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Por muerte de manifestante, mayor de la Policía solo pagará multa de $18 millones

La decisión fue de la procuradora Olga Suárez, quien atribuyó responsabilidad al delegado para los Derechos Humanos de esa entidad, Javier Sarmiento. El sancionado es el mayor Carlos Javier Arenas, culpable de la muerte de un joven padre de familia en Madrid (Cundinamarca).

10 de julio de 2024 - 11:00 a. m.
Flor Araque, madre de Brayan Niño Araque, sosteniendo la foto de su hijo víctima de homicidio durante el paro nacional de 2021.
Flor Araque, madre de Brayan Niño Araque, sosteniendo la foto de su hijo víctima de homicidio durante el paro nacional de 2021.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

La procuradora de la Sala Segunda de Juzgamiento de la Procuraduría, Olga Liliana Suárez, acaba de firmar y publicar el fallo con el que Carlos Javier Arenas, mayor de la Policía activo, fue declarado disciplinariamente responsable de homicidio. Una decisión que la familia de la víctima, Brayan Niño Araque, esperaba desde el 1 de mayo de 2021, cuando desde una tanqueta antidisturbios le dispararon un proyectil de lanzagases de 40 mm en la cabeza. Un evento traumático el cual fracturó su cráneo y, al tiempo, una familia de Madrid (Cundinamarca) que ha clamado por justicia desde entonces. Por haber impactado directo en la cabeza a Niño, en un escenario de protesta violenta, avivado por aquel paro nacional, el mayor Arenas fue sancionado con una multa, una de las sanciones más leves posibles. Tendrá que pagar $18 millones.

Niño Araque era un padre de familia que acudió a la jornada de protestas desarrolladas en mayo de 2021, del paro nacional, que en Madrid terminó con una jornada violenta contra el CAI del barrio El Sosiego. Los manifestantes intentaron prender fuego a las instalaciones, por lo cual la Policía Metropolitana de Cundinamarca envió refuerzos. Desde Facatativá, el mayor Arenas acudió a El Sosiego en una tanqueta del Esmad, como supervisor de servicios de Policía. Era de noche. Una vez en el lugar, siendo el copiloto del vehículo, y como él mismo confesó ante la Justicia Penal Militar, disparó tres veces su arma lanzagases. Uno de esos disparos dio en la cabeza de Niño, quien falleció ese mismo día en un hospital de la zona. Tres años después, la Procuraduría emitió su fallo en primera instancia.

“Es terrible decirle a una mamá que lo único que va a pasar es que va la Procuraduría ordenó una multa y que el mayor Arenas va a seguir con su vida, con tranquilidad, cuando la familia está destruida. Esto finalmente marca que la Procuraduría trata de mantener la impunidad”, expresó la organización de derechos humanos DH Colombia, defensores de la familia de Niño. El Espectador consultó el fallo, el cual, aunque tiene fecha de junio pasado, no ha sido comunicado por la Procuraduría. En 80 páginas se explica que, según la prueba documental, como los informes de necropsia y de trayectoria de proyectil, definitivamente el mayor Arenas es responsable de la muerte y que él fue quien accionó el arma, de manera directa, haciendo caso omiso a su formación en protección de derechos humanos y manejo de protesta.

Si bien para la procuradora Suárez el mayor Arenas es culpable de una conducta considerada delito, encontró que no era su intención causar tal daño. En palabras del argot del derecho, no fue una conducta dolosa, sino culposa. Y esa fue una de las principales razones para determinar una de las sanciones más leves en derecho disciplinario, que solo es más severa que el llamado de atención. “El ciudadano citado no era un objetivo de lesión o de baja por parte del investigado y, en dicho sentido, ocurrió por imprudencia en circunstancias de extrema tensión (...) La visibilidad que tenía el disciplinado dentro de la tanqueta era mínima dado el grosor de los vidrios por el blindaje, las mallas de acero en las ventas y que era de noche(...) El actuar estaba orientado principalmente a disuadir a los manifestantes”, consideró la funcionaria del ente de control.

Sin embargo, la misma procuradora Suárez hizo un mea culpa en el fallo, explicando que “para el despacho y la sociedad en general es claro que la sanción a imponer puede parecer baja frente a la naturaleza de la falta cometida. Pero, en respeto del principio de congruencia, esta delegada respeta la calificación que se dio a la falta cometida, en la decisión de cargos”. Se refiere al llamado a juicio, o el pliego de cargos, contra Arenas. Un documento clave del expediente, de octubre de 2022, que está firmado por el mismísimo procurador delegado para los Derechos Humanos de Margarita Cabello, Javier Sarmiento. Uno de los alfiles de la actual administración, quien durante el gobierno de Iván Duque fue ministro encargado de la cartera de Justicia.

