Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Por orden del Consejo de Estado, el Ministerio de Defensa deberá pagar la conocida mesada 14, al encontrar infundada una medida cautelar que había suspendido el pago de ese rubro a los pensionados de la fuerza pública.
En junio pasado, el ministro de esta cartera, Iván Velásquez anunció que iba a seguir realizando el pago de esa mesada adicional de mitad de año para jubilados de la fuerza pública, al considerarlo “jurídicamente improcedente”.
(En contexto: No habrá mesada 14 para pensionados de la Fuerza Pública: Mindefensa)
El ministro se refería a que, en julio de 2021, el Consejo de Estado había ordenado unas medidas cautelares que prohibían al gobierno pagar más de 13 mesadas al año. Sin embargo, hoy esa misma alta corte recovó esas medidas cautelares, despejando el camino para que el Ministerio le pague la mesada 14 a los jubilados del Ejército, la Policía y las otras entidades de la fuerza pública.
Ahora, el ministro Velázquez celebró él mismo la decisión del Consejo de Estado. Además, anunció que, partir de ahora, en la cartera de Defensa se seguirán llevando a cabo todas las gestiones necesarias, para realizar el mencionado pago prontamente a los cerca de 14.000 veteranos.
Una buena noticia para todos los veteranos de la Fuerza Pública: el Consejo de Estado acaba de notificar la revocatoria de la medida cautelar que suspendió el pago de la mesada 14. pic.twitter.com/vO1jT3SKos
— Iván Velásquez Gómez (@Ivan_Velasquez_) July 12, 2023
¿Qué es la mesada 14?
La conocida como mesada 14, es un pago adicional que reciben los veteranos del Ejército, la Policía y demás entidades de la fuerza pública. Se le denomina así porque es la mesada número 14 que reciben estos pensionados en el año, después de las 13 a las que tienen derecho por ley.
(Lea también: Mesada 14 para pensionados: ¿quiénes tienen derecho a recibirla y cuándo?)
Además de los veteranos, ¿Quiénes tienen derecho a la mesada 14?
La mesada 14 tiene una vigencia temporal limitada y unas condiciones que reducen su ámbito de aplicación personal en relación con los pensionados que tienen derecho a su reconocimiento y pago. Así, quienes a día de hoy reciben este pago son aquellos que causaron el derecho mientras estuvo vigente:
- Aquellas personas que se pensionaron antes del 25 de julio de 2005 y su pensión no excedía de 15 salarios mínimos mensuales.
- Aquellas personas que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011 y su pensión no excedía de 3 salarios mínimos.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.