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¿Por qué la Corte negó tutela que pedía tumbar la condena de Luis Alfredo Ramos?

El político antioqueño que fue condenado a un poco más de siete años por sus nexos con los paramilitares en su carrera por llegar a gobernador de Antioquia y al Congreso, buscaba tumbar su condena.

02 de septiembre de 2022 - 08:41 p. m.
Bogota(Colombia) 19/01/2015 . - Luis Alfredo Ramos Botero, durante audiencia publica en la Corte Suprema de Justicia. Foto Oscar Perez
Bogota(Colombia) 19/01/2015 . - Luis Alfredo Ramos Botero, durante audiencia publica en la Corte Suprema de Justicia. Foto Oscar Perez
Foto: Oscar Perez - Oscar Alberto Perez Lopez
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El exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos buscaba dejar sin piso la condena de más de siete años que le impuso la Corte Suprema de Justicia por sus nexos con el paramilitarismo. Lo intentó de varias formas. A través de la apelación, y el último recurso que presentó fue una acción de tutela que desestimó el mismo tribunal que lo sentenció. La corporación fue clara en dos argumentos: la tutela no era el mecanismo para solicitar que se estudien pruebas en el expediente y que las conclusiones que culminaron con la sentencia no fueron arbitrarias.

El político en su texto dijo que la condena emitida en su contra estuvo basada en “pruebas de contexto”. Es decir, ninguna soportó, a su juicio, una responsabilidad individual, por lo que estimó que se violó la presunción de inocencia. Del mismo modo, consideró que la Sala de Primera Instancia, no valoró los testimonios en su contra, y que incluso, incluyeron pruebas en la sentencia que no fueron presentadas en la etapa de juicio.

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Para Ramos estaba claro que hubo “desconocimiento absoluto de todas las pruebas presentadas por la defensa, contrariando la obligación de tener en cuenta aspectos favorables al imputado”, y añadió que existió “violación del Acto Legislativo 01 de 2018 sobre doble instancia, particularmente la omisión de hacer un juicio por parte de la sala de primera instancia”.

El político, en su momento, también trajo a colación que el magistrado Ariel Torres, ponente del caso, expuso su intención de apartarse del proceso, pero la Sala Penal de la Corte no accedió a esa pretensión. En este caso, Ramos dijo que existió una violación evidente sobre “el principio de imparcialidad que confesó tener alterado su ánimo en mi contra y, a pesar de ello, dictar sentencia”.

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Respecto de sus argumentos, en esta ocasión, la Corte al revisar la tutela fue clara en que “las violaciones a la reserva sumarial carecían de debilitar la imparcialidad de los funcionarios judiciales que instruyeron el proceso, y que el aquí tutelante sí era responsable del delito de concierto para delinquir agravado, por el cual se le acusó”.

Del mismo modo, estimó el alto tribunal que las pruebas que se recolectaron durante el proceso no fueron arbitrarias o alejadas del ordenamiento jurídico. Así como también consideró que la tutela no era el mecanismo para solicitar que se revisaran nuevamente esas evidencias que hacen parte del expediente. “Lo planteado por las solicitantes, la salvaguarda peticionada no se abre paso, por cuanto el juez constitucional no es el llamado a dirimir la controversia, a modo de juez de instancia, arrogándose competencias que no le corresponden”.

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El expediente de Ramos que cumplió caso 10 años en los despachos de los magistrados de la Corte Suprema culminó el pasado 1 de octubre con una condena de casi ocho años de prisión por haberse aliado con grupos paramilitares entre 2001 y 2007. El documento que reveló El Espectador daba cuenta de las actuaciones ilegales del político antioqueño con los hermanos Castaño, líderes de las extintas AUC.

El apoyo de los subversivos se materializó con la financiación que asumieron en las campañas políticas para que Ramos llegara a ocupar una curul en el Congreso. El político fue condenado con una votación de dos a favor y uno en contra porque se probó que “se asoció con organizaciones paramilitares por varios años” y colocó la función pública al servicio de esos grupos ilegales, contribuyendo “con el creciente estado de violencia que se presentó en el departamento de Antioquia y en general de tipo estructural que continúa sumido el conglomerado local, regional y nacional, menoscabando el interés que el Estado busca salvaguardar”.

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El fallo de 100 páginas consignó que Ramos recibió apoyo del Bloque Metro, del Bloque Centauros y de los hermanos Carlos y Vicente Castaño. Para el alto tribunal está claro que el político recibió dinero no solo para posicionarse en el Congreso con una curul a través de votos, sino también con inyección económica a sus campañas. El pacto, según el fallo firmado por el magistrado Ariel Torres, era que Ramos, a cambio de los apoyos financieros trataba de hacer pasar al grupo ilegal como inadvertido ante la fuerza pública.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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