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El extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), disuelto en 2011, a través de la ilegítima operación “Transmilenio” consiguió información personal de miembros del reconocido Centro de investigación y Educación Popular (Cinep). Los investigadores, apoyados por la Compañía de Jesús y empapados de un discurso en favor de una sociedad “más humana y equitativa”, fueron chuzados por el organismo de inteligencia estatal. Por tal razón, en dos instancias la justicia ha condenado al DAS a pagar los perjuicios producidos.
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La última instancia judicial fue resuelta por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual confirmó la sentencia del 24 de julio de 2019 ordenada por un juzgado de Bogotá. El resultado fue casi idéntico. El extinto DAS y la Nación fueron declarados responsables por los seguimientos ilegales a los investigadores del Cinep, quienes presentaron su denuncia ante las autoridades en 2011. Todo indica que fueron perseguidos por su labor como informadores y analistas del contexto colombiano, en temas como el conflicto, violencia, derechos humanos, desarrollo, movimientos sociales y educación popular.
La denuncia del Cinep se presentó una vez la Revista Semana hizo público el escándalo de las “chuzadas del DAS”, una gran operación del órgano estatal para recolectar ilegalmente información de periodistas, magistrados de las altas cortes, defensores de derechos humanos y líderes de la oposición al gobierno de turno, representado por Álvaro Uribe Vélez. Las chuzadas incluyeron interceptaciones sin orden judicial, grabación ilegal de conversaciones privadas, seguimiento encubierto, amenazas y hasta el envío de muñecas descuartizadas y coronas fúnebres con fines de intimidación.
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“Sostuvo que en los documentos que forman parte de la evidencia encontrada en las instalaciones del DAS por parte del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía, se halló una carpeta con el rótulo ‘CINEP’, construida en el marco de la operación ‘Transmilenio’, que reveló que la organización había sido ‘blanco’ de las actividades ilegales de inteligencia, en el marco de la identificación y seguimiento a las organizaciones defensoras de derechos humanos”, explicó el Tribunal sobre la denuncia del Cinep.
Se comprobó que fueron investigados ilegalmente los sacerdotes jesuitas Javier Giraldo Moreno, Alejandro Angulo Novoa, Mauricio García Durán, Gabriel Izquierdo Maldonado y otros miembros de la organización. Había registro fotográfico de sus actividades, identificación y se había establecido plenamente sus contactos y amistades. El DAS llegó a conocer la ubicación de la residencia de cada uno de ellos. La razón de ese seguimiento, según reza el expediente, era desacreditar la labor del Cinep, a través de “acusaciones realizadas por el gobierno de turno”.
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Durante el proceso, el Cinep explicó que altos funcionarios del DAS como los exdirectores Jorge Noguera y María del Pilar Hurtado fueron condenados penalmente por las chuzadas del órgano de seguridad. Que todas las hipótesis conducen a que, utilizando incluso Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), escarbaron información con el objetivo de deslegitimar a los blancos. En los procesos de defensa, señalaron que estaba dentro de sus funciones constitucionales hacer los seguimientos.
En el presente proceso, Fiduciaria La Previsora se presentó en defensa del DAS, en calidad de sucesor procesal de la extinta entidad. Apeló la decisión de primera instancia, pues consideró que “no se causó un daño a la demandante”, dado que no se vulneraron los derechos fundamentales del Cinep. Además, que las acciones individuales de los funcionarios del DAS no se le podrían atribuir a la organización del Estado. En conclusión, que su misionalidad no se veía opacada por las decisiones de unos cuantos.
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No obstante, el Tribunal no consideró lo mismo. El despacho judicial explicó que las maniobras del DAS “no corresponden a las atribuciones legales y constitucionales que se había otorgado, ni a las limitaciones previstas en la constitución respecto del derecho al buen nombre y la intimidad (…) los funcionarios no actuaron por razones personales, sino en ejercicio de sus labores públicas, con mobiliario de la entidad, recursos asignados y demás institucionalidad que les permitió llevar a cabo las labores de inteligencia sin autorización de autoridad competente”.
El Tribunal acogió la teoría de que la información obtenida ilegalmente sirvió al gobierno de Uribe Vélez: “se desprestigió a la organización (Cinep) y se le obligó a soportar acusaciones infundadas sobre los fines y existencia de la organización por parte del Gobierno de turno, lo que causó un menoscabo en bienes intangibles de este tipo de organización ciudadana que resulta contrario a los postulados de la constitución política y la democracia pluralista y deliberante”.
Así las cosas, el Cinep le ganó el segundo pulso judicial al extinto DAS. Este fue uno de los últimos argumentos del Tribunal: “Cuando una sociedad empieza a nutrirse de ideas y valores excluyentes y fanáticas que alimentan el desprecio por la condición humana y su fragilidad, su diversidad y pluralismo, tolerancia y respeto, los derechos y los deberes, pero no a través de formas abiertas y extravagantes sino sutiles y finas, como cualquier ciudadano o burócrata que se precia de ser cumplidor de sus deberes legales y morales, entonces, ha iniciado el camino de la destrucción de la democracia pluralista y participativa”, sentenció.
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