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Procuraduría apoya que Juan Carlos Upegui pierda su investidura en el concejo

El Ministerio Público envió un concepto a un tribunal que estudia la pérdida de investidura del concejal Juan Carlos Upegui, quien, al quedar segundo en las elecciones para alcalde de Medellín, ocupa un lugar en el concejo.

12 de febrero de 2024 - 04:47 p. m.
Juan Carlos Upegui quedó segundo en las elecciones a alcalde de Medellín.
Juan Carlos Upegui quedó segundo en las elecciones a alcalde de Medellín.
Foto: EFE - Luis Eduardo Noriega A.
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El Tribunal Administrativo de Antioquia podría decretar la pérdida de investidura del concejal Juan Carlos Upegui, quien quedó segundo en la votación para alcalde de Medellín y quien ocupa un puesto en el concejo de la ciudad. Así se lo solicitó el demandante Luis Humberto Guidales, quien aseguró que está rompiendo una regla de la administración pública. La Procuraduría apoya la demanda y envió un concepto al Tribunal.

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A través de un documento de 40 páginas, la Procuraduría solicitó se decrete la pérdida de investidura de Upegui dado que su padre, Carlos Alberto Upegui, fue designado por la Secretaría de Educación de Medellín como recto de la Institución Educativa de carácter público San Lorenzo de Aburrá. Con este parentesco en el sector público, señala la demanda y apoya la Procuraduría, se estaría violando el régimen de inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses en el sector público.

“De acuerdo con la información que reposa en el expediente, el demandado ostenta título profesional y adicionalmente experiencia relevante en administración pública, en el ejercicio cargos directivos, específicamente en forma reciente como Secretario de Despacho. Lo cual avizora un conocimiento meridiano de la administración pública y las exigencias que su ejercicio comporta, tales como la verificación previa de cualquier circunstancia configurativa de eventuales inhabilidades”, explicó la Procuraduría.

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Según argumentó el demandante, entre las inhabilidades para concejales: está tener un vínculo de parentesco por matrimonio, unión permanente, de consanguinidad, con funcionarios que dentro de los 12 meses anteriores a la elección, como concejal, hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio. En este caso, desde el año pasado fue elegido el padre de Upegui como rector de un colegio público.

No obstante, la defensa de Upegui, representada por el abogado Luis Albeiro Yepes, ha pedido al Tribunal abstenerse de decretar la pérdida de investidura. La razón fundamental es que la condición de concejal de Upegui no se basa en que este se haya lanzado para ocupar tal condición, sino de la protección constitucional a los derechos de la oposición. Al quedar segundo para alcalde, fue designado -y no elegido- para concejal.

De otro lado, la defensa de Upegui manifestó que, en todo caso, si fuese aplicable dicha inhabilidad, tendría que demostrarse que la calidad de rector de colegio de Upegui, padre, podría incidir en las funciones de Upegui, hijo. El abogado Yepes cuestionó el proceso de pérdida de investidura, dado que, de otro lado, el rector Upegui accedió a su cargo de mediante un proceso meritocrático y es un servidor de carrera administrativa.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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usucapion1000(15667)13 de febrero de 2024 - 06:34 p. m.
¿De cuáles instituciones de garaje salen los pésimos funcionarios que integran la P.G.N.? . Es que no aciertan una ni por rebote.
name(61569)13 de febrero de 2024 - 12:37 a. m.
Apesar de todos {os cuestionamie ntos a Quintero, su jefe, y al mismo Upegui, la Procuradora NO tiene la razón. Una interpretación expegetica de la norma NO aplica, porque el concejal NO fue elegido, sino que, por ministerio de ley, se posesionó y eso amerita otra intrepretación que permita a la ley cumplir su cometido,: dar voz a oposición, lo cual es indelegable, La herneneutica juridica, no son opiniones, tiene sus reglas racionales y razonables.
Fernando(57240)12 de febrero de 2024 - 11:42 p. m.
Increible esta noticia: el nombramiento de Upegui obedece a un mandato de ley, no se dá bajo el contexto de una eleccion popular. Increíble que la Procuraduria también se una a la demanda
Edgar(22146)12 de febrero de 2024 - 11:40 p. m.
Hijo de genocida sale rayado. HAMPON
  • Nelson(10406)13 de febrero de 2024 - 12:09 a. m.
    Uribe?
Oscar(36876)12 de febrero de 2024 - 11:34 p. m.
El tipo es pésimo como funcionarios público pero esto si es una real vagabunderia. No hay unidad de materia entre uno y otro cargo y además es una circunstancia sobreviniente producto de la ley y no de un real querer de pertenecer al gobierno.
  • Nelson(10406)13 de febrero de 2024 - 12:10 a. m.
    Es el único que no cumple en ese consejo?
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