Política para superar crisis carcelaria debe estar en el Plan de Desarrollo: Corte
La Corte Constitucional instó al Gobierno para que en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) se implementen políticas públicas enfocadas a superar el estado de cosas inconstitucionales que decretó el alto tribunal al analizar la vulneración masiva de derechos de la población privada de la libertad.
Desde 1998, la Corte Constitucional llamó la atención sobre la vulneración masiva de derechos a la población privada de la libertad. Desde ese entonces, lo ha hecho reiteradamente en tres ocasiones. Hoy, 25 años después, el alto tribunal vuelve a hacer ese llamado. Esta vez será el Gobierno de Gustavo Petro el que deba implementar en su Plan Nacional de Desarrollo políticas públicas tendientes a superar la crisis carcelaria que ha sido catalogada como un estado de cosas inconstitucional por la Corte.
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En esta ocasión el llamado es claro: el Gobierno debe estudiar la posibilidad de incorporar en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Plan Nacional de Inversiones políticas que superen el estado de cosas inconstitucional en las diferentes cárceles del país y centro de detención transitoria. En pocas palabras, deben establecer un programa de acción concreto para que esa vulneración de derechos culmine durante los próximos años con el esquema financiero que sea necesario.
El auto de 28 páginas emitido este martes por la Corte Constitucional pide al Gobierno Petro que una vez se implemente el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Nacional de Inversiones informe al alto tribunal sobre las acciones que planea adelantar con entidades territoriales y objetivos a corto, mediano y largo plazo para superar esa situación. Del mismo modo, exhortó al Congreso para que estudie y tramite las propuestas del Gobierno que lleven a erradicar la crisis carcelaria.
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“Se hace necesario que la Corte Constitucional disponga que el Gobierno Nacional y el Congreso en el marco de las competencias constitucionales y legales que les son propias, diseñen, elaboren, adopten, implementen y ejecuten las acciones, decisiones, políticas o medidas legislativas y administrativas que sean necesarias, encaminadas a cumplir las órdenes proferidas hasta ahora por la Corte tendientes a superar los problemas estructurales que afectan al sistema penitenciario, carcelario y de los centros de detención transitoria que obligaron a declarar, reiterar y extender respectivamente el ECI”, dice el auto.
El nuevo llamado llegó por cuenta del análisis que hizo la Sala Especial de Seguimiento conformado por los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, Diana Fajardo y Paola Andrea Meneses en donde encontraron que pese a la intervención de algunas normas tendientes a superar la crisis aun persisten “bloqueos” que no permiten que la población privada de la libertad goce en pleno de sus derechos en el interior de los centros de reclusión. El alto tribunal llamó la atención porque, a su juicio, desde 2013, el Estado no ha tomado las medidas que permitan garantizar los derechos de la población privada.
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Cifras que reposan en el auto de la Corte dan cuenta que a diciembre del año pasado, la población privada de la libertad era de 98.469 personas. Es decir, una sobrepoblación de 17.321 personas, lo que representa un hacinamiento de hasta más del 21 %. A juicio de la Corte, la estadísticas se ven más críticas cuando se analizan los 20 establecimientos de reclusión del orden nacional (ERON) en donde se evidencia, por ejemplo, que en la cárcel La Paz, en Antioquia, el hacinamiento supera el 210 % con una población que excede las 1.100 personas cuando este tiene una capacidad de hasta 375 reclusos.
La situación en los centros de detención transitoria no es menor. La Corte evidenció que existen Unidades de Reacción Inmediata (Uri) con un hacinamiento que supera el 110 % teniendo a su cargo más de 1.800 personas cuando su capacidad no sobrepasa las 860. Lo mismo ocurre con algunos Centros de Atención Inmediata (CAI) donde deben soportar un hacinamiento de hasta el 280 % teniendo en cuenta que tienen en su poder 1026 personas recluidas y su capacidad es de máximo 270.
Lea: Así se llegó a la masiva violación de derechos en centros de detención transitoria
La violación masiva de derechos a la población carcelaria fue tema de debate durante el año pasado en la Corte, no solo porque se decretó el estado de cosas inconstitucionales en centros de detención transitoria, sino porque el propio alto tribunal realizó una audiencia pública a la que fueron citados miembros del actual Gobierno y no asistieron. La inasistencia generó molestia y desazón en los magistrados que presidieron la diligencia al punto que consideraron en suspenderla.
El magistrado Ibáñez, en ese entonces, llamó la atención porque se enviaron funcionarios a la diligencia que no tenían relación directa con la situación por lo que, a su juicio, no tenían el conocimiento para afrontar lo que decía el alto tribunal. En el auto emitido este martes el jurista volvió a traer a colación ese impase argumentando que hasta la fecha nada ha cambiado o mejorado.
Lea aquí: Corte declara estado de cosas inconstitucional en centros de detención transitoria
“Al analizar las respuestas verbales y escritas dadas en la sesión técnica del 21 de noviembre de 2022, tanto el Gobierno Nacional como las demás instituciones involucradas en el ECI, no han logrado formular una estrategia o plan de acción concreto para superar la vulneración de derechos y traducirla en una política pública”, dice el documento.
