Por no aceptar crímenes de guerra, JEP remite proceso contra Mario Montoya a UIA
El general retirado, excomandante de la IV Brigada, fue imputado por la Sala de Reconocimiento y Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por crímenes de guerra y lesa humanidad, hechos que el exuniformado se niega a aceptar. La UIA, conocida como la Fiscalía de la JEP, decidirá si lo acusa y lo envía a juicio.
Por no reconocer su responsabilidad en al menos 118 casos de ejecuciones extrajudiciales en Antioquia, pese a un fuerte material probatorio en su contra, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) remitió el proceso del general retirado Mario Montoya Uribe, excomandante de la IV Brigada del Ejército, a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), conocida como la Fiscalía de ese órgano de justicia transicional, la cual decidirá si acusa o no al exuniformado para enviarlo a juicio. Esta decisión se da en el marco de la investigación en el macrocaso 03, que indaga los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate.
La JEP también mencionó que las investigaciones que enredan al general Montoya Uribe por casos de los mal llamados “falsos positivos” cuando fungía como comandante del Ejército Nacional (2006 - 2008) siguen siendo objeto de investigación. El proceso al interior de la Jurisdicción dicta que será la UIA la encargada de continuar con las pesquisas y decidirá si acusa al exmilitar ante la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SARV) del Tribunal Especial para la Paz, donde seguiría el proceso adversarial. En caso de ser vencido en etapa de juicio, Montoya Uribe podría enfrentar una condena de hasta 20 años de prisión.
En la investigación que adelanta la JEP en el macrocaso 03, por el cual es hoy remitido el general Montoya Uribe, también hay otros nueve comparecientes de la Fuerza Pública que están imputados por los mismos hechos que el excomandante: crímenes de guerra y de lesa humanidad. “Su proceso, al igual que el del coronel (r) Iván Darío Pineda Recuero, fue remitido a la UIA. Por su parte, los otros siete imputados, que han reconocido su responsabilidad por escrito, se preparan para la Audiencia Pública de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, en la que participarán activamente las víctimas”, añadió la Jurisdicción mediante un comunicado oficial, que fue leído por la magistrada Catalina Díaz, quien está al frente del expediente.
De hecho, en entrevista con El Espectador el pasado 27 de noviembre, la togada mencionó que este sería el camino para Montoya Uribe, luego de que la defensa del exmilitar intentara anular la imputación en su contra a través de una solicitud de nulidad. De acuerdo con la magistrada, ese pedido no era el mecanismo adecuado para discutir la imputación. De hecho, aseguró en su momento que “el camino procesal es, como ya lo había dicho el general, no reconocer su responsabilidad y que está pendiente de su proceso adversarial, ese es en realidad el camino. Él está en todo su derecho de no reconocer su responsabilidad”.
Lea la entrevista con la magistrada Catalina Díaz: “Las pruebas contra el general (r) Mario Montoya son robustas”: magistrada de la JEP
Los patrones criminales
Según estableció la Sala de Reconocimiento, el general Montoya, durante su función como comandante de la IV Brigada (1 de enero de 2002 - 14 de diciembre de 2003) “es penalmente responsable como autor de crímenes de guerra de homicidio en persona protegida, así como por desaparición forzada (según el Código Penal colombiano), los cuales también constituyen crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada de personas”. Bajo esa premisa, la JEP logró documentar no solo un patrón criminal (de ejecuciones extrajudiciales), sino también tres modalidades para lograr ese cruento cometido.
En primer lugar, la magistratura encontró que el primer patrón corresponde a la sustracción de las víctimas de sus casas, trabajos o interceptaciones en transportes y carreteras por ser señalados sin ninguna prueba como guerrilleros. El segundo patrón que identificó la Sala tiene que ver con los engaños a los que fueron sometidas las víctimas para ser trasladadas al lugar donde fueron asesinadas y posteriormente presentadas como bajas en combate. Y, en tercer lugar, la JEP determinó que estas personas que fueron asesinadas y desaparecidas eran protegidas por el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
“La contrastación de la evidencia recolectada por la Sala permitió establecer que, en el contexto del rol y la jerarquía de mando que existía en la IV Brigada del Ejército, Montoya no solo tenía el deber jurídico de evitar que sus subordinados cometieran estos crímenes internacionales, sino también de no realizar acciones que propiciaran su perpetración”, precisó la Jurisdicción. Y añadió: “El general en retiro ocupaba un rol institucional que implicaba deberes especiales de protección hacia las víctimas directas de los asesinatos y desapariciones forzadas cometidos por los miembros de sus unidades militares, quienes presentaron estas acciones como supuestas bajas, para aumentar las estadísticas de éxito militar”.
De hecho, la imputación en contra de Montoya Uribe, de acuerdo con la JEP, está sustentada en 12 informes y en versiones de hasta 64 exintegrantes de la Fuerza Pública, quienes estuvieron bajo el mando del excomandante, y corroboraron las versiones que dictan que el imputado exmilitar pedía “resultados por barriles de sangre” y “muertes a toda costa como único indicador de éxito del esfuerzo militar, para la obtención de felicitaciones y recompensas al interior de la brigada”.
