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                                                                                                                                Corte Constitucional rechaza por segunda vez demanda del exministro Yesid Reyes

                                                                                                                                El exministro de Justicia y el abogado Diego González Medina buscaban que el alto tribunal declarara inconstitucional una interpretación de la JEP que permite a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) decidir cuándo ejercer acción penal, incluso si los implicados no tienen máxima responsabilidad.

                                                                                                                                La demanda de Reyes cuestionaba específicamente la interpretación de la sentencia de la JEP en torno a la función de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) para actuar en casos de personas sin máxima responsabilidad.
                                                                                                                                Foto: Oscar Alberto Perez Lopez
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Lea también: Yesid Reyes declina y no será magistrado de la JEP

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La demanda cuestionaba específicamente la interpretación de la sentencia de la JEP en torno a la función de la SDSJ para actuar en casos de personas sin máxima responsabilidad, particularmente aquellos partícipes no determinantes que fueron excluidos por la Sala de Reconocimiento. Los demandantes sostienen que esta interpretación de la JEP es inconstitucional, argumentando que el alto tribunal debería anularla.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Sin embargo, el pasado 29 de octubre, el magistrado sustanciador Juan Carlos Cortés González decidió rechazar de nuevo la demanda, al considerar que los demandantes no presentaron argumentos sustanciales que permitieran abrir una discusión sobre la posible inconstitucionalidad de la interpretación emitida por la JEP. En su fallo, Cortés señaló que, si bien Reyes y González adjuntaron documentos adicionales —las resoluciones 242 y 763 de 2024, emitidas por la SDSJ— para demostrar que la interpretación demandada correspondía a una jurisprudencia establecida y de efectos jurídicos reiterados, el argumento no fue suficiente para generar una duda de relevancia constitucional.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En su sentencia, el alto tribunal afirmó que los argumentos presentados no logran precisar cómo la interpretación judicial plantea un conflicto de relevancia constitucional. En este sentido, el alto tribunal subrayó que no es su competencia definir la interpretación de textos legales ni realizar una “corrección hermenéutica” de las decisiones judiciales que fijan el sentido de las leyes.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Por último, aunque la Corte ha rechazado la demanda todavía queda la posibilidad de que el exministro Reyes y el abogado Diego González presenten un recurso de súplica para solicitar una revisión de esta decisión. De no interponerse dentro del plazo legal, el caso será archivado.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                La demanda de Reyes cuestionaba específicamente la interpretación de la sentencia de la JEP en torno a la función de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) para actuar en casos de personas sin máxima responsabilidad.
                                                                                                                                Foto: Oscar Alberto Perez Lopez
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Lea también: Yesid Reyes declina y no será magistrado de la JEP

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La demanda cuestionaba específicamente la interpretación de la sentencia de la JEP en torno a la función de la SDSJ para actuar en casos de personas sin máxima responsabilidad, particularmente aquellos partícipes no determinantes que fueron excluidos por la Sala de Reconocimiento. Los demandantes sostienen que esta interpretación de la JEP es inconstitucional, argumentando que el alto tribunal debería anularla.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Sin embargo, el pasado 29 de octubre, el magistrado sustanciador Juan Carlos Cortés González decidió rechazar de nuevo la demanda, al considerar que los demandantes no presentaron argumentos sustanciales que permitieran abrir una discusión sobre la posible inconstitucionalidad de la interpretación emitida por la JEP. En su fallo, Cortés señaló que, si bien Reyes y González adjuntaron documentos adicionales —las resoluciones 242 y 763 de 2024, emitidas por la SDSJ— para demostrar que la interpretación demandada correspondía a una jurisprudencia establecida y de efectos jurídicos reiterados, el argumento no fue suficiente para generar una duda de relevancia constitucional.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En su sentencia, el alto tribunal afirmó que los argumentos presentados no logran precisar cómo la interpretación judicial plantea un conflicto de relevancia constitucional. En este sentido, el alto tribunal subrayó que no es su competencia definir la interpretación de textos legales ni realizar una “corrección hermenéutica” de las decisiones judiciales que fijan el sentido de las leyes.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Por último, aunque la Corte ha rechazado la demanda todavía queda la posibilidad de que el exministro Reyes y el abogado Diego González presenten un recurso de súplica para solicitar una revisión de esta decisión. De no interponerse dentro del plazo legal, el caso será archivado.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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