Esa situación llevó nuevamente a la Corte a hacer un llamado de atención que terminó en el exhorto al Gobierno y al Congreso a tomar cartas en el asunto para superar la crisis que aqueja al país hace más de 20 años. En este caso, la única salida viable para el alto tribunal es que el Gobierno tome las riendas de la situación vinculándola en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) que es la hoja de ruta que debe seguir el gobierno actual para tener un buen mandato.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Desde 1998, la Corte Constitucional llamó la atención sobre la vulneración masiva de derechos a la población privada de la libertad. Desde ese entonces, lo ha hecho reiteradamente en tres ocasiones. Hoy, 25 años después, el alto tribunal vuelve a hacer ese llamado. Esta vez será el Gobierno de Gustavo Petro el que deba implementar en su Plan Nacional de Desarrollo políticas públicas tendientes a superar la crisis carcelaria que ha sido catalogada como un estado de cosas inconstitucional por la Corte.
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En esta ocasión el llamado es claro: el Gobierno debe estudiar la posibilidad de incorporar en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Plan Nacional de Inversiones políticas que superen el estado de cosas inconstitucional en las diferentes cárceles del país y centro de detención transitoria. En pocas palabras, deben establecer un programa de acción concreto para que esa vulneración de derechos culmine durante los próximos años con el esquema financiero que sea necesario.
El auto de 28 páginas emitido este martes por la Corte Constitucional pide al Gobierno Petro que una vez se implemente el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Nacional de Inversiones informe al alto tribunal sobre las acciones que planea adelantar con entidades territoriales y objetivos a corto, mediano y largo plazo para superar esa situación. Del mismo modo, exhortó al Congreso para que estudie y tramite las propuestas del Gobierno que lleven a erradicar la crisis carcelaria.
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“Se hace necesario que la Corte Constitucional disponga que el Gobierno Nacional y el Congreso en el marco de las competencias constitucionales y legales que les son propias, diseñen, elaboren, adopten, implementen y ejecuten las acciones, decisiones, políticas o medidas legislativas y administrativas que sean necesarias, encaminadas a cumplir las órdenes proferidas hasta ahora por la Corte tendientes a superar los problemas estructurales que afectan al sistema penitenciario, carcelario y de los centros de detención transitoria que obligaron a declarar, reiterar y extender respectivamente el ECI”, dice el auto.
El nuevo llamado llegó por cuenta del análisis que hizo la Sala Especial de Seguimiento conformado por los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, Diana Fajardo y Paola Andrea Meneses en donde encontraron que pese a la intervención de algunas normas tendientes a superar la crisis aun persisten “bloqueos” que no permiten que la población privada de la libertad goce en pleno de sus derechos en el interior de los centros de reclusión. El alto tribunal llamó la atención porque, a su juicio, desde 2013, el Estado no ha tomado las medidas que permitan garantizar los derechos de la población privada.
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La situación en los centros de detención transitoria no es menor. La Corte evidenció que existen Unidades de Reacción Inmediata (Uri) con un hacinamiento que supera el 110 % teniendo a su cargo más de 1.800 personas cuando su capacidad no sobrepasa las 860. Lo mismo ocurre con algunos Centros de Atención Inmediata (CAI) donde deben soportar un hacinamiento de hasta el 280 % teniendo en cuenta que tienen en su poder 1026 personas recluidas y su capacidad es de máximo 270.
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La violación masiva de derechos a la población carcelaria fue tema de debate durante el año pasado en la Corte, no solo porque se decretó el estado de cosas inconstitucionales en centros de detención transitoria, sino porque el propio alto tribunal realizó una audiencia pública a la que fueron citados miembros del actual Gobierno y no asistieron. La inasistencia generó molestia y desazón en los magistrados que presidieron la diligencia al punto que consideraron en suspenderla.
El magistrado Ibáñez, en ese entonces, llamó la atención porque se enviaron funcionarios a la diligencia que no tenían relación directa con la situación por lo que, a su juicio, no tenían el conocimiento para afrontar lo que decía el alto tribunal. En el auto emitido este martes el jurista volvió a traer a colación ese impase argumentando que hasta la fecha nada ha cambiado o mejorado.
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“Al analizar las respuestas verbales y escritas dadas en la sesión técnica del 21 de noviembre de 2022, tanto el Gobierno Nacional como las demás instituciones involucradas en el ECI, no han logrado formular una estrategia o plan de acción concreto para superar la vulneración de derechos y traducirla en una política pública”, dice el documento.
Esa situación llevó nuevamente a la Corte a hacer un llamado de atención que terminó en el exhorto al Gobierno y al Congreso a tomar cartas en el asunto para superar la crisis que aqueja al país hace más de 20 años. En este caso, la única salida viable para el alto tribunal es que el Gobierno tome las riendas de la situación vinculándola en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) que es la hoja de ruta que debe seguir el gobierno actual para tener un buen mandato.
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