Para la JEP, la evidencia que se logró recopilar en contra de Montoya Uribe, quien ha reiterado su inocencia, indica que el general creó un ambiente de competencia entre sus miembros, en todos los niveles de la jerarquía, por ser el primero en el ranking de presentación de “muertos en combate”. “Esta política también se caracterizó por las felicitaciones constantes ante el reporte de muertes en combate, mientras se reprochaba verbalmente y con anotaciones en los folios de vida la ausencia de este reporte”, añadió la Jurisdicción.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Por no reconocer su responsabilidad en al menos 118 casos de ejecuciones extrajudiciales en Antioquia, pese a un fuerte material probatorio en su contra, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) remitió el proceso del general retirado Mario Montoya Uribe, excomandante de la IV Brigada del Ejército, a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), conocida como la Fiscalía de ese órgano de justicia transicional, la cual decidirá si acusa o no al exuniformado para enviarlo a juicio. Esta decisión se da en el marco de la investigación en el macrocaso 03, que indaga los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate.
La JEP también mencionó que las investigaciones que enredan al general Montoya Uribe por casos de los mal llamados “falsos positivos” cuando fungía como comandante del Ejército Nacional (2006 - 2008) siguen siendo objeto de investigación. El proceso al interior de la Jurisdicción dicta que será la UIA la encargada de continuar con las pesquisas y decidirá si acusa al exmilitar ante la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SARV) del Tribunal Especial para la Paz, donde seguiría el proceso adversarial. En caso de ser vencido en etapa de juicio, Montoya Uribe podría enfrentar una condena de hasta 20 años de prisión.
En la investigación que adelanta la JEP en el macrocaso 03, por el cual es hoy remitido el general Montoya Uribe, también hay otros nueve comparecientes de la Fuerza Pública que están imputados por los mismos hechos que el excomandante: crímenes de guerra y de lesa humanidad. “Su proceso, al igual que el del coronel (r) Iván Darío Pineda Recuero, fue remitido a la UIA. Por su parte, los otros siete imputados, que han reconocido su responsabilidad por escrito, se preparan para la Audiencia Pública de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, en la que participarán activamente las víctimas”, añadió la Jurisdicción mediante un comunicado oficial, que fue leído por la magistrada Catalina Díaz, quien está al frente del expediente.
De hecho, en entrevista con El Espectador el pasado 27 de noviembre, la togada mencionó que este sería el camino para Montoya Uribe, luego de que la defensa del exmilitar intentara anular la imputación en su contra a través de una solicitud de nulidad. De acuerdo con la magistrada, ese pedido no era el mecanismo adecuado para discutir la imputación. De hecho, aseguró en su momento que “el camino procesal es, como ya lo había dicho el general, no reconocer su responsabilidad y que está pendiente de su proceso adversarial, ese es en realidad el camino. Él está en todo su derecho de no reconocer su responsabilidad”.
Lea la entrevista con la magistrada Catalina Díaz: “Las pruebas contra el general (r) Mario Montoya son robustas”: magistrada de la JEP
Los patrones criminales
Según estableció la Sala de Reconocimiento, el general Montoya, durante su función como comandante de la IV Brigada (1 de enero de 2002 - 14 de diciembre de 2003) “es penalmente responsable como autor de crímenes de guerra de homicidio en persona protegida, así como por desaparición forzada (según el Código Penal colombiano), los cuales también constituyen crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada de personas”. Bajo esa premisa, la JEP logró documentar no solo un patrón criminal (de ejecuciones extrajudiciales), sino también tres modalidades para lograr ese cruento cometido.
En primer lugar, la magistratura encontró que el primer patrón corresponde a la sustracción de las víctimas de sus casas, trabajos o interceptaciones en transportes y carreteras por ser señalados sin ninguna prueba como guerrilleros. El segundo patrón que identificó la Sala tiene que ver con los engaños a los que fueron sometidas las víctimas para ser trasladadas al lugar donde fueron asesinadas y posteriormente presentadas como bajas en combate. Y, en tercer lugar, la JEP determinó que estas personas que fueron asesinadas y desaparecidas eran protegidas por el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
“La contrastación de la evidencia recolectada por la Sala permitió establecer que, en el contexto del rol y la jerarquía de mando que existía en la IV Brigada del Ejército, Montoya no solo tenía el deber jurídico de evitar que sus subordinados cometieran estos crímenes internacionales, sino también de no realizar acciones que propiciaran su perpetración”, precisó la Jurisdicción. Y añadió: “El general en retiro ocupaba un rol institucional que implicaba deberes especiales de protección hacia las víctimas directas de los asesinatos y desapariciones forzadas cometidos por los miembros de sus unidades militares, quienes presentaron estas acciones como supuestas bajas, para aumentar las estadísticas de éxito militar”.
De hecho, la imputación en contra de Montoya Uribe, de acuerdo con la JEP, está sustentada en 12 informes y en versiones de hasta 64 exintegrantes de la Fuerza Pública, quienes estuvieron bajo el mando del excomandante, y corroboraron las versiones que dictan que el imputado exmilitar pedía “resultados por barriles de sangre” y “muertes a toda costa como único indicador de éxito del esfuerzo militar, para la obtención de felicitaciones y recompensas al interior de la brigada”.
Para la JEP, la evidencia que se logró recopilar en contra de Montoya Uribe, quien ha reiterado su inocencia, indica que el general creó un ambiente de competencia entre sus miembros, en todos los niveles de la jerarquía, por ser el primero en el ranking de presentación de “muertos en combate”. “Esta política también se caracterizó por las felicitaciones constantes ante el reporte de muertes en combate, mientras se reprochaba verbalmente y con anotaciones en los folios de vida la ausencia de este reporte”, añadió la Jurisdicción.
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