicha protección estatal”, explicó la Corte Interamericana.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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