Pero, justamente ahí, la decisión se enreda. A pesar de que la procuradora Suárez aseguró haberse sentido maniatada por Sarmiento, en realidad este delegado consideró que el caso representa una “falta grave a título de culpa gravísima”. Lo que en el Código Disciplinario de la Policía y de la Procuraduría significa, como mínimo, suspensión e inhabilidad para ejercer cargos públicos. Sin embargo, la procuradora Suárez, en una controversia palpable al contrastar los documentos, señaló a Sarmiento de haber considerado el caso como una “falta grave cometida con culpa grave”, y de ahí que la sanción correspondiera a una multa. Una indemnización que, según las reglas del derecho disciplinario, ni siquiera será para la familia de Brayan Niño, sino para la misma Policía Nacional.

En el siguiente documento se evidencia, en principio, el señalamiento de la procuradora Suárez al pliego de cargos firmado por Sarmiento. Abajo, la real consideración del delegado para los Derechos Humanos sobre la falta del mayor Arenas:

Para DH Colombia, incluso, que el expediente determine una multa es ejemplo de una presunta defensa de la línea de mando, dado que el mayor Arenas es oficial y está activo en la Policía. Su señalamiento se basa en que, al hacer una comparación con decisiones recientes de la misma Procuraduría, se tiene que el pasado 5 de julio, un expatrullero del Esmad de Bogotá fue destituido y sancionado con inhabilidad de 18 años por un expediente similar, también del paro nacional. Se trata del patrullero Néstor Samuel Pacheco, quien “desbordó sus atribuciones y los límites establecidos en la ley, haciendo uso de las municiones letales de su dotación para controlar los disturbios, impactando así al ciudadano y finalmente causándole la muerte (en el pecho)”, señaló el Ministerio Público. La víctima fue Jaime Alfonso Fandiño, impactado en Usme, en junio de 2021.

La defensa del oficial Arenas ha insistido en que el homicidio se presentó en el marco de las actividades “propias del servicio” y que “se dio como último recurso bajo el principio de absoluta necesidad, y con la clara intención de defenderse de esa violencia injusta”. Por su parte, la representación de las víctimas presentará un recurso para llevar el caso a segunda instancia y lograr una sanción que consideren justa. Entre tanto, el mayor Arenas sigue activo, pero la Fiscalía lo tiene en juicio por el delito de homicidio, en calidad de dolo eventual. Es decir, sabiendo que podía causar un resultado fatal. Arenas sigue siendo funcionario público, está incorporado a la Policía y, si mañana lo necesitan para que atienda una protesta, podrá ser de nuevo copiloto de una tanqueta y disparar su arma lanzagases.

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jcote@elespectador.com

@SebasCote95

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Por Jhoan Sebastian Cote

Comunicador social con énfasis en periodismo y producción radiofónica de la Pontificia Universidad Javeriana. Formación como periodista judicial, con habilidades en cultura, deportes e historia. Creador de pódcast, periodismo narrativo y actualidad noticiosa.@SebasCote95jcote@elespectador.com

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El observador(92674)11 de julio de 2024 - 04:59 p. m.
la procuradora OLGA LILIANA SUAREZ, miente al descargar su prevaricadora decisión sobre los cargos formulados en la instrucción, desconoce por completo las facultades que le da el regimen disciplinario al juzgamiento frente a la instrucción, inclusive para devolver los cargos para ser reformulados. si esta en juzgamiento y desconoce la ley 1952, que pasará con el resto de la burocratica procuraduria que en menos de 6 meses nombró a mas de 1.200 profesionales sin ningun criterio profesional.
El observador(92674)11 de julio de 2024 - 04:43 p. m.
El manejo politico de la Procuraduria la ha llevado al nivel de desprestigio que tiene y que jusitfica su eliminacion. billones en salarios para combatir la corrupción y hoy esta hace parte de la misma. Deben darla la oportunidad a la familia de presentar recurso contra esa decisón a traves de un abogado que asigne la defensoria del pueblo, porque mientras el oficial goza de la defensa tecnica la familia de la victima ni siquiera es parte del proceso por gracia de la ley 1952.
Pablo(26826)10 de julio de 2024 - 04:20 p. m.
Vale mierda esa procuraduría
Monita(zjzpi)10 de julio de 2024 - 04:06 p. m.
Que desgracia de procuraduría. Es una vergüenza. Necesitamos un procurador o, procuradora que vele por los derechos humanos antes que por sus intereses políticos, como la señora Cabello. Menos mal, le queda poco tiempo para su desastrosa dirección en ese ente de control.
Norcy(nb3jh)10 de julio de 2024 - 03:29 p. m.
¡Caramba! Quedé sin palabras. ¿ Y cuándo será que la Fiscalía lo llame a juicio? Colombia es el país de los sien sentidos. Que impotencia
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