Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
En Colombia, el fracking está suspendido por cuenta de una decisión del Consejo de Estado de finales de 2018, mientras se estudia de fondo una demanda contra las normas que lo avalaron. No obstante, en septiembre del año pasado ese alto tribunal aclaró que el Gobierno sí puede poner en marcha los Proyectos Piloto Integrales de Investigación (PPII), pensados como experimentos técnicos y científicos para evaluar, con datos concretos, si es posible hacer la actividad y que fueron una recomendación de la Comisión de Expertos que convocó el gobierno del presidente Iván Duque. Sin estar reglamentados, los pilotos ya están en la mira de la justicia.
(Lea también: El Fracking y su incertidumbre científica)
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó al Ministerio de Minas y Energía que tenga en cuenta recomendaciones científicas para la protección de acuíferos, entre otras, en la estructuración de esos pilotos. La decisión, que es del pasado 16 de enero, es crucial ya que desde diciembre de 2019 la cartera de Minas dio a conocer -para comentarios- el borrador del decreto que reglamenta los PPII. Y ahora el Gobierno tendrá que incluir los elementos técnicos que ordenó el Tribunal en el decreto que está próximo a salir. Si no lo hace, todo este asunto podría terminar de nuevo en los estrados judiciales.
¿Qué son los PPII? La Comisión de Expertos incluyó en el informe entregado al Gobierno la posibilidad de hacer unos proyectos piloto de investigación que permitan a las autoridades recoger información suficiente sobre los impactos de esta técnica de fracturamiento en yacimientos no convencionales de hidrocarburos, tanto para el ecosistema como para sociedad. Los datos son claves ya que, por el momento, y a la luz del principio de precaución, el fracking está suspendido porque no hay certeza de que no produce graves daños al medio ambiente y a la salud humana.
(En contexto: Consejo de Estado le abre la puerta a pruebas piloto de fracking)
Los pilotos, tal y como los planteó la Comisión, tienen tres etapas que se deberán ejecutarse máximo en dos años. Una para “adelantar diversas actividades relacionados con temas sociales, técnicos e institucionales” en relación con los posibles daños que implica el fracturamiento horizontal. Una que incluye hacer varios pilotos para analizar “aspectos técnicos, sociales e institucionales". Y otra para evaluar todo y verificar si se puede hacer fracking comercial. El proyecto de decreto lanzado por el Gobierno dice, entre otros, que las personas jurídicas (empresas) que actualmente tengan un acuerdo con la Agencia Nacional de Hidrocarburos para la exploración y explotación en cualquier tipo de yacimientos, podrán hacer exploración durante los PPII.
Igualmente, el borrador asegura que “los lugares específicos para la perforación de los pozos estarán sujetos a la expedición de la licencia ambiental”, cuyo proceso contará con una fase de estudios técnicos que podrán ser ordenados por la Autoridad Nacional de Licencias Ambiental. También dice que habrá líneas base en materia ambiental, de sismicidad, de salud y social, previo a la perforación de los pozos. Y establece un Comité Evaluador conformado por un delegado del presidente, por los ministros de Minas y Ambiente; y por dos “expertos independientes” también designados por el jefe de Estado.
(Le puede interesar: Denuncian a la Drummond y al Gobierno por "incumplir" prohibición de hacer fracking)
Ahora, la orden del Tribunal requiere al Gobierno para tener en cuenta varios asuntos. Primero, la protección de acuíferos subterráneos de posibles fracturas en la roca generadas por la técnica y que puedan entrar en contacto con fracturas preexistentes. Esa protección también deberá hacerse ante la posible “migración de fluidos a través de fallas geológicas que se extienden desde el yacimiento hasta la superficie” y porque es posible que los pozos fallen en su estructura. Igualmente, se incluye el escenario de “liberación del gas entrampado en el yacimiento no convencional y su paulatino ascenso por el medio poroso de las formaciones geológicas suprayacentes y fallas humanas o técnicas en el manejo de las facilidades en superficie del flowback y aguas de producción”.
Así mismo, el Tribunal ordenó considerar que no haya afectación a la salud por la emisión de material particulado; una relación de oferta y demanda hídrica de las actividades agropecuarias, domesticas e industriales en las áreas de influencia de los proyectos “en donde se proteja el caudal ecológico de las fuentes hídricas nominadas e innominadas de donde se realiza la captación”; una línea base en salud; “la no afectación química de los elementos usados en el compuesto de fractura y su inocuidad a la salud humana (y) un estudio que demuestre la distancia adecuada entre las zonas de realización de la actividad y la distancia de la vivienda al pozo de extracción no convencional”.
(Lea también: “Fracking”: la hora cero en el Consejo de Estado)
Estas recomendaciones las hizo el experto Luis Enrique Orduz de la Corporación Podión, en el marco de una acción popular que presentó el abogado Álvaro Díazgranados que busca suspender toda actividad de fracking hasta que haya certeza de que no hay riesgo medioambiental con su uso. Orduz presentó un escrito apoyando la demanda que pedía igualmente suspender “todas las licencias ambientales concedidas y contratos que se hayan suscrito que permiten o posibiliten actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales”. Aunque cursa desde 2018 en el Tribunal, apenas ahora esa corporación emitió un auto en el que da estas órdenes y ratifica la suspensión que hizo el Consejo de Estado de las normas que regulan el fracking mientras estudia de fondo una demanda que pretende su nulidad.
Expertos de Podión y de la Alianza Colombia Contra el Fracking le explicaron a este diario que la decisión que tome el Tribunal podría llegar a ser más amplia que la del Consejo de Estado, ya que en la alta corte solo se pretende la nulidad de un decreto y una resolución. En su criterio, la medida cautelar que incluye estas recomendaciones para los PPII también abre un debate sobre la forma como el Gobierno está construyendo su reglamentación sobre la cuál ya tienen varias críticas. Además, creen que en el borrador, el gobierno “será juez y parte”. “La normatividad debería tener la orden del Tribunal y las recomendaciones de la Comisión de Expertos como requisitos”, explicó Carlos Santiago de la Alianza.
(Le puede interesar: Drummond se defiende frente a señalamientos de que realiza fracking)
Las organizaciones critican que en el borrador del decreto no haya un llamado a la participación en centros científicos independientes y universidades para evaluar los resultados o para crear las líneas bases en materia ambiental, de sismicidad, de salud y social. Y que el Gobierno estaría delegando en un tercero, en empresas, que tienen intereses económicos, la realización de los pilotos. A estas críticas se sumó Juan Pablo Ruiz, miembro de la Comisión de Expertos, quien indicó en una columna de opinión en este diario, que los pilotos que se recomendaron no pueden volverse proyectos de exploración, como está planteado en el decreto. Por ahora el balón está en la cancha del Gobierno, bajo la lupa del Tribunal.