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Este lunes, después de un poco más de dos años de sesionar de manera virtual, la Corte Suprema de Justicia en audiencia pública y presencial dio a conocer la sentencia en contra del médico Martín Horacio Carrillo Gómez, quien, en 2009, le inyectó biopolímeros a la presentadora y modelo Jessica Cediel. La decisión fue de la Sala Penal del alto tribunal con ponencia del magistrado José Francisco Acuña que analizó un recurso de casación que presentó el abogado Sergio Ramírez, quien defiende los intereses de Cediel.
El caso llegó a la Corte luego de que el Tribunal Superior de Bogotá absolviera al galeno, pese a que, en primera instancia, había sido condenado a 48 meses y a pagar una multa que superaba los 30 salarios mínimos legales vigentes. En este caso, el magistrado dijo que se probó que en el juicio no se tuvieron una serie de pruebas que daban cuenta de la responsabilidad de Carrillo Gómez.
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La presentadora y modelo quien ha sufrido afectaciones en su salud por la sustancia que le fue inyectada empezó la batalla jurídica en 2011 cuando el propio cirujano le reconoció que lo que había inyectado en su cuerpo no era ácido hialurónico, sino una silicona líquida que no está permitida para usar estéticamente por los daños que genera.
“Las pruebas practicadas, según fue explicado, permiten inferir sin asomo de duda que aquél (el médico) sabía que el Hialucorp era en realidad silicona líquida. Sin embargo, lo anotado es importante porque señala de manera clara la probable comisión de delitos graves por parte de terceros”, explicó el magistrado en la lectura del fallo.
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En pocas palabras lo que dijo el jurista es que el médico tenía conocimiento que lo que le estaba aplicando a la presentadora era una sustancia que le podía generar afectaciones a su salud. La Corte, entre otras cosas, tuvo en cuenta que Carrillo Gómez adquirió el producto un día antes de la intervención a Cediel, y que este tuvo un precio inferior a lo que por lo general costaba el ácido hialurónico.
“Si cada centímetro cúbico de verdadero ácido hialurónico, en su presentación más económica, tenía para entonces un costo de $325.000, de lo expuesto en precedencia se sigue que Carrillo Gómez obtuvo el líquido usado en Cediel Silva por un precio 358 veces menor del que esa molécula tenía en el mercado”, explicó el magistrado.
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Para la Corte está claro que ese precio “irrisorio” de la sustancia le permitía al médico inferir que el producto no era el indicado para suministrarle a la modelo. “Tan marcada diferencia hacía obvio para cualquier persona, y más aún para un profesional de la salud involucrado por varios años en la práctica de la medicina estética, que ese fluido en realidad no era, ni podía ser, ácido hialurónico”, dijo el magistrado.
En su análisis, la Corte trajo a colación los testimonios de tres médicos cirujanos quienes mencionaron que por ese costo no era posible obtener el ácido hialurónico. Además, testificaron que: “el Hialucorp no es ácido hialurónico, es diferente al ácido hialurónico, el ácido hialurónico es una sustancia absorbible en el 100% de los casos, el Hialucorp, así comience con las mismas letras, no es ácido hialurónico, tiene un porcentaje importante que es permanente… que es silicona líquida”.
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Con todos los antecedentes en su contra, la Corte determinó que Carrillo Gómez tenía responsabilidad en los hechos que tuvieron a la presentadora y modelo en más de tres cirugías en las que intentaron retirarle la sustancia suministrada. Los médicos que han revisado a Cediel le han mencionado que pese a las intervenciones médicas el químico quedará en su cuerpo durante toda la vida.
Por su parte, el médico Carrillo Gómez deberá enfrentar inhabilidad de seis meses para ejercer su profesión y en firme quedó la sentencia de 48 meses. Entre otras decisiones de la Corte, está la compulsa de copias que hizo a la Fiscalía para que determine la responsabilidad de terceros, particulares y funcionarios públicos que intervinieron en la comercialización de la sustancia que se usó en Cediel.
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El abogado Sergio Ramírez, quien defiende los intereses de Cediel, acogió con satisfacción la decisión del alto tribunal. Señaló que la corporación hizo un análisis detallado de lo que fueron las faltas en las que incurrió el galeno. “El análisis que hace desde el punto de vista dogmático la Corte Suprema de Justicia es absolutamente interesante por cuanto entró a demostrar el pleno conocimiento que tenía el señor Carrillo sobre que en realidad lo que estaba aplicando no era ácido hialurónico (…) La Corte marca un aspecto muy importante sobre cómo a partir de una actividad funcional como médico se puede entrar a estructurar el dolo”, explicó el abogado.
Ramírez resaltó que no descarta que durante los próximos días junto con la presentadora analicen si interponen un recurso de reparación directa puesto que el suceso no solo provocó daños físicos sino también en su salud.
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