Pese a estar prohibido, Fiscalía ha hecho preacuerdos en casos de feminicidios

Así lo asegura un informe de ONU Mujeres y la Universidad Nacional, que analizó avances y retrocesos en la aplicación de la Ley Rosa Elvira Cely, que entró en vigencia hace dos años y medio.

Redacción Judicial
01 de diciembre de 2017 - 10:52 p. m.
Mauricio Alvarado - El Espectador
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Aunque está prohibido llegar a preacuerdos en los casos de feminicidios, la Fiscalía los ha realizado en varias ocasiones, lo que ha derivado en la reducción indebida de las penas de los condenados. Así lo concluye un informe de ONU Mujeres y la Universidad Nacional, que se dio a la tarea de analizar los avances y los retrocesos en la aplicación de la ley Rosa Elvira Cely, con la que se tipificó el delito de feminicidio y endureció el castigo para quien mate a una mujer por el hecho de ser mujer.

El documento, revelado este viernes, asegura que, por ejemplo, jueces de conocimiento de Tuluá (Valle) y Medellín (Antioquia) avalaron los preacuerdos entre los procesados y la Fiscalía, cuando debieron considerarlos ilegales.  El primer caso en el que hay evidencia de que se llegó a un preacuerdo, pese a estar prohibido, es el del feminicidio de una joven de 14 años en Valle. Jairo Herrera, de 27 años, fue el agresor y recibió una condena a 32 años y 3 meses de prisión por este delito en concurso con el de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego. La madre de la menor relató después que el sujeto la maltrataba constantemente, y abusaba de ella sexualmente, por lo que había decidido separarse de él.

Antes de la audiencia de acusación, Herrera preacordó con la Fiscalía declararse como responsable, y aceptar cargos. A cambio, el ente investigador solicitó una pena de 375 meses de prisión, es decir, una reducción del 25%. El juzgado 1 penal del circuito con funciones de conocimiento de Tuluá le dio el visto bueno al convenio.

Luego está el caso de Nancy de Jesús Muñoz, asesinada por su expareja Miguel Flórez Gaviria en Medellín. Antes de eso, ella ya era víctima de violencia física y psicología por parte de su agresor. La acosaba telefónicamente desde que decidió terminar la relación afectiva.  En el proceso, la Fiscalía presentó a un juez un preacuerdo en el que se cambiaba la calificación jurídica de feminicidio por homicidio agravado.

Ante la negativa del juez, el ente investigador volvió a presentar otro preacuerdo en el que el procesado aceptaba su responsabilidad penal por el delito de feminicidio agravado, pero se le ofrecía a cambio un descuento de la pena de 458 meses de cárcel. A esto último la justicia dijo que sí.

La investigación de ONU Mujeres y la Universidad Nacional analizó los estados de los procesos por feminicidio del 6 de julio de 2015 al 30 de abril de 2016. “Todos [los feminicidios] tienen en común que las mujeres son usables, prescindibles, maltratables y desechables. Y, desde luego, todos coinciden en su infinita crueldad y son, de hecho, crímenes de odio contra las mujeres”, afirma el documento.

El reporte de cifras nacionales fue uno de los obstáculos a los que se enfrentaron las investigadoras del estudio. Un año después la aplicación de la Ley Rosa Elvira Cely, las entidades con competencias en la investigación y juzgamiento (Fiscalía y Consejo Superior de la Judicatura) “carecen de la información precisa que les permita establecer con exactitud el número de procesos penales en curso, las sentencias condenatorias y/o absolutorias que se han proferido, la instancia competente de adoptar la decisión, los recursos (apelación o casación) que están pendientes de decisión o que fueron fallados así como la instancia encargada de decidirlos”, se lee en el informe.

El ente investigador dice que, a julio de 2016, se encontraban 9 procesos con sentencia condenatoria por el delito de feminicidio en todo el país; 29 casos con escrito de acusación de los cuales, 6 con aceptación de cargos, 2 por preacuerdo y 21 por acusación directa, en imputación 44 procesos y en indagación 52 casos; para un total de 134 procesos.

La información que reporta la Fiscalía es insuficiente. No tiene las variables que permitan caracterizar los hechos de acuerdo con los elementos descriptivos del tipo penal, las circunstancias de agravación o establecer el perfil de las víctimas y victimarios, el lugar de los hechos, el número y tipo de heridas, entre otros. Por otra parte, no coincide con la información reportada por el Instituto Nacional de Medicina Legal y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario. De acuerdo con el Inpec, a la fecha se encuentran 36 hombres privados de la libertad en cumplimiento de las condenas impuestas por el delito de feminicidio en todo el país.

También señaló que en etapa de indagación por feminicidio existen 52 casos en el territorio nacional. Valle del Cauca concentra la mayoría: 30.

El Consejo Superior de la Judicatura tampoco cuenta con información sobre el número de sentencias por el delito de feminicidio. “La información reportada en el Sistema de Información Estadística de la Rama Judicial-SIEJU, por los funcionarios judiciales no tiene de manera desagregada el delito de feminicidio”, respondió la corporación a las investigadoras.

Por Redacción Judicial

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