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                                                                                                                                Ponencia en la Corte Constitucional revive las 16 curules de paz en el Congreso

                                                                                                                                El futuro de las curules de paz están en manos de la Corte Constitucional hace más de un año, luego de que el senador Roy Barreras presentara una acción de tutela para revivirlas en el legislativo.

                                                                                                                                Sala Plena Corte Constitucional
                                                                                                                                Foto: Corte Const
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La controversia de carácter político llegó al alto tribunal a través de una acción de tutela que presentó el senador luego de que, en 2017, en el Congreso de la República se hundió el proyecto de ley que tenía como iniciativa que las víctimas del conflicto tuvieran voz y voto en el legislativo. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la acción legal.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Le puede interesar: Corte Constitucional estudiará tutela que busca revivir las 16 curules de paz

                                                                                                                                En el convenio celebrado entre el actual magistrado y el Estado, tenía responsabilidades de asesoría al Alto Comisionado para la Paz y al equipo de negociadores, en la puesta en marcha del acuerdo sobre la participación política firmado en noviembre de 2013. Estos, entre otras obligaciones que cumplió Lizarazo lo apartaron de la revisión del documento que allegó Barreras, de ahí que este pasara al despacho del magistrado Alejandro Linares, quien con su postura le dio vida nuevamente a las curules en el Congreso.

                                                                                                                                Si bien la ponencia, hasta el momento es reservada, El Espectador conoció uno de los argumentos por los cuales Linares respaldó la iniciativa que salió del acuerdo de paz pactado entre el Gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos y el extinto grupo guerrillero de las Farc. El magistrado tuvo en cuenta el Acto Legislativo 2 de 2017 y la “buena fe”.

                                                                                                                                En ese caso, el ponente consideró que “los tratados deben ser formalmente acatados y cumplidos de buena fe, esto es, con la voluntad de hacerlos efectivos”. De ahí que considere que Colombia debe cumplir con sus obligaciones internacionales que tienen evidente sustento constitucional dado que la Carta Política señala que las actuaciones de las autoridades deben ceñirse a los postulados de la buena fe, norma que se aplica también a las relaciones internacionales.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                “Las razones que fueron puestas de presente en el debate parlamentario para no apoyar la reforma constitucional en comento, no son arbitrarias, ya que constituyen preocupaciones legítimas, como lo es el hecho de que la normatividad no tiene la vocación de reparar a las víctimas y, en cambio, facilita la captación de las curules por parte de sus victimarios”, reposa en el documento.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                El Ministerio Público precisó que el recurso de tutela tampoco cumple con el requisito de subsidiaridad, porque cuestiona una decisión de la Mesa Directiva del Senado de la República cuyo control de constitucionalidad y legalidad se tramita en la Sección Primera del Consejo de Estado.

                                                                                                                                Sala Plena Corte Constitucional
                                                                                                                                Foto: Corte Const
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La controversia de carácter político llegó al alto tribunal a través de una acción de tutela que presentó el senador luego de que, en 2017, en el Congreso de la República se hundió el proyecto de ley que tenía como iniciativa que las víctimas del conflicto tuvieran voz y voto en el legislativo. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la acción legal.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Le puede interesar: Corte Constitucional estudiará tutela que busca revivir las 16 curules de paz

                                                                                                                                En el convenio celebrado entre el actual magistrado y el Estado, tenía responsabilidades de asesoría al Alto Comisionado para la Paz y al equipo de negociadores, en la puesta en marcha del acuerdo sobre la participación política firmado en noviembre de 2013. Estos, entre otras obligaciones que cumplió Lizarazo lo apartaron de la revisión del documento que allegó Barreras, de ahí que este pasara al despacho del magistrado Alejandro Linares, quien con su postura le dio vida nuevamente a las curules en el Congreso.

                                                                                                                                Si bien la ponencia, hasta el momento es reservada, El Espectador conoció uno de los argumentos por los cuales Linares respaldó la iniciativa que salió del acuerdo de paz pactado entre el Gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos y el extinto grupo guerrillero de las Farc. El magistrado tuvo en cuenta el Acto Legislativo 2 de 2017 y la “buena fe”.

                                                                                                                                En ese caso, el ponente consideró que “los tratados deben ser formalmente acatados y cumplidos de buena fe, esto es, con la voluntad de hacerlos efectivos”. De ahí que considere que Colombia debe cumplir con sus obligaciones internacionales que tienen evidente sustento constitucional dado que la Carta Política señala que las actuaciones de las autoridades deben ceñirse a los postulados de la buena fe, norma que se aplica también a las relaciones internacionales.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                “Las razones que fueron puestas de presente en el debate parlamentario para no apoyar la reforma constitucional en comento, no son arbitrarias, ya que constituyen preocupaciones legítimas, como lo es el hecho de que la normatividad no tiene la vocación de reparar a las víctimas y, en cambio, facilita la captación de las curules por parte de sus victimarios”, reposa en el documento.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                El Ministerio Público precisó que el recurso de tutela tampoco cumple con el requisito de subsidiaridad, porque cuestiona una decisión de la Mesa Directiva del Senado de la República cuyo control de constitucionalidad y legalidad se tramita en la Sección Primera del Consejo de Estado.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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