Ponencia en la Corte Constitucional comprometería futuro político de Gustavo Petro
El alto tribunal estudia una demanda que busca definir si todos los morosos del Estado, no solo Petro, pueden desempeñar cargos públicos. En el caso del excandidato presidencial, existe una multa suspendida en su contra que supera los $217.000 millones.
Redacción Judicial
Uno de los debates que rodearon la candidatura presidencial de Gustavo Petro estuvo relacionado con si el dirigente político podía aspirar y posesionarse -si fuera el caso-, ya que en el 2016 la Contraloría Distrital le impuso una multa de $217.000 millones y le embargó sus cuentas bancarias tras encontrarlo responsable fiscalmente por la reducción de las tarifas de Transmilenio. Aunque la campaña ya pasó, un debate en la Corte Constitucional podría afectar su futuro político.
Petro se posesionó como Senador tras perder en la contienda presidencial, como lo permitió el Estatuto de la Oposición. Actualmente, la multimillonaria multa impuesta en su contra fue suspendida por una orden que emitió el Tribunal Administrativo de Cundinamarca como medida provisional, mientras se estudia de fondo una acción judicial contra esa sanción. Entre tanto, la Corte se alista para fallar sobre una demanda que busca que la Corte defina si los morosos del Estado pueden ocupar cargos públicos.
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La demanda la presentó el abogado Dagoberto Quiroga Collazos en contra de un parágrafo artículo 38 de la ley 734 de 2002 y parcialmente la Ley 610 de 2000, que establecen como inhabilidad para desempeñar cargos públicos haber sido declarado responsable fiscalmente. La ponencia que estudia la Sala Plena pide que la norma se mantenga tal y como está, por lo cual, a futuro, Petro podría tener complicaciones en sus aspiraciones políticas si las multas en su contra se mantienen. El Espectador estableció que el proyecto de fallo contaría con los votos suficientes para ser aprobado.
En la demanda, el abogado Quiroga Collazos argumentó que “el derecho de acceder a la función pública tiene el carácter fundamental y su restricción solo es posible mediante una sanción de tipo penal o disciplinario”. Además, señaló que las contralorías no serían jueces o tribunales en sentido estricto. El caso está en manos de la magistrada Gloria Ortiz y podría tener directa implicación para todos aquellos que hayan sido objetos de una decisión de responsabilidad fiscal por parte de la Contraloría.
(Le puede interesar: ¿Gustavo Petro puede ser candidato?)
Uno de los debates que rodearon la candidatura presidencial de Gustavo Petro estuvo relacionado con si el dirigente político podía aspirar y posesionarse -si fuera el caso-, ya que en el 2016 la Contraloría Distrital le impuso una multa de $217.000 millones y le embargó sus cuentas bancarias tras encontrarlo responsable fiscalmente por la reducción de las tarifas de Transmilenio. Aunque la campaña ya pasó, un debate en la Corte Constitucional podría afectar su futuro político.
Petro se posesionó como Senador tras perder en la contienda presidencial, como lo permitió el Estatuto de la Oposición. Actualmente, la multimillonaria multa impuesta en su contra fue suspendida por una orden que emitió el Tribunal Administrativo de Cundinamarca como medida provisional, mientras se estudia de fondo una acción judicial contra esa sanción. Entre tanto, la Corte se alista para fallar sobre una demanda que busca que la Corte defina si los morosos del Estado pueden ocupar cargos públicos.
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La demanda la presentó el abogado Dagoberto Quiroga Collazos en contra de un parágrafo artículo 38 de la ley 734 de 2002 y parcialmente la Ley 610 de 2000, que establecen como inhabilidad para desempeñar cargos públicos haber sido declarado responsable fiscalmente. La ponencia que estudia la Sala Plena pide que la norma se mantenga tal y como está, por lo cual, a futuro, Petro podría tener complicaciones en sus aspiraciones políticas si las multas en su contra se mantienen. El Espectador estableció que el proyecto de fallo contaría con los votos suficientes para ser aprobado.
En la demanda, el abogado Quiroga Collazos argumentó que “el derecho de acceder a la función pública tiene el carácter fundamental y su restricción solo es posible mediante una sanción de tipo penal o disciplinario”. Además, señaló que las contralorías no serían jueces o tribunales en sentido estricto. El caso está en manos de la magistrada Gloria Ortiz y podría tener directa implicación para todos aquellos que hayan sido objetos de una decisión de responsabilidad fiscal por parte de la Contraloría